CAPÍTULO M: EN DERECHO TRIBUTARIO 1
PLAN DE ESTUDIOS 2
I. INSERCIÓN INSTITUCIONAL DEL POSGRADO
Denominación del posgrado:
Carrera de Especialización en Derecho Tributario.
Denominación del Título que otorga:
Especialista en Derecho Tributario.
Unidad/es Académica/s de las que depende el posgrado: Facultad de Derecho.
Sede/s de desarrollo de las actividades académicas del posgrado: Facultad de Derecho.
Resolución/es de CD de la/s Unidad/es Académica/s de aprobación del Proyecto de posgrado:
Resolución (CD) N° 2441/21.
II. MODALIDAD:
Presencial | Distancia |
x |
III. FUNDAMENTACION DEL POSGRADO
a. Antecedentes
Explicitar:
a.1) Razones que determinan la necesidad de creación del proyecto de Posgrado:
La iniciativa de crear como Posgrado una “Carrera de Especialización en Derecho Tributario” en el ámbito de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires fue la respuesta a las recomendaciones de las “I Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario” convocadas por el profesor uruguayo Ramón Valdés Costa y que tuvieron lugar en la Ciudad de Montevideo entre el 15 y el 20 de octubre de 1956, en la cual participaron delegados oficiales de diez universidades del Continente y de tres institutos dedicados al estudio de esta rama del Derecho que funcionaban desde hacía pocos años en el litoral atlántico de América del Sur; así como de las “II Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario” que tuvieron lugar en la Ciudad de México en el mes de octubre del año 1958, en las que se dio formal constitución al Instituto Latinoamericano de Derecho Tributario.
Tiempo después, los profesores titulares regulares de esta asignatura en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, doctores Juan Carlos Luqui y Horacio A. García Belsunce —que habían asistido a las aludidas “Jornadas”—, elevaron a las autoridades de nuestra Casa de Altos Estudios dos iniciativas con suerte dispar. La primera, de cambio de denominación de la materia de “Finanzas y Derecho Financiero” a “Finanzas Públicas y Derecho Tributario”, la cual tuvo concreción efectiva al ser receptada por el Consejo de nuestra Facultad a través de la Resolución N° 15.432 del 21 de junio de 1972 ad referéndum de la Universidad; la segunda, de desdoblar la asignatura en dos materias, por un lado, “Finanzas, Política, Economía y Derecho Financiero” y, por otro, “Derecho Tributario” la que, por importar una Modificación del Plan de Estudios, transitó distintas instancias durante los años 1968 y 1970, sin que alcanzara a materializarse.
Así las cosas, y advirtiéndose la necesidad de intensificar los estudios de Derecho Tributario, y no habiéndose alcanzado el objetivo del desdoblamiento de la materia en dos cursos a impartirse en los estudios de grado, se impulsó en el año 1969 desde el “Instituto de Economía Política y Finanzas” —que así se denominaba en ese entonces y luego pasó a aglutinar las cátedras de “Economía Política”, “Finanzas Públicas y Derecho Tributario” y “Política Económica”, donde, tenían una gravitación predominante los mencionados profesores titulares regulares, doctores Horacio A. García Belsunce y Juan Carlos Luqui—, concretar la más completa formación de los graduados impartiendo estudios profundizados de Derecho Tributario. Para ello se dictó la Resolución Nº 12.035/69, modificada por la Resolución Nº 12.274/69, ambas del Decano de la Facultad de Derecho, por las cuales se encomendó a las autoridades del aludido “Instituto” la programación de un “Curso de Derecho Tributario para Graduados”.
Elaborado el programa por los referidos profesores, se seleccionaron los encargados de impartir el apuntado “Curso”, responsabilidad que asumieron los titulares de “Finanzas y Derecho Financiero” —vieja denominación de la materia—, junto con otros integrantes del Claustro, a los que se sumaron también calificados expositores ad-hoc.
Por Resolución Nº 12.784 del 23 de marzo de 1970, el Decano de la Facultad aprobó la programación del “Curso de Derecho Tributario para Graduados”, que se impartiría durante un año lectivo comenzando el 14 de abril, para finalizar el 30 de noviembre de 1970, designó los profesores ad-hoc —doctores Manuel Rapoport, Roberto O. Freytes, Nicolás J. Scotti y Pedro Fernández Lalanne, a los abogados Fernando Castellanos, Oscar Minotti (también contador público nacional), José María García Cozzi, Luis Américo Gómez Novaro y Roberto Mordeglia, al contador Jorge Eugenio Rebizo y a los señores Adolfo Chouhy y Juan Rapoport— y habilitó solamente 25 plazas para dirimir por sorteo dentro del total de los aspirantes que se inscribieran.
La excelente acogida del apuntado “Curso” aconsejó dar continuidad a la iniciativa y mayor extensión a los estudios de tal modo que, siempre a impulso de los ya referidos profesores titulares regulares de “Finanzas y Derecho Financiero”, mediante Resolución Nº 14.044 del 16 de abril de 1971, suscripta por el Decano de la Facultad ad referéndum de la Universidad de Buenos Aires, se creó la “Carrera de Especialización en Derecho Tributario” destinada a abogados y escribanos egresados de universidades nacionales o privadas autorizadas y a egresados de universidades extranjeras con título habilitante revalidado para ejercer la abogacía o el notariado en nuestro país. La Universidad de Buenos Aires, mediante Resolución Nº 303 del 15 de diciembre de 1971, ratificó la Resolución Nº 14.044/71 de la Facultad de Derecho.
Cabe recordar aquí que las Carreras de Posgrado pioneras y con más dilatada historia, y por ende tradición en nuestra Facultad, fueron la que se viene refiriendo y la de “Especialista en Asesoramiento Jurídico de Empresas” —en donde cumplieron un papel protagónico los profesores doctores Ignacio Winisky, Horacio Duncan Parodi y Remo Entelman—. Respecto a la “Carrera de Especialización en Derecho Tributario”, fueron sus sucesivos directores, el académico doctor Horacio A. García Belsunce, el doctor Juan Carlos Luqui, el doctor Tulio Rosembuj, los abogados Jorge Oliden Alberro y Esteban Juan Urresti y el doctor José Osvaldo Casás.
El objeto de la Carrera es dotar a los profesionales del conocimiento y las herramientas específicas del derecho tributario, sea para que se desempeñen en el ámbito privado o público. Esta rama del derecho ha crecido en importancia en los últimos años, a la par de la complejidad de los negocios a los cuales el tributo busca alcanzar y la proliferación de gravámenes en los tres niveles de gobierno, fundados en la necesidad de aumentar la recaudación para satisfacer gastos públicos también crecientes.
Como consecuencia del proyecto de la Maestría en Derecho Financiero y Tributario, se propone -mediante la presente- la modificación de la Carrera, para su complementación y articulación con la primera.
a.2) Antecedentes en instituciones nacionales y/o extranjeras de ofertas similares:
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires existen otras carreras de especialización, impartidas tanto por universidades públicas como privadas.
Dentro de las primeras, se encuentran las carreras de especialización de la Universidad de Buenos Aires, Facultad de Ciencias Económicas, de Tres de Febrero y también la impartida por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires en el Colegio de Abogados de San Isidro.
Entre las segundas, se ubican, entre otras, las carreras de especialización de la Universidad de Belgrano. Por su parte, similares carreras de especialización se dictan en el interior del país, en la Universidad Católica de Rosario, Católica de La Plata y Nacional de Córdoba.
a.3) Comparación con otras ofertas existentes en la Universidad:
Al igual que la oferta que aquí se propone, la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires también ofrece una carrera de especialización (TRESCIENTAS SESENTA Y OCHO (368) horas) que luego podrá continuarse en la Maestría (SETENCIENTAS VEINTE (720) horas).
Sin embargo, y a diferencia de la Carrera de Especialización que aquí se propone, la Especialización en Tributación de la Facultad de Ciencias Económicas se encuentra dirigida, fundamentalmente, a contadores y licenciados en administración. Hace foco en la técnica impositiva y en su currícula no ofrece materias de derecho aduanero, penal tributario ni recursos de la seguridad social, las que recién aparecerán en la Maestría. a.4) Consultas a las que fue sometido el proyecto de Posgrado:
Desde que se creó el “Curso de Derecho Tributario para Graduados” por Resolución Nº 12.784 del 23 de marzo de 1970, cuyo dictado comenzó el 14 de abril, para finalizar el 30 de noviembre de 1970, pasaron 49 años en los que la Carrera de Especialización experimentó varias modificaciones, en las que se recogieron las recomendaciones fruto de la experiencia de sus docentes y sus graduados.
Para encarar este cambio, se empleó un método similar, en el que las conversaciones y el intercambio de ideas con el claustro docente, los egresados y los alumnos motivaron los cambios que aquí se proponen.
b. Justificación:
Como ya se adelantó, el proyecto de creación de la Maestría exige readecuar la organización de la Carrera de Especialización.
La Carrera de Especialización se encontrará articulada con la Maestría. Los alumnos se inscribirán en el posgrado con la posibilidad de obtener el título de Especialista o de continuar para concluir la Maestría.
La presente modificación se ajusta a lo dispuesto en el Capítulo X CÓDIGO.UBA VIII-9 y lo dispuesto en el Capítulo A y C del CÓDIGO.UBA I-20, que reglamentan las carreras de especialización de la Facultad de Derecho y de la Universidad de Buenos Aires respectivamente.
IV. OBJETIVOS DEL POSGRADO
Objetivos generales:
El objetivo básico de este posgrado es la actualización de conocimientos y el desarrollo de destrezas en el campo del Derecho Tributario desde una perspectiva novedosa e integral, es decir interdisciplinaria, y con especial énfasis en los aspectos teóricos y prácticos de la disciplina.
Así, el sentido de esta Carrera es transmitir herramientas a los alumnos y crear otras nuevas por medio del debate entre profesores y estudiantes, a través del desarrollo de sus capacidades críticas.
Objetivos específicos:
Son objetivos de la Carrera:
– Formar profesionales en la especialidad, entrenados en el análisis crítico de las bases del Derecho Tributario.
– Ejercitar las habilidades de análisis y toma de decisiones para la resolución de casos en materia tributaria.
– Identificar las acciones y procedimientos que se utilizan para planear el cumplimiento de políticas públicas a través de medidas tributarias.
– Promover e incentivar la actualización permanente de las decisiones jurisprudenciales nacionales y extranjeras en materia tributaria.
– Brindar a los graduados una sólida y completa formación jurídica, integrando los contenidos propios de la especialidad con otras disciplinas cuyos conocimientos básicos resultan necesarios para un mejor desempeño en cualquier ámbito a los fines de permitir un conocimiento integral e integrado.
– Generar un espacio de reflexión y debate respecto de temas esenciales de la especialidad y su vinculación con las políticas públicas en nuestro país.
– Promover y desarrollar habilidades que permitan generar servicios útiles a la sociedad, a través de trabajos de investigación sobre diversos aspectos del Derecho Tributario.
– Desarrollar aptitudes y técnicas de trabajo para un mejor desempeño profesional como magistrado o funcionario judicial, fiscal y agentes públicos (por ejemplo, de la administración tributaria).
– Brindar una formación adecuada a todos aquellos que participan del proceso de la creación de normas tributarias.
V. PERFIL DEL EGRESADO
Los egresados de esta carrera serán expertos en Derecho Tributario, ya sean abogados o contadores que se desempeñen en el ámbito privado, empresarial o como consultor independiente.
También en las múltiples funciones del ámbito público, como asesores; operadores legales en los distintos ámbitos de la Administración y del Poder Legislativo (incluidos sus órganos de control); magistrados y funcionarios del Poder Judicial y del Ministerio Público.
Asimismo, el egresado podrá desempeñarse en organismos internacionales vinculados con la temática.
VI. ORGANIZACIÓN DEL POSGRADO
A. Institucional:
Las autoridades de la Carrera son las siguientes:
a) UN (1) Director,
b) UN (1) Subdirector,
c) UN (1) Coordinador,
d) UNA (1) Comisión Académica.
El Director de la Carrera deberá ser profesor regular, consulto o emérito de una Universidad Nacional con título de doctor, magíster, especialista o mérito equivalente. Será designado por el Consejo Directivo, a propuesta del Decano de la Facultad (Artículo 2403 CÓDIGO.UBA VIII-9).
El Director durará CUATRO (4) años en sus funciones y podrá ser reelecto. Sus funciones serán las siguientes:
e) Proponer a la Dirección del Departamento de Posgrado la designación del personal docente con el asesoramiento de la Comisión.
f) Sugerir modificaciones del Plan de estudios con el acuerdo de la Comisión.
g) Verificar que el dictado de la carrera esté en concordancia con el objetivo y el Plan de estudios aprobado para su desarrollo.
h) Analizar la secuencia temática en el dictado de las carreras y evitar la superposición de contenidos entre las asignaturas.
i) Seleccionar a los postulantes y realizar el respectivo orden de mérito para las vacantes. Estudiar y decidir acerca de la nivelación en la selección de los postulantes.
j) Proponer a la Dirección del Departamento de Posgrado convenios y acuerdos interinstitucionales.
k) Publicitar, difundir y promover la carrera.
l) Diseñar y seguir las actividades de la carrera.
m) Presidir la Comisión Académica.
n) Supervisar el cumplimiento de las resoluciones de la Comisión Académica.
Ñ) Presentar en el Departamento de Posgrado antes del 31 de octubre los cursos que se dictarán en el siguiente año lectivo con el programa analítico de cada uno de ellos y el docente a cargo, para su aprobación por el Consejo Directivo. (Artículo 2404 CÓDIGO.UBA VIII-9).
El Director contará con la colaboración de un Subdirector y de un Coordinador, que serán nombrados por el Decano, a propuesta del Director de la Carrera. El Subdirector deberá ser profesor regular de la Facultad y colaborará con el Director en la orientación y desarrollo de las actividades académicas y de gestión; asimismo, lo reemplazará en caso de ausencia. (Artículos 2405 y 2406 CÓDIGO.UBA VIII-9).
El Coordinador, preferentemente deberá ser, por lo menos, miembro de la Carrera Docente de la Facultad y tiene las siguientes funciones:
a) Coordinar la carrera en forma integral sugiriendo actividades académicas y proponiendo la distribución de la carga horaria de los periodos lectivos; deberá coordinar con el Departamento de Posgrado los horarios de los cursos de acuerdo a la disponibilidad de las aulas.
b) Informar a los docentes sobre las normas y procedimientos a aplicar en el dictado de los cursos.
c) Asistir al Director en el cumplimiento de sus funciones y hacer un seguimiento de la tarea de los docentes.
d) Asegurar que cada docente haya redactado el programa de la materia según los contenidos mínimos aprobados y teniendo en cuenta los siguientes capítulos: i) Encuadre general. ii) Programa analítico. iii) Bibliografía, iv) Métodos de conducción del aprendizaje, v) Métodos de evaluaci6n, vi) Cronograma del dictado de clases y de las actividades del curso.
e) Suministrar al Departamento de Posgrado en soporte papel y digital los programas actualizados de las distintas materias que componen la carrera.
f) Confeccionar los informes académicos y administrativos sobre las pautas que elabore oportunamente el Departamento de Posgrado.
g) Informar al Departamento de Posgrado los alumnos admitidos en la Carrera en un plazo no menor a SIETE (7) días hábiles del comienzo de los cursos del añ0 lectivo, a los fines de que realicen los trámites correspondientes (Artículo 2407 CÓDIGO.UBA VIII-9).
La Comisión Académica estará constituida por al menos CINCO (5) miembros, que deberán ser profesores regulares, consultos o eméritos de una Universidad Nacional con título de doctor, magíster o especialista. Excepcionalmente uno de los integrantes podrá ser un especialista con calidades análogas. La mitad más uno de los miembros deberá ser profesores regulares de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Artículo 2408 CÓDIGO.UBA VIII-9).
Los integrantes de la Comisión serán designados por el Consejo Directivo, a propuesta del Decano y durarán en sus funciones CUATRO (4) años y podrán ser reelectos.
La Comisión Académica tiene las siguientes funciones establecidas por el Artículo 2409 CÓDIGO.UBA VIII-9:
a) Asesorar en la propuesta del cuerpo docente al Director de la Carrera.
b) Sugerir modificaciones del plan de estudio.
c) Evaluar el desarrollo de la carrera.
d) Colaborar en la gestión de la carrera con el director, el subdirector y el coordinador.
e) Asesorar en los procedimientos de reconocimientos de materias.
f) Proponer al Consejo Directivo conceder prórrogas para el plazo de finalización de los cursos o de la evaluación final.
Normas para solicitar la admisión
Podrán postularse y ser admitidos en la carrera (Capítulo A del CÓDIGO.UBA I-20) quienes tengan el título de abogado, contador, licenciado en administración, economía o título equivalente que reúna los requisitos siguientes:
a) Los graduados de esta Universidad con título de grado correspondiente a una carrera de CUATRO (4) años de duración como mínimo, o;
b) Los graduados de otras universidades argentinas con título de grado correspondiente a una carrera de CUATRO (4) años de duración como mínimo, o;
c) Los graduados de universidades extranjeras que hayan completado, al menos, un plan de estudios de DOS MIL SEISCIENTAS (2.600) horas reloj o hasta una formación equivalente a master de nivel I, o;
d) Los egresados de estudios de nivel superior no universitario de CUATRO (4) años de duración o DOS MIL SEISCIENTAS (2.600) horas reloj como mínimo, quienes además deberán completar los prerrequisitos que determinen las autoridades de la Carrera, a fin de asegurar que su formación resulte compatible con las exigencias del posgrado al que aspiran.
Excepcionalmente, un graduado de una carrera de duración menor de CUATRO (4) años podrá postularse para el ingreso, previo cumplimiento de los requisitos complementarios que la Comisión Académica establezca para cada excepción, la que deberá ser ratificada por el Consejo Directivo.
Criterios de regularidad de los estudiantes
Los alumnos deberán cumplir con el requisito de asistencia a no menos del SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) de las clases que componen el curso.
Serán considerados alumnos regulares los estudiantes admitidos que aprueben al menos CUATRO (4) materias cada DOS (2) años o se encuentren en el plazo establecido para la realización de su Trabajo Final Integrador y que, además, estén al día con el pago de los aranceles establecidos por las resoluciones pertinentes de la Facultad.
Los estudiantes deberán aprobar los cursos de la Carrera en un plazo máximo de CUATRO (4) años desde el momento de su admisión. Por razones justificables, la Comisión Académica podrá conceder, con la aprobación del Consejo Directivo de la Facultad, una prórroga de DOS (2) años.
El estudiante deberá presentar un individual de carácter integrador en un plazo que no podrá superar el total Trabajo Final Integrador de UN (1) año desde la fecha en que haya aprobado el último de los cursos correspondientes a su Plan de estudios. Por razones excepcionales, a solicitud del estudiante y con la conformidad del Director y de la Comisión de la Carrera, el Consejo Directivo podrá otorgar un año de prórroga.
En caso de que el estudiante pierda la regularidad deberá solicitar su admisión nuevamente, debiendo ser analizada y considerada por la Comisión de la Carrera, que recomendará al Consejo Directivo, en caso de corresponder, en qué condiciones es readmitido.
Igualdad de Género
Ninguna de las instancias colegiadas de evaluación de la Carrera será conformada por personas de un solo género (Resolución (CD) Nº 781/18).
Criterios generales de evaluación
Los cursos serán evaluados por el profesor a cargo de acuerdo a los métodos que consideren apropiados. Serán clasificados por el sistema numérico de UNO (1) a DIEZ (10). La aprobación será con CUATRO (4).
El profesor deberá presentar en un plazo de TRES (3) meses de finalizado el curso, el acta definitiva de calificaciones. En caso que el estudiante no haya podido ser calificado, podrá pedir al Director de la Carrera y al docente, por razones justificadas, ser evaluado en un plazo no superior a TRES (3) meses. Vencido este plazo el estudiante que no se encuentre calificado o que haya sido desaprobado, deberá cursar nuevamente la materia, debiendo cumplir con todos los requisitos de inscripción al curso.
Requisitos de graduación
El estudiante deberá aprobar todas las asignaturas que integran el Plan de estudios de la carrera y un Trabajo Final Integrador escrito a los fines de obtener el título de Especialista en Derecho Tributario, que tendrá que ser defendido oralmente.
El estudiante deberá presentar para su evaluación el Trabajo Final Integrador por escrito y en forma digital a los fines de su publicación en la página web de la Facultad, en caso que sea recomendado por el Director de la Carrera.
El Trabajo Final Integrador será evaluado por un tribunal designado por la Comisión Académica y notificado al Departamento de Posgrado. Se asentará en el Libro de Actas el dictamen correspondiente a la evaluación. El jurado estará integrado por tres profesores designados por la Comisión Académica, respetando la perspectiva de género.
B. Académica:
El plan de estudios de la Carrera tendrá una carga horaria de CUATROCIENTAS DIECISEIS (416) horas.
Currícula
La Carrera se encuentra organizada en CUATRO (4) módulos, que constan de materias obligatorias.
Módulo I
1. Finanzas Públicas: TREINTA Y DOS (32) horas
2. Introducción al Derecho Tributario: VEINTICUATRO (24) horas
3. Contabilidad de la Tributación: VEINTICUATRO (24) horas
4. Derecho Tributario Sustantivo: VEINTICUATRO (24) horas
Módulo II
1. Derecho Administrativo y Procesal Tributario: CUARENTA (40) horas
2. Derecho Penal y Procesal Penal Tributario: TREINTA Y DOS (32) horas
3. Derecho Constitucional Tributario: TREINTA Y DOS (32) horas
Módulo III
1. Derecho Internacional Tributario y de la Integración Económica: TREINTA Y DOS (32) horas
2. Imposición a la Renta y al Patrimonio I: CUARENTA (40) horas
3. Imposición al Consumo: TREINTA Y DOS (32) horas
Módulo IV
1. Derecho Tributario Local: CUARENTA (40) horas
2. Derecho Aduanero: VEINTICUATRO (24) horas
3. Derecho de la Seguridad Social: VEINTICUATRO (24) horas
4. Imposición a la Renta y al Patrimonio II: DIECISEIS (16) horas
Cuadro correspondiente al Plan de Estudios
Correlatividades
Para cursar el módulo II debe haberse cursado el CINCUENTA por ciento (50%) del módulo I.
Para cursar el módulo III debe haberse cursado el CINCUENTA por ciento (50%) módulo II.
Para cursar el módulo IV debe haberse cursado el CINCUENTA por ciento (50%) del módulo III.
CONTENIDOS MÍNIMOS
Módulo I
Finanzas Públicas: La Teoría General de la Constitución financiera como eje del derecho financiero. El régimen jurídico-constitucional del Tesoro. La autonomía y unidad del Derecho Financiero. Los orígenes históricos de la doctrina financiera desde el siglo XIX.Las Finanzas Públicas, en cuanto se trata de una ciencia social de la actividad financiera pública: aspectos políticos, sociales y económicos.Las técnicas constitucionales recaudatorias.El tributo. La operación de crédito público. El endeudamiento externo.Recursos financieros originarios.La moneda y el Banco Central.Las técnicas constitucionales de gasto público. El presupuesto. Autorización para gastar y estimación recaudatoria. Fuentes de las obligaciones y fuentes de los gastos públicos. La administración financiera.La incidencia de la división de poderes.Las reglas fiscales (fiscal rules).La incidencia de la forma federal.Las instituciones financieras desde la óptica de los derechos humanos.
Introducción al Derecho Tributario: Estudio del Derecho Tributario. Concepto y contenido. Autonomía del Derecho Tributario. Distintas teorías. Teoría de la Norma Tributaria. Interpretación de la norma tributaria. Teorías. Evolución de la jurisprudencia. Codificación del Derecho Tributario. Análisis del derecho comparado. Concepto de tributo. Clasificación: impuestos, tasas y contribuciones especiales. El peaje. Distinciones y elementos. Teoría general de la imposición a la renta, al patrimonio y a los consumos. Conocimientos de los sistemas tributarios y de cómo se efectúa la recaudación de los tributos. La imposición a la riqueza y a la propiedad. La imposición particular sobre consumos. Estudio del impuesto único. Sistemas tributarios. Principios de la imposición y sus límites. Administración Tributaria. Concepto. Política Tributaria. Análisis de la Política Tributaria con la Economía y con la Constitución Nacional.
Contabilidad de la Tributación: Conceptos de administración y organización. Actividades administrativas y operativas. Las áreas operativas. Planeamiento y control de la producción. Marketing. Conceptos fundamentales y básicos de la técnica contable. Estudio de las cuentas, las registraciones y los libros. Análisis de cuentas activas y pasivas, de cuentas de resultados. Principios de contabilidad generalmente aceptados. Estudio de los principios que rigen el inventario. Conocimiento del balance general y estados de resultado. Introducción al análisis de los estados contables complementarios. Estudio de la contabilidad con relación a los tributos.
Derecho Tributario Sustantivo: Principios que gobiernan el Derecho Tributario Sustantivo. Relación jurídica tributaria y obligación tributaria. Carácter y naturaleza. Teorías. Sujetos pasivos tributarios por deuda propia y por deuda ajena. La solidaridad y subsidiariedad en materia tributaria. El “Hecho Imponible”. Concepto. Elementos. Aspectos: material, personal, temporal y espacial.Base imponible. Tipo. Clasificación y diferencias de las distintas formas de extinción de la obligación tributaria. La prescripción en materia tributaria.
Módulo II
Derecho Administrativo y Procesal Tributario: Derecho Tributario Formal. Deber de información. Las facultades de verificación y fiscalización. Los deberes administrativos. Recursos frente a distintos actos. Análisis de las facultades para el allanamiento domiciliario y el uso de la fuerza pública. La prueba obtenida en procedimientos ilícitos. La determinación de la obligación fiscal. Clases y efectos. Los actos que no constituyen determinación de oficio. La estimación de oficio. La revisión del acto de determinación. El proceso contencioso tributario. Conceptos. La autotutela y el principio del solve et repete. La acción declarativa. Desarrollo de los distintos procedimientos. Recursos. Clasificación. Recursos ante el Tribunal Fiscal de la Nación y ante el director del organismo de recaudación. Acción de repetición. Concepto y procedimiento. Recursos por demora de la Administración Pública. Competencia y procedimiento ante el Tribunal Fiscal de la Nación. La Ejecución Fiscal. El amparo tributario. El Rol de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Derecho Penal y Procesal Penal Tributario: Concepto de Derecho Penal Tributario y Derecho Penal Previsional. Análisis de la estructura del tipo penal. Concepto de responsable por deuda propia y/o ajena. Medios comisivos de los distintos delitos. Evaluación del delito de evasión fiscal. La naturaleza jurídica del monto mínimo de la evasión como elemento del tipo o condición objetiva de punibilidad. Análisis del delito de evasión previsional. Conocimiento de las obligaciones previsionales y otros organismos. Estudio del concepto de fraude. Relación entre las personas colectivas y la ley penal tributaria. Estudio de la extinción de la acción penal. Sanciones fiscales y previsionales. Iniciación de procedimientos penales. Competencia. Derecho Penal Tributario y de la Seguridad Social.
Derecho Constitucional Tributario: Distinción del Derecho Constitucional formal y material. Conocimiento del derecho judicial y los precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación como cátedra de doctrina constitucional. Estudio de la interpretación dinámica o progresiva de la Constitución. Principios generales de distribución de la renta pública en Argentina y la coparticipación provincial en impuestos nacionales. Conocimiento del principio de reserva de ley en materia tributaria y su desarrollo histórico. Análisis de los principios constitucionales que se aplican en materia tributaria como la igualdad ante la ley y como base del impuesto; el principio de no confiscatoriedad; el principio de equidad; el principio de capacidad contributiva. Poder tributario municipal. Tutela jurisdiccional efectiva en materia tributaria y el principio “solve et repete”.
Módulo III
Derecho Internacional Tributario y de la Integración Económica: Efectos de las normas tributarias en el espacio. Soberanía y poder fiscal. La fiscalidad en los procesos de integración. Momentos de vinculación del hecho imponible. Teorías. Derecho comparado. El principio de la renta mundial. Momentos de vinculación: criterios reales. El principio de la fuente en los distintos impuestos. Derecho Tributario Internacional Convencional. Convención de Viena. Estudio de otras convenciones fiscales. Tipos. Doble imposición jurídica y económica. Causas. Distribución de potestades fiscales. Consideración del impuesto extranjero: exención e imputación. Precios de transferencia. Las convenciones fiscales y la prevención del fraude fiscal. Acuerdos bilaterales y multilaterales. Las convenciones fiscales y la asistencia administrativa internacional. Teoría jurídica de la integración económica. Derecho originario y derivado. Armonización fiscal. Análisis teórico. Estudio del derecho comparado. La armonización fiscal en el Mercosur.
Imposición a la Renta y al Patrimonio I: Análisis de los principales institutos, conceptos y doctrinas que nutren la teoría de la imposición sobre las rentas y los patrimonios.Concepto de renta. Objeto y exclusiones. Incrementos patrimoniales no justificados.Estudio de las exenciones.Análisis de los sujetos.Fuente argentina y renta mundial. Concepto.Principios de imputación de la renta. Compensación de quebrantos.Categorías. Ganancias de 1ª, 2ª, 3ª y 4ª categoría. Determinación y deducciones generales y específicas de cada categoría.Tratamiento de las personas jurídicas. Régimen de dividendos.Retención en la fuente a beneficiarios del país y del exterior. Distintos regímenes.Impuesto a la renta presunta. Determinación. Teoría de la imposición patrimonial. Impuesto sobre los Bienes Personales Determinación. Valuación de los bienes.
Imposición al Consumo: Objeto del Impuesto al Valor Agregado. Sujetos pasivos del impuesto. Responsables. Exenciones. Análisis de exenciones objetivas y subjetivas del gravamen. Criterios. Nacimiento del hecho imponible. Base imponible. Débito fiscal y crédito fiscal. Alícuotas. Tasa general y alícuotas diferenciales. Formas de ingreso del gravamen. Regímenes de retención y percepción. Inscripción. Efectos y obligaciones que genera. Impuestos internos a los consumos específicos. Origen y evolución histórica. Objeto del impuesto. Hecho imponible. Base imponible. Sujetos. Exenciones. Tributación específica: Tabacos, bebidas alcohólicas, cervezas, bebidas analcohólicas, automotores, otros bienes. Régimen simplificado: monotributo.
Módulo IV
Derecho Tributario Local: Impuesto Inmobiliario. Sistemas catastrales. Impuesto a la Radicación de Vehículos. Impuesto a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación. Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Convenio Multilateral. Impuesto de Sellos. Tasa retributiva de servicios administrativos y judiciales. Código Fiscal y Procedimiento Tributario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en las Provincias. Facultades impositivas de las provincias y de las municipalidades. Régimen de coparticipación con las municipalidades. Sistema de descentralización administrativa o coparticipación inversa. Tasas, contribuciones y otros tributos municipales. Evolución jurisprudencial. Ordenanzas fiscales e impositivas municipales. Su estudio comparativo. Procedimiento de aprobación de ellas. Procedimiento tributario municipal.Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes.
Derecho Aduanero: Conceptos de los elementos fundamentales del Régimen Jurídico Aduanero, como punto de partida esencial para su posterior profundización. Elementos básicos de la operativa aduanera que origina la tributación. Territorio Aduanero. Zonas Francas. Importación y Exportación. Mercadería. Estudio de las características esenciales de la obligación tributaria aduanera. Análisis del hecho gravado por los tributos aduaneros. Derecho de importación y de exportación. Derecho antidumping y compensatorios. Tasas aduaneras. Delitos e infracciones aduaneros. Derecho procesal aduanero.
Derecho de la Seguridad Social: Análisis del sistema integrado de jubilaciones y pensiones. Características, régimen público. Su naturaleza. Personas comprendidas en forma obligatoria o voluntaria. Problemáticas de integrantes de sociedades comerciales. Obligaciones, derechos y posibilidades de los afiliados al S.I.J.P. Organismos de contralor. Evaluación de las prestaciones propias del régimen. Procedimiento y vías judiciales en caso de controversias. Tribunal competente y tipos de juicios o acciones. Aspectos tributarios y penales.
Imposición a la Renta y al Patrimonio II: Impuesto a la renta presunta. Determinación. Impuesto sobre los Bienes Personales. Determinación Valuación de bienes. Estudio Profundizado de la imposición a la renta.
Los cursos serán dictados con un número de inscriptos no inferior a OCHO (8) y no superior a CUARENTA (40). En caso de que el número de inscriptos fuere inferior a OCHO (8) o superior a CUARENTA (40), el Director de la Carrera, con el consentimiento del profesor a cargo, decidirá si de dicta el curso con un número inferior o si se abre una nueva comisión para el dictado de esa materia (art. 13, (CS) Nº 8175/2013).
Alumnos de otros Posgrados de la Universidad podrán cursar materias de la Carrera, previa aprobación de la Comisión Académica.
VII. ESTUDIANTES
a) Requisitos de admisión:
Podrán postularse y ser admitidos en la carrera (Artículo 13 del Capítulos A CÓDIGO.UBA I-20 quienes tengan el título de abogado, contador, licenciado en administración, economía o título equivalente que reúna los requisitos siguientes:
a) Los graduados de esta Universidad con título de grado correspondiente a una carrera de CUATRO (4) años de duración como mínimo, o;
b) Los graduados de otras universidades argentinas con título de grado correspondiente a una carrera de CUATRO (4) años de duración como mínimo, o;
c) Los graduados de universidades extranjeras que hayan completado, al menos, un plan de estudios de DOS MIL SEISCIENTAS (2.600) horas reloj o hasta una formación equivalente a master de nivel I, o;
d) Los egresados de estudios de nivel superior no universitario de CUATRO (4) años de duración o DOS MIL SEISCIENTAS (2.600) horas reloj como mínimo, quienes además deberán completar los prerrequisitos que determinen las autoridades de la Carrera, a fin de asegurar que su formación resulte compatible con las exigencias del posgrado al que aspiran.
e) Excepcionalmente, un graduado de una carrera de duración menor de CUATRO (4) años podrá postularse para el ingreso, previo cumplimiento de los requisitos complementarios que la Comisión Académica establezca para cada excepción, la que deberá ser ratificada por el Consejo Directivo.
La inscripción, y posterior admisión, se concreta a lo largo de los meses de diciembre a marzo de cada año y la Carrera cuenta con plazas limitadas.
En dicha etapa, los aspirantes deberán acompañar la siguiente documentación: a) Currículum vitae.
f) Foto carnet.
g) Certificado analítico completo
h) Fotocopia del título, el que debe estar certificado cuando no se trate de graduados de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. En el caso de que se hubiera egresado de nuestra Casa de Estudios, se podrá acompañar constancia de diploma en trámite.
Una vez admitido el aspirante, la inscripción efectiva deberá ser confirmada en el mes de marzo.
A los graduados aceptados como ingresantes, y que formalicen su inscripción, se les informará vía mail y/o telefónicamente la fecha de comienzo de las clases y, a partir de ello, podrán anotarse en las materias obligatorias del primer módulo.
b) Criterios de selección:
Durante los meses de febrero y marzo, y teniendo a la vista los currículum vitae de los aspirantes, la Comisión de la Carrera determinará quiénes deberán asistir a entrevistas para una mejor evaluación de sus antecedentes, capacidades y motivación, ello como consecuencia de la existencia de un cupo de ingresantes y como forma de asegurar un nivel básico mínimo uniforme de conocimientos que faciliten la enseñanza y el aprendizaje.
La Dirección de la Carrera decidirá la admisión sobre la base de la evaluación del currículum vitae del aspirante —el plan de estudios con que obtuvo el título de grado, las actividades de actualización afines con la especialidad tributaria que hubiera realizado, la incorporación a la Carrera Docente en nuestra Facultad, el desempeño profesional, las publicaciones con que pudiera contar, u otros antecedentes que, prudentemente ponderados, recomienden su incorporación sin más trámite— y, en el caso de ser necesario, el resultado de las entrevistas a los que se convoque.
Para quienes se entienda conveniente, se tomará una prueba sobre conocimientos mínimos indispensables para acceder al posgrado y, en el caso de que el resultado no fuera satisfactorio, se diferirá para el año siguiente la incorporación del aspirante hasta que cumpla las recomendaciones que se le efectúen para ampliar sus conocimientos, todo ello orientado a lograr la nivelación básica de los graduados que ingresen a la Carrera.
c) Vacantes requeridas para el funcionamiento del Posgrado:
El número de ingresantes mínimos necesarios para cada cohorte será de OCHO (8) inscriptos. El máximo de inscriptos será de CUARENTA (40). Esta cantidad podrá ser modificada por el Departamento de Posgrado, a pedido del Director de la Carrera.
d) Criterios de regularidad:
Los alumnos deberán cumplir con el requisito de asistencia a no menos del SETENTA Y CINCO por ciento (75%) de las clases que componen el curso.
Serán considerados alumnos regulares los estudiantes admitidos que aprueben al menos CUATRO (4) materias cada DOS (2) años o se encuentren en el plazo establecido para la realización de su Trabajo Final Integrador y que, además, estén al día con el pago de los aranceles establecidos por las resoluciones pertinentes de la Facultad.
Los estudiantes deberán aprobar los cursos de la Carrera en un plazo máximo de CUATRO (4) años desde el momento de su admisión. Por razones justificables, la Comisión Académica podrá conceder, con la aprobación del Consejo Directivo de la Facultad, una prórroga de DOS (2) años.
El estudiante deberá presentar un trabajo final individual de carácter integrador en un plazo que no podrá superar el total de UN (1) año desde la fecha en que haya aprobado el último de los cursos correspondientes a su Plan de estudios. Por razones excepcionales, a solicitud del estudiante y con la conformidad del Director y de la Comisión de la Carrera, el Consejo Directivo podrá otorgar UN (1) año de prórroga.
En caso de que el estudiante pierda la regularidad deberá solicitar su admisión nuevamente, debiendo ser analizada y considerada por la Comisión de la Carrera, que recomendará al Consejo Directivo, en caso de corresponder, en qué condiciones es readmitido.
e) Requisitos para la graduación:
El estudiante deberá aprobar todas las asignaturas que integran el Plan de estudios de la carrera y un Trabajo Final Integrador escrito que tendrá que ser defendido oralmente, a los fines de obtener el título de Especialista en Derecho Tributario.
El estudiante deberá presentar para su evaluación el Trabajo Final Integrador por escrito y en forma digital a los fines de su publicación en la página web de la Facultad, en caso que sea recomendado por el Director de la Carrera.
El Trabajo Final Integrador será evaluado por un tribunal designado por la Comisión Académica y notificado al Departamento de Posgrado. Se asentará en el Libro de Actas el dictamen correspondiente a la evaluación. El jurado estará integrado por tres profesores designados por la Comisión Académica, respetando la perspectiva de género.
La expedición del diploma se realizará según lo dispuesto en el Capítulos A CÓDIGO.UBA I-24.
VIII. INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO
Tipo de espacio físico | Cantidad | Capacidad (personas) | Superficie (m2 ) | Sede |
Oficinas | 2 | 220 | ||
Aulas | 35 | 1317 | 3000 | |
Sala de reuniones | 1 | 20 | 80 | |
Sala de profesores | 1 | 30 | 100 | |
Biblioteca | ||||
Gabinete de computación |
Equipamiento de los gabinetes de computación: CUATRO (4) computadoras en el sector de las Aulas del Departamento de Posgrado con acceso a Internet.
Biblioteca
Nombre: Biblioteca de la Facultad de Derecho
Correo electrónico: biblioteca@derecho.uba.ar
Servicios ofrecidos:
– Préstamos automatizados
– Catálogos de consulta automatizados
– Correo electrónico
– Disponibilidad de Internet
– Préstamos interbibliotecarios
– Obtención de textos complementarios
Página web: derecho.uba.ar/académica/biblioteca
Superficie total de la sala (en metros cuadrados): 1896 m2
Superficie total para la consulta (en metros cuadrados): 603 m2
Capacidad: SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE (749) asientos
Fondo bibliográfico:
– Cantidad de volúmenes totales: DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000)
– Cantidad Total de libros digitalizados: CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO (455) Equipamiento informático común a todas las carreras que se desarrollan en el ámbito del Departamento de Posgrado:
1) Biblioteca de uso exclusivo de los alumnos del Departamento de Posgrado: SALA MULTIMEDIAL: La sala multimedia cuanta con CATORCE (14) Pcs para el uso de usuarios de Posgrado.
Descripción del equipamiento técnico: 1 Procesador AMD SEMPRON – Mother RD BIOSTAR MCP6P M2+AMD – Memoria 1024 DDR667 Kingston – Disco 160 Western Digital 720 RPM SATA – Placa de Video ON BOARD – Placa de Sonido ONBOARD – Placa de Red Fast Ethernet 10/100/1000 ON BOARD – Grabadora SamnsungSta Dual Layer – Puertos USB ( 2 Delanteros y 4 Traseros) – Monitore Pantalla Plana Samsung – WINDOWS XP. 2 Procesador AMD SEMPRON – Mother RD BIOSTAR MCP6P M2+AMD – Memoria 1024 DDR667 Kingston – Disco 160 Western Digital 720 RPM SATA – Placa de Video ON BOARD – Placa de Sonido ONBOARD – Placa de Red Fast Ethernet 10/100/1000 ON BOARD – Grabadora SamnsungSta Dual Layer – Puertos USB ( 2 Delanteros y 4 Traseros) – Monitore Pantalla Plana Samsung – WINDOWS XP. 3Procesador AMD SEMPRON – Mother RD BIOSTAR MCP6P M2+AMD – Memoria 1024 DDR667 Kingston – Disco 160 Western Digital 720 RPM SATA – Placa de Video ON BOARD – Placa de Sonido ONBOARD – Placa de Red Fast Ethernet 10/100/1000 ON BOARD – Grabadora SamnsungSta Dual Layer – Puertos USB ( 2 Delanteros y 4 Traseros) – Monitore Pantalla Plana Samsung – WINDOWS XP. 4 Procesador AMD SEMPRON – Mother RD BIOSTAR MCP6P M2+AMD – Memoria 1024 DDR667 Kingston – Disco 160 Western Digital 720 RPM SATA – Placa de Video ON BOARD – Placa de Sonido ONBOARD – Placa de Red Fast Ethernet 10/100/1000 ON BOARD – Grabadora SamnsungSta Dual Layer – Puertos USB ( 2 Delanteros y 4 Traseros) – Monitore Pantalla Plana Samsung – WINDOWS XP. 5 Procesador AMD SEMPRON – Mother RD BIOSTAR MCP6P M2+AMD – Memoria 1024 DDR667 Kingston – Disco 160 Western Digital 720 RPM SATA – Placa de Video ON BOARD – Placa de Sonido ONBOARD – Placa de Red Fast Ethernet 10/100/1000 ON BOARD – Grabadora SamnsungSta Dual Layer – Puertos USB ( 2 Delanteros y 4 Traseros) – Monitore Pantalla Plana Samsung -WINDOWS XP. 6 Procesador AMD SEMPRON – Mother RD BIOSTAR MCP6P M2+AMD – Memoria 1024 DDR667 Kingston – Disco 160 Western Digital 720 RPM SATA – Placa de Video ON BOARD – Placa de Sonido ONBOARD – Placa de Red Fast Ethernet 10/100/1000 ON BOARD – Grabadora SamnsungSta Dual Layer – Puertos USB ( 2 Delanteros y 4 Traseros) – Monitore Pantalla Plana Samsung – WINDOWS XP. 7 IBM 656153S INTEL 82440 LXEX PII 300 128(PC133) – WINDOWS 98. 8 IBM 656153S INTEL 82440 LXEX PII 300 128(PC133) – WINDOWS 98. 9IBM 656153S INTEL 82440 LXEX PII 300 128(PC133) – WINDOWS 98. 10 IBM 656138S INTEL 82440 LXEX CEL 300 128(PC133) – WINDOWS 98. 11 IBM 656138S INTEL 82440 LXEX CEL 300 64 (PC100) – WINDOWS 98. 12 PENTIUM II – WINDOWS XP. 13 PENTIUM III 513 – WINDOWS XP. 14 PENTIUM IV – WINDOWS XP – SOFT NO VIDENTES.
Asimismo, los alumnos y docentes de posgrado tienen acceso a las siguientes bases de datos especializadas en Derecho:
a) El Dial.com: Diario Jurídico editado en forma digital y con actualización permanente de su contenido. Pública jurisprudencia: abarca los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina (CSJN), Cámaras Nacionales, Superiores Tribunales y Cámaras Provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires-
b) El Derecho: ED DIARIO Esta publicación contiene información jurisprudencial y doctrinaria en todas las materias del derecho, seleccionada y comentada -en el caso de la jurisprudencia- por destacados especialistas del mundo jurídico argentino. Se accede tanto a jurisprudencia como a doctrina su cobertura es partir del año 1997 a con actualización diaria.
c) Abeledo Perrot: El Acceso On Line está clasificado en diversas solapas que contienen las bases de: Doctrina (Obras -de AbeledoPerrot y Depalma- y Publicaciones Periódicas), Jurisprudencia (Sumarios, Tribunales Nacionales, Tribunales Provinciales y Fallos a texto completo) y Legislación (Nacional y Provincial).
d) Microjuris. Laborjuris.com. Societario.com: El sitio está organizado en Jurisprudencia, Doctrina, Legislación, Reseñas del Boletín Oficial, Boletines Provinciales, Jurisprudencia agrupada, Laboral y Societario.
e) Doctrina sobre todas las materias (ESPAÑA): Doctrina Española incluye: Comentarios al Código Civil (85 volúmenes) dirigido por Manuel Albaladejo y Silvia Díez Alabart. Estos OCHENTA Y CINCO (85) volúmenes presentan un análisis de artículo por artículo del Código Civil. Compendio de Derecho Civil (SEIS (6) volúmenes) de Xavier O’Callaghan-
f) Revista de Administración Pública (RAP): Acceso a la web de la Revista de Administración Pública (RAP), se puede consultar Doctrina, Legislación, Jurisprudencia buscando a través de diferentes campos como materia, palabra libre y otros.
g) Rubinzal-Culzoni: Acceso a la página web de Rubinzal Culzoni la cual está clasificada según las siguientes materias: Derecho Privado y comunitario, Derecho de Daños, Derecho Procesal, Derecho Comparado, Derecho Laboral, Derecho Penal, Derecho Público, Derecho Procesal Penal.
h) Sistema Argentino de Informática Jurídica (SAIJ): Un servicio gubernamental, administrado por la Dirección del Sistema Argentino de Informática Jurídica, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la República Argentina, que brinda información jurídica tomada de fuente oficial-
i) WestLaw: Es una herramienta que reúne una colección de bases de datos legales multinacionales. Brinda acceso a materiales de renombradas fuentes de información como Sweet& Maxwell, Carswell y West Group, Westlaw International provee una colección de información legal y regulatoria.
j) La biblioteca dispone para la consulta de usuarios, en formato electrónico (archivos PDF), de los boletines oficiales a partir de las siguientes fechas: Primera sección de 08/09/2000 hasta la actualidad.
Por último, se puede acceder a las siguientes bases multidisciplinarias:
a) EBSCO – AcademicSearch: Acceso en línea a cuatro (AcademicSearch Premier, Fuente Academica, Psychology and Behavioral, Soc INDEX) bases de datos bibliográficas con resúmenes y texto completo. Contenido retrospectivo desde 1975, y algunos casos anteriores también, se actualiza diariamente. Incluye resúmenes y texto completo de CUATRO MIL QUINIENTAS (4500) publicaciones principalmente de revistas.
b) Gale Virtual Reference Library: Colección de referencia virtual: Acceso a más de TREINTA (30) obras de consulta sobre diversos temas relacionados con los Estados Unidos. En la temática del derecho las siguientes obras: Checks and Balances: The Three Branches of the American Government, 2005, Crime and Punishment in America Reference Library, 2005.
c) JSTOR: Acceso en línea a las colecciones de revistas en texto completo de JSTOR: Art &Sciences I, Art &Sciences II, Art &Sciences III. Contenido retrospectivo con énfasis en diversas disciplinas de las ciencias sociales y humanidades.
d) ScienceDirect: Acceso a más de OCHO (8) millones de artículos de publicaciones periódicas científicas editadas por Elsevier y otros editores asociados, material de referencia, muchos en texto completo corresponden a diferentes áreas del conocimiento. Incluye 2.000 títulos de revistas con referato y en el área de Ciencias Sociales incluye 504 títulos.
e) SpringerLink: SpringerLink.com es una de las bases de datos interactivas de alta calidad en los libros, los trabajos de referencia y la colección en línea de los archivos. SpringerLink.com es un punto de acceso central de gran alcance para los investigadores y los científicos. Con más de 10.000 libros en línea, los visitantes.
f) H. W. Wilson: Acceso en línea a bases de datos bibliográficas con resúmenes y texto completo. Se trata de bases de datos especializadas (educación, arte y ciencia de la información) y generales (humanidades y ciencias sociales) con contenido actual (del mes anterior).
g) Enciclopedia Hispánica: Enciclopedia electrónica con más de 105.000 entradas enciclopédicas y casi medio millar de artículos recogidos en 18 volúmenes. Las claves para entender los grandes temas de la actualidad. PlanetaSaber los analiza en profundidad con textos, fotografías y enlaces Web.
h) TIFLOLIBROS: TIFLOLIBROS es la primera BIBLIOTECA digital para ciegos de habla hispana, es un servicio exclusivo y gratuito para personas con discapacidad visual. Cuenta con mas de 16200 libros digitalizados en distintos tipos de formatos electrónicos. El material se encuentra ordenado por categorías temáticas.
i) DialNet: Es una plataforma de recursos y servicios documentales: Alertas y noticias, cuyo objetivo fundamental se centra en mejorar la visibilidad y el acceso a la literatura científica hispana en texto completo a través de Internet, con fórmulas abiertas y flexibles.
IX. MECANISMOS DE AUTOEVALUACION Y DE SEGUIMIENTO DE EGRESADOS
El proceso de autoevaluación comprende una serie de acciones específicas destinadas al mejoramiento global de la calidad del posgrado. Sus principales acciones son:
a) Reuniones de la Comisión Académica de la Carrera para la evaluación del desarrollo del posgrado.
b) Encuesta de evaluación sobre la Carrera y posterior análisis por parte de la Comisión Académica de la Carrera
c) Evaluación permanente de los Programas presentados en las materias específicas en relación a: contenidos, bibliografía, propuestas pedagógicas referidas a las estrategias de enseñanza –aprendizaje y de evaluación.
d) Reuniones periódicas con el cuerpo docente de la carrera para la devolución de informes sobre el estado de situación.
e) Sin perjuicio de aquellos mecanismos que establezca la Comisión Académica para el seguimiento de egresados de la Carrera, se prevé la realización de una encuesta anual a los alumnos. La encuesta será evaluada por la Comisión y la Dirección de la Carrera. “
[1] Carrera aprobada por Resolución (CS) N° 2015/87
[2] RESCS-2021-707-E-UBA-REC