CAPÍTULO L: EN DERECHO PROCESAL CIVIL 1

ARTÍCULO 1101. Crear la Carrera de Especialización en Derecho Procesal Civil, de la Facultad de Derecho.

ARTÍCULO 1102. Aprobar la reglamentación general, el plan de estudios y los contenidos mínimos de las asignaturas de la Carrera a que se refiere el artículo 1101 y, que forman parte del presente Capítulo.

PLAN DE ESTUDIOS

I. INSERCIÓN INSTITUCIONAL DEL POSGRADO

Denominación del posgrado: Carrera de Especialización en Derecho Procesal Civil.

Denominación del Título que otorga: Especialista en Derecho Procesal Civil.

Unidad/es Académica/s de las que depende el posgrado: Facultad de Derecho.

Sede/s de desarrollo de las actividades académicas del posgrado: Facultad de Derecho.

Resolución/es de CD de la/s Unidad/es Académica/s de aprobación del Proyecto de posgrado: Res. (CD) nro. 5639/09

II. FUNDAMENTACIÓN DEL POSGRADO

A) Antecedentes

a) razones que determinan la necesidad de creación del proyecto de posgrado: relevancia en áreas prioritarias, demanda disciplinar, social y/o laboral, otras.

Esta carrera de especialización abre un espacio necesario para el desarrollo científico del derecho procesal. La actividad que se desenvuelve en el grado, con programas planteados en el derecho procesal civil; comercial; laboral; administrativo; constitucional, entre otros, muestra que la curricula es completa y que los estudios profundizados constituyen un complemento de excelencia a la oferta de posgrado.

Cabe agregar que el plantel docente que se promueve para la carrera tiene a los profesores más distinguidos de la ciencia procesal argentina, quienes no solo son profesores ordinarios y extraordinarios de nuestra casa de Altos Estudios, sino que forman parte del consejo académico que tutoriza y asesora al director en el planeamiento estratégico de la carrera.

Relevancia en áreas prioritarias

La necesidad de crear en el posgrado de esta Facultad una carrera de especialización se nutre de distintas posibilidades. Una de ellas es la ubicación curricular del Derecho Procesal y la necesidad de complementar al graduado en esta área disciplinar. Otra es la evidente participación y el interés demostrado en cada curso de actualización o perfeccionamiento, hasta ahora realizado, donde el número de inscriptos supera largamente la expectativa.

Las áreas a cubrir son las del proceso civil, que actualmente supone desarrollar no solo los conflictos de naturaleza privada, sino aquellos constitucionales como el juicio de amparo, hábeas data y otros particulares, como los de defensa de datos personales, tutela de la intimidad, etc. Tanto abogados que profundizarán la técnica, como jueces y magistrados que adquirirán una alta capacitación en el complejo entramado de las garantías, reglas y principios procesales, son el elemento humano al que la carrera se destina.

En síntesis, la carrera de especialización en derecho procesal civil significa abordar profundamente el estudio de cada una de las instituciones procesales, desde sus más ínfimas características y con un profundo sentido interdisciplinario.

Carácter estratégico de la carrera

La necesidad de contar con profesionales absolutamente idóneos para el requerimiento de los entornos cambiantes del derecho, y la ausencia de una carrera de especialización o posgrado avanzado en esta Facultad, nos facilita esta presentación, de forma tal de no cerrar el entorno a una sola área científica (el derecho) aunque será menester tener el título de abogado para cursar.

El complemento que supone especializarse en un área disciplinar permite visualizar las ventajas que tiene para quienes se encuentran en carrera docente al amentar su caudal de conocimientos.

b) antecedentes en instituciones nacionales y/o extranjeras de ofertas similares

Las universidades nacionales, tanto de gestión pública como privada, que se encuentran en el radio educativo de la Capital Federal, tienen algunas carreras de especialización acreditadas ante la CONEAU (v.gr: Universidad del Salvador, Universidad Notarial Argentina; Universidad Católica Argentina; entre otras), que cuentan con varias promociones de regular participación. Todas ellas, o al menos, su gran mayoría, se nutre con profesores de nuestra Casa de Altos Estudios.

En el país, no son muchas las universidades que tienen esta carrera, quizás debido a que la mayor parte de sus profesores los toman de esta Universidad. Recién se autoabastecen cuando logran formar sus propios cuadros (v.gr.: UNNE; Córdoba, del Litoral, entre otras).

Por otra parte, teniendo en cuenta que existen tantos códigos procesales como provincias establecidas, seria auspicioso vincular la carrera con algunas otras universidades nacionales del interior del país, que con la modalidad de cooperación de profesores, podría mejorar la enseñanza del derecho procesal local y de los procedimientos especiales de cada una.

La carrera no tiene antecedentes dentro de los posgrados de la Facultad de Derecho. La Facultad de Derecho ha desarrollado dentro de los llamados cursos independientes, en los años 2006 y 2007, dos cursos de actualización en derecho procesal civil de sesenta horas (60 hs), que constituyen los únicos antecedentes que se vinculan con la actividad ofrecida.

Por ello, que la Universidad de Buenos Aires ofrezca una carrera de especialización en derecho procesal civil, significaría continuar la impronta de liderazgo que siempre ha tenido en esta disciplina.

c) comparación con otras ofertas existentes en la Universidad: establecer similitudes, diferencias y posibilidades de articulación

La carrera de especialización en Derecho Procesal Civil no compite con ninguna otra actividad similar de la Facultad de Derecho, toda vez que en esta área solamente existen cursos de actualización, o cursos independientes que abordan puntos o materias específicas de la ciencia. Por otra parte, esta oferta académica no es periódica aunque algunos de los módulos de esta carrera de especialización tienen contenidos coincidentes con algunos cursos ya celebrados que bien podrían articularse (homologarse) para complementar la carrera completa.

d) consultas a las que fue sometido el proyecto de posgrado, indicando personas e instituciones (adjuntar documentación pertinente)

El Departamento de Derecho Procesal de la Facultad de Derecho ha prestado plena colaboración en la formación de la curricula, coincidiendo en la necesidad de promover ante el Consejo Superior la creación de esta carrera, que se torna ineludible para el nutrido conjunto de interesados y para el plantel docente de derecho procesal de esta Facultad.

B) Justificación: explicitar las características del proyecto según requisitos de la reglamentación vigente.

Sin perjuicio de todo lo expuesto, cabe observar que uno de los problemas que plantea la necesaria actualización de las instituciones procesales obedece a la forma como se implementa, mayoritariamente en nuestras Universidades, el estudio del derecho procesal.

Se lo toma como si fuera el estudio del proceso judicial, descartando sus múltiples manifestaciones como son las nuevas funciones del juez; las resoluciones alternativas de controversias; la dimensión de la forma y prueba de los contratos; etc. De este modo, toda la enseñanza se reduce al formulismo de los procedimientos, sin reconocer estrictamente las bondades de una visión global donde aparecen nuevas ramificaciones como el derecho procesal comunitario o el derecho procesal constitucional. Cada una de estas evoluciones y transformaciones son las que atienden los contenidos de la carrera, especialmente dirigida a cubrir un espacio no resuelto en los estudios de posgrado argentino.

Un claro ejemplo de ello surge al constatar el dilema que padecen nuestros jueces en lo penal, que en el ejercicio de su función jurisdiccional encuentran que la sociedad les reclama acciones que la ley no considera, poniéndolo en permanente conflicto con las resoluciones a adoptar. Por ello, se persigue capacitar al abogado, al juez y demás funcionarios de la justicia en el manejo de los instrumentos procesales, recorriendo cada una de las instituciones a través de la enseñanza teórico-práctica.

La carrera se ocupa de enseñar el alcance de nuevas instituciones que regulan los principios constitucionales y supranacionales del proceso, que han dado lugar a corrientes corno el llamado garantismo procesal o el derecho procesal constitucional.

III. OBJETIVOS DEL POSGRADO

Descripción detallada de los objetivos del proyecto de posgrado

Los objetivos de la presente Carrera de Especialización son:

*Formar un profesional de alta capacidad resolutiva para dar soluciones rápidas y eficaces dando preeminencia a una escala sistemática que inicia en la conciliación, sigue en las fórmulas alternativas para resolver conflictos, y culmina en una estricta preparación procesal suficiente para reconocer todas las instituciones.

*La elaboración de proyectos de investigación pensados para una eventual reforma judicial y de los procedimientos.

*La formación técnica, dogmática y pedagógica en los nuevos rumbos del derecho procesal.

IV. PERFIL DEL EGRESADO

Descripción detallada del perfil incluyendo competencias y habilidades a desarrollar en el estudiante, características del desempeño futuro acorde con la formación del proyecto de posgrado y posibles áreas / campos de inserción académico – profesional.

El egresado de la carrera de especialización en derecho procesal civil adquirirá suficientes conocimientos para:

1. El desempeño en la función jurisdiccional como juez o magistrado.

2. Proyectar leyes procesales, que en sí mismas suponen reformas judiciales y/o de organización de los tribunales.

3. Actuar como asesores al adquirir una destreza nueva, tal como propicia la interacción entre las distintas áreas de la curricula del derecho procesal civil.

4. Investigar los temas más avanzados de la ciencia.

5. Conseguir destreza académica y desarrollar una carrera docente.

6. Desempeñarse con aptitudes y habilidades en el ejercicio libre de la profesión.

V. ORGANIZACIÓN DEL POSGRADO

a) institucional: reglamento del proyecto de posgrado que deberá incluir modalidad de designación y régimen de periodicidad de las autoridades del posgrado; funciones de cada una de ellas; modalidad de selección y designación de profesores/docentes/tutores; normas para la selección de aspirantes; criterios de regularidad de los estudiantes; criterios generales de evaluación y requisitos de graduación; mecanismos de aprobación de programas analíticos de cursos/seminarios/talleres, etc.; mecanismos de seguimientos de las actividades programadas.

1. Organización institucional

La carrera será dirigida por un director y monitoreada por un Consejo Académico.

El director durará tres años en su cargo y podrá ser reelegido por períodos iguales por el Consejo Directivo a propuesta del Decano de la Facultad de Derecho.

El Consejo Académico de la Carrera de especialización en Derecho Procesal obedece a la necesidad de contar con un cuerpo de profesores evaluadores y consejeros que permitan actualizar la curricula del plan de estudios cuando fuese necesario, así como orientar cambios o modificaciones que cumplan con el nivel de excelencia y eficacia académica que para la especialización se persigue.

Los requisitos exigidos para integrar este comité son: a) ser catedrático (profesor titular, consulto, emérito, o categorías similares) de la asignatura en una universidad nacional o extranjera, ambas de reconocido prestigio; b) haber escrito libros y publicaciones suficientes para ser reconocido como maestro indiscutible en la ciencia o disciplina que lo especializa; c) tener experiencia en investigación y docencia.

Serán funciones del Consejo Académico: a) fiscalizar los programas de enseñanza y planes de trabajo con la consigna de lograr el máximo rendimiento académico, la excelencia docente, y la plena formación del graduado que aspira a la especialización; b) asesorar para la actualización del plan de estudios; c) guiar la metodología de enseñanza y el sistema de evaluación; d) constituirse con la totalidad de sus miembros o alguno de ellos, en tribunal examinador de los finales de carrera; e) autoevaluar la carrera; f) dar clases especiales.

Se integrará con un mínimo de tres miembros teniendo al menos que ser dos profesores de la Facultad; será designado por el Consejo Directivo a propuesta del Decano de la Facultad. El Director de la carrera tendrá las siguientes funciones:

a) Entregar los programas de cada uno de los módulos que integran la carrera antes del comienzo de clases; b) preparar el cronograma de trabajo; c) fijar con cada profesor y de acuerdo con las fechas fijadas por la universidad, el calendario de exámenes; d) prever las fechas de reuniones horizontales entre docentes de los módulos respectivos; e) integrar el plantel docente; f) entregar las currículas de los profesores del plantel para su aprobación por el Consejo Académico; g) asegurar el cumplimiento de los programas y planes de trabajo; h) resolver los eventuales problemas de inasistencia o impuntualidad de los docentes; i) entregar al final de cada módulo o unidad un resumen informativo de actividades celebradas; j) constituir equipos de trabajo con el profesorado a los efectos de celebrar una autoevaluación de la carrera.

2. Selección y designación de profesores

Los docentes son designados por el Consejo Directivo de la Facultad, a propuesta del Director de la Carrera de Especialización, previa aprobación del Consejo Académico. Para ser profesor se requiere ser o haber sido profesor regular de una Universidad Nacional, de acuerdo a lo establecido en las Normas Complementarias para el Funcionamiento de los Cursos del Departamento de Posgrado de la Facultad de Derecho.

3. Normas para la selección de aspirantes

Son requisitos de admisión: a) Ser graduado de la Universidad de Buenos Aires con título de abogado, procurador o escribano; b) Tener un título equivalente correspondiente a una carrera de cuatro (4) años de duración como mínimo, o ser graduado de otras universidades argentinas o extranjeras, con títulos equivalentes; c) Los graduados de carreras de duración menor a cuatro (4) años podrán postularse para el ingreso previo cumplimiento de los requisitos complementarios que se establezcan. A los alumnos extranjeros sin título de grado revalidado, se les aclarará al frente del diploma que la obtención del título de especialista no implica la reválida del titulo de grado.

4. Criterios de regularidad

Cada profesor establecerá las pautas de evaluación para aprobar el módulo a su cargo. Esta modalidad debe ser aprobada por el Director de la Carrera. El alumno deberá cumplir con el 80 % de asistencia a las clases dictadas. Se contemplarán en este requisito situaciones particulares que justifiquen inasistencias mayores a las previstas y que deberán ser analizadas en cada caso de acuerdo con la resolución sobre justificación de inasistencias. Es de aplicación la Resolución de Normas Complementarias para el Funcionamiento de los Cursos del Departamento de Posgrado, aprobado por Res. (CD) N° 4681/07.

5. Campos de inserción del especialista en derecho procesal

Los graduados en la carrera de especialización tienen las siguientes posibilidades: a) incorporarse en el plantel docente de la Facultad de Derecho en el área de derecho procesal, tras inscribirse en la carrera docente y dar el pertinente examen de admisión en las cátedras; b) incorporarse a la Asociación Argentina de Derecho Procesal para realizar trabajos de investigación y participar en las tareas del instituto; c) incorporarse a las actividades académicas de la mencionada asociación y participar en sus jornadas nacionales y regionales; d) incorporarse como profesores tutores de los alumnos siguientes de la especialización; e) continuar sus estudios de doctorado, maestrías o perfeccionamiento en la Universidad o en universidades extranjeras con convenio de intercambio y cooperación.

6. Actividades de investigación

En cada módulo el alumno deberá elegir un tema de una terna propuesta por el profesor a cargo del mismo con la finalidad de constituir el trabajo de investigación sobre el cual podrá aprobar el módulo respectivo.

Dentro de los diez días siguientes a la elección el alumno deberá proponer un diseño de investigación en el que se destaque la metodología a utilizar y la bibliografía básica sobre el tema propuesto. Esta propuesta deberá aprobarse por el profesor a cargo del módulo o del taller, en su caso. La propuesta deberá ser elevada al Director de la Carrera para su aprobación o rechazo, el que se expedirá en el plazo de treinta (30) días de recibida.

La decisión del Director es inapelable. Si el tema de la investigación no fuera aprobado, el alumno tendrá, por única vez, un plazo de cuarenta y cinco (45) días desde la notificación del rechazo, para proponer un nuevo tema con su respectivo diseño de investigación, propuesta ésta que estará sometida a idénticos requisitos y trámites que la anterior.

El alumno deberá, además, presentar un trabajo final dé carrera como culminación de sus tareas de investigación; el trabajo aprobado permitirá la obtención del título de especialista.

A los efectos de la calificación, la investigación deberá ser presentada en tres (3) ejemplares escritos a máquina, encuadernados y perfectamente legibles.

La investigación será calificada de acuerdo con la siguiente escala: Sobresaliente (10), distinguido (9, 8), bueno (7, 6), aprobado (5, 4) o insuficiente (1, 2 y 3).

La falta de presentación de la investigación producirá impedimento para rendir la evaluación final integradora.

La investigación tendrá como carga horaria total en cada módulo de treinta horas (30 hs), siendo de ciento veinte horas (120 hs.) la cantidad total aplicada.

Estos aspectos deberán ser detallados en el Reglamento interno de la Carrera que elaborará el Consejo Académico con el Director y elevarán para su correspondiente aprobación por el Consejo Directivo y posterior conocimiento por el Consejo Superior.

Convenios: explicitar si se prevé la existencia de convenios con instituciones para el desarrollo de las actividades del posgrado

Institución con la que se establecerá convenioObjetivos esperadosRecursos humanos, físicos y/o financieros previstosPrincipales resultados esperados
Universidad Panamericana de MéxicoComplementar experiencias a través de la cooperación docenteAutofinanciamiento con costo de la matrículaIncentivar el intercambio y la participación de extranjeros

Merced a los convenios que cuenta la Facultad de Derecho con una gran cantidad de universidades extranjeras, se pretende articular con ellas la posibilidad de celebrar intercambio de profesores, y ofertar bajo la modalidad de cursos intensivos para que puedan concurrir alumnos extranjeros.

b) académica: plan de estudios. Explicitar denominación completa de todos los cursos, seminarios, módulos, talleres, prácticas, etc con su respectiva carga horaria presencial. Actividades de investigación previstas en el desarrollo del posgrado indicando momento de desarrollo, tipo de actividades, participantes (si corresponde) y articulación con las otras actividades académicas. Régimen de correlatividades. Contenidos mínimos de cada uno de los cursos, seminarios talleres y/ o las actividades previstas, (adjuntar contenidos por actividad propuesta).

La carrera insume quinientas cuatro (504) horas, divididas en trescientas ochenta y cuatro (384) horas de enseñanza aplicada, y ciento veinte (120) horas de investigación. Se implementa en dos cuatrimestres con seis (6) horas semanales de clase divididas en dos días, o en uno intensivo, de acuerdo con las posibilidades de infraestructura.

Módulo 1o) Derecho Procesal Civil I

Curso 01; Teoría General del Derecho Procesal

Curso 02: Derecho probatorio

Curso 03: Recursos y vías de impugnación

Módulo 2o) Derecho Procesal Civil II

Curso 04: Actos Procesales

Curso 05: Medidas Cautelares

Curso 06: Nulidades en el proceso

Curso 07: Procesos especiales

Módulo 3o) Derecho Procesal Constitucional

Curso 08: Proceso y Constitución. Control de constitucionalidad

Curso 09: Amparo y demás procesos constitucionales

Curso 10: Procesos colectivos

Módulo 4o) Derecho Procesal Transnacional

Curso 11: El sistema interamericano de Derechos Humanos

Curso 12: Denuncias y procedimiento ante la Comisión Interamericana

Curso 13: Demanda y procedimiento ante la Corte Interamericana

Examen final integrador

MODULOCARGA HORARIA
Primer módulo72 hs
Segundo módulo120 hs
Tercer módulo96 hs.
Cuarto módulo96 hs
Subtotal384 hs.
Investigación120 hs. (30 por módulo)
Total504 hs

Cuadro correspondiente al Plan de estudios

Asignatura*Carga horariaTeoríaPrácticaCorrelativi dades
01. Teoría Gral del derecho procesal6 hs.6hs0 hs 
             
02. Derecho Probatorio48 hs42 hs.6hs.Curso 01
03. Recursos y vías de impugnación18hs.15 hs.3hsCurso 01
04. Actos procesales30 hs24 hs6 hsCurso 01
05. Medidas cautelares30 hs24 hs.6 hs.Curso 01
06. Nulidades en el proceso30 Hs.24 hs.6hs.Curso 01
07. Procesos especiales30 Hs.24 hs.6 hs.Curso 01
08. Proceso y Constitución. Control de constitucionalidad24 hs.20 hs.4 hs. 
             
09. Amparo y demás procesos constitucionales36 hs.30 hs.6hs.Curso 08
10. Procesos colectivos36 hs.30 hs.6hs.Curso 08
11. Sistema Interamericano de Derechos Humanos24 hs.24 hs.0 hs. 
             
12. Denuncias y procedimiento ante la Comisión Interamericana36 hs.30 hs.6 hs.Curso 11
13. Demanda y procedimiento ante la Corte Interamericana36 hs.30 hs.6 hs.Curso 11
Investigación120 hs.   
Total504 hs.   

* Se aclara que el número asignado a cada uno de los cursos solo se realiza a los fines de establecer la correlatividad.

Contenidos mínimos

Primer módulo: Derecho Procesal Civil I

Teoría general del derecho Procesal

1. Noción de derecho procesal. 2. Jurisdicción. 3. Acción. 4. Proceso. 5. Jurisdicción no contenciosa. 6. Proceso y Constitución.

Derecho Probatorio

1. Noción de prueba; 2. Objeto de la prueba; 3. Necesidad de la prueba; 4. Cuestiones que son objeto de prueba; 5. Prueba del derecho nacional o interno; 6. Prueba del derecho extranjero; 7. Prueba de la costumbre; 8. Hechos exentos de prueba, 8.1 Hechos eximidos de prueba por actitudes de parte, a) Hechos admitidos, b) Hechos reconocidos; 8.2 Situaciones objetivas que eximen de prueba: a) Hechos notorios, b) Las presunciones legales, c) Los hechos evidentes; 8.3 Situaciones subjetivas que eximen de probar, a) Conocimiento privado del juez, b) Las máximas de experiencia; 8.4 Eximición de prueba por la naturaleza del hecho: a) Hechos cuya prueba prohíbe la ley, b) La prejudicialidad, c) Hechos que no se revelan por secreto justificado; 9. La prueba de los hechos negativos; 10. Fuentes y medios de prueba, 11. La carga de la prueba; 12. Los medios de prueba; 13. Clases y grados de prueba; 14. Clasificación de los medios de prueba; 15. Apreciación de la prueba, 15.1 Sistemas de apreciación de la prueba: a) Sistema de la prueba legal, b) Sistema de la libre apreciación, c) Reglas de la sana critica; 15.2 Modalidades de la sana crítica: a) Intima convicción, b) La apreciación en conciencia.

Recursos y vías de impugnación

1. La teoría general de la impugnación. Concepto y características esenciales de las decisiones jurisdiccionales; 2. Lasentencia como documento y como derecho. Las sentencias colegiadas. Clases. 3. El deber de motivación. Arbitrariedad y congruencia. 4. Límites y efectos de la cosa juzgada; 5. Teoría de los recursos. Medios de gravamen y vías de impugnación. Exigencias particulares de cada remedio o recurso. Clasificación. Procedimiento general. Efectos.; 6. Remedios y recursos: 6.1 Aclaratoria y reposición, 6.2 Recurso de apelación. Modalidades. Límites y facultades del tribunal revisor. Apelación libre y en relación. Efectos posibles. Carga técnica y estudio de casos. Deserción del recurso. Costos, 6.3 Recurso de nulidad. 7. Recursos extraordinarios. El art. 14 de la ley 48 y las distintas aperturas del recurso extraordinario federal. Técnica de presentación, fundamentación y seguimiento. La casación y sus posibilidades. El recurso indiferente.

Segundo módulo: Derecho Procesal Civil II

Actos procesales

1. Actos procesales; 2. Demanda y contestación; 3. Notificaciones procesales; 4. Incidentes, 5. Excepciones previas; 6. Acumulación de procesos; 7. Nulidades procesales; 8. Medidas cautelares; 9. Caducidad de la instancia; 10. Costas procesales; 11. Proceso ordinario; 12. Procesos universales: el sucesorio.

Medidas cautelares

1. Teoría general de las medidas cautelares: a) Naturaleza jurídica; b) Presupuestos; c) Características; d) Proceso cautelar autónomo; 2. La tutela de urgencia: Procesos de urgencia; Tutela cautelar inhibitoria; Sentencia anticipada; Lo urgente y lo cautelar; Medidas autosatisfactivas. 3. Medidas cautelares autónomas, Medidas contra el Estado, Suspensión del acto administrativo; Medida cautelar genérica. 4. Medidas cautelares en los procesos constitucionales: en el proceso de amparo; en la declaración de inconstitucionalidad; en el hábeas data; 5. Medidas cautelares: teoría general del embargo; embargo preventivo; embargo ejecutivo; 6. Medidas cautelares: Secuestro; Inhibición general de bienes; Otras medidas. 7. Medidas cautelares en los procesos comerciales: en los procesos de concursos y quiebras; en las impugnaciones de decisiones asamblearias; bloqueo registral; 8. Medidas cautelares en el derecho internacional y supranacional: Cooperación procesal; protocolo de Ouro Preto; medidas provisionales en el sistema interamericano;.

Nulidades en el proceso

1. Nulidades procesales y nulidades del acto jurídico. 2. Principios particulares y especiales. 3. Nulidad de la sentencia por defectos de firma. 4. Nulidad de la sentencia por error en la cita de jurisprudencia. 5. Incidente y excepción de nulidad. 6. Las nulidades formales y esenciales.

Procesos especiales

1. Los procesos especiales en el código procesal civil: naturaleza jurídica. Trámite correspondiente; 2. Particularidades y generalidades, 3. Interdictos y acciones posesorias. Denuncia de daño temido. Acciones urgentes; 4. Procesos de declaración de incapacidad e inhabilitación; 5. Alimentos y litisexpensas; 6.  Rendición de cuentas; 7. Mensura y deslinde; 8. División de comunas; 9. Desalojo.-

Módulo tercero: Derecho Procesal Constitucional

Proceso y constitución. Control de Constitucionalidad.

El Derecho Procesal Constitucional: 1.Introducción al Derecho Procesal Constitucional; 2. Antecedentes; 3. Jurisdicción constitucional; 4. Las ramificaciones del derecho procesal; 5. Origen del derecho procesal constitucional; 6. El sistema garantista de la Constitución Nacional y la tutela judicial efectiva; 7 El debido proceso; condiciones. II: El control de constitucionalidad de las leyes: 1. Sistemas para el control de constitucionalidad; 2. El sistema jurisdiccional difuso y concentrado; 3. Los tribunales constitucionales; 4. Los controles políticos; 5. Los controles internos de la administración; 6. El control supranacional. III: Proceso y Constitución; 1. El caso constitucional y la derivación al proceso respectivo; 2. La bilateralidad del proceso constitucional; 3. El procedimiento según el modelo de control constitucional; 4. La prueba; 5. La sentencia constitucional; 5. Clasificación de las sentencias constitucionales y sus efectos; 6. La jurisprudencia constitucional; 7. La doctrina del precedente obligatorio (stare decisis).

Amparo y demás procesos constitucionales

Debido proceso: 1. El derecho al juez; 2. La independencia de la jurisdicción; 3. La imparcialidad como principio básico; 4. La responsabilidad social de los jueces; 5. El derecho al abogado o a la asistencia jurídica idónea; 6. La defensa en juicio; 7. El debido proceso penal; 8. La garantía de la doble instancia; 9. La garantía de celeridad en los procesos; 10. El problema de la legitimación procesal. Casos.

Los procesos constitucionales: 1. El derecho de amparo constitucional y la tutela judicial efectiva; 2. El modelo constitucional; 3. Presupuestos y condiciones para el amparo; 4. Vía directa o subsidiaria; 5. El acto lesivo; 6. Exclusiones; 7. Las cuestiones no justiciables; 8. El control de constitucionalidad en el amparo; 9. Procedimiento; 10. La sentencia y sus efectos; 11. Reglamentaciones procesales.

Procesos colectivos

1. Introducción a los procesos colectivos. 2. Legitimación individual y colectiva; 3. Personería y representación. La certificación de la clase; 4. Rol del Ministerio Público; 5. Defensor del Pueblo; 6. Demanda colectiva. El daño masivo; 7. La prueba en los procesos colectivos. Carga, valoración y producción probatoria; 8. Sentencia en los procesos colectivos; 9. Alcance erga omnes; 10. Efectos de la cosa juzgada; 11. El fondo de reparaciones; 12. Casos prácticos. Análisis de jurisprudencia.

Módulo cuarto: Derecho procesal transnacional

El Sistema interamericano de Derechos Humanos

1. Los órganos del sistema. Mecanismos de asistencia e integración. Impacto de las decisiones en el orden interno. Funciones de los órganos del sistema;

Denuncias y procedimiento ante la Comisión Interamericana

1. La Comisión interamericana de derechos humanos. 2. La denuncia ante la CIDH, 3. Legitimación: víctima; Estado Parte; ONGs; 4. representación y mandato. 5. Trámite ante la Comisión. 6. Instancias de consulta y evaluación; 7. Recomendaciones; 8. Informes.

Demanda y procedimiento ante la Corte Interamericana

1. La Corte Interamericana de Derechos Humanos; 2. El procedimiento; 3. Legitimaciones concurrentes.; 4. Rol de la Comisión Interamericana en el proceso. 5. Etapa de admisión; 6. Propuestas alternativas; 7. La prueba en el proceso transnacional. 8. Las decisiones transnacionales; 9. Efectos en el derecho interno; 10. Cosa juzgada; 11. Ejecución de las sentencias del sistema interamericano; 12. La función consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

CORRELATIVIDADES

La carrera se desarrolla con independencia en cada módulo de manera que se pueden celebrar independientemente y certificar por unidad, pero debe completarse la totalidad de unidades y módulos más la investigación requerida en cada uno (respetando la correlatividades correspondientes) para lograr, tras la evaluación final integradora, el título de especialista en derecho procesal civil.

VI. ESTUDIANTES

a) requisitos de admisión: descripción detallada de la totalidad de los requisitos necesarios para ser admitido en el posgrado

Son requisitos de admisión: a) Ser graduado de la Universidad de Buenos Aires con título de abogado, procurador o escribano; b) Tener un título equivalente correspondiente a una carrera de cuatro (4) años de duración como mínimo, o ser graduado de otras universidades argentinas o extranjeras, con títulos equivalentes; c) Los graduados de carreras de duración menor a cuatro (4) años podrán postularse para el ingreso previo cumplimiento de los requisitos complementarios que se establezcan;

A los alumnos extranjeros sin título de grado revalidado, se les aclarará al frente del diploma que la obtención del título de especialista no implica la reválida del título de grado

b) criterios de selección: descripción detallada de los mecanismos que se utilizarán para seleccionar los estudiantes del posgrado

Para incorporarse como alumno de la carrera se evaluará el currículum vitae del aspirante, y sus conocimientos básicos sobre las instituciones del Derecho Procesal, de acuerdo con la actividad que desempeñe (magistrado, funcionario o ejercicio libre de la profesión).

Un tribunal de admisión presidido por el director de la carrera tendrá a su cargo: a) analizar las solicitudes de inscripción de los aspirantes a ingresar en la carrera y sus curricula vitae; b) entrevistar a los aspirantes, en caso de estimarse necesario, para una mejor evaluación de antecedentes y motivaciones; c) establecer pruebas, en su caso, para que los aspirantes justifiquen los conocimientos básicos exigidos

c) vacantes requeridas para el funcionamiento del posgrado:

Para desarrollar adecuadamente el trabajo de formación del especialista se establece un máximo de treinta (30) alumnos por curso.

d) criterios de regularidad: explicitar los criterios en relación con el plan de estudios, la presentación de tesis y los aspectos económicos financieros (pago de aranceles)

El alumno deberá cumplir con el 80% de asistencia a las clases dictadas.

Se contemplarán en este requisito situaciones particulares que justifiquen inasistencias mayores a las previstas y que deberán ser analizadas en cada caso de acuerdo con la resolución sobre justificación de inasistencias.

Para cumplir la condición de regularidad los alumnos deberán cumplir con el 80% de asistencia a las clases de cada materia y tener aprobada la totalidad de los módulos con cada uno de sus cursos sumado a la entrega de los trabajos de investigación exigidos por el profesor.

Cada módulo se debe aprobar con un trabajo de investigación que se suma a la evaluación de cada curso, conforme la modalidad que el profesor establecerá para la evaluación de los mismos.

e) requisitos para la graduación: explicitar

Para graduarse y obtener el título de especialista en derecho procesal civil será necesario: a) Aprobar la totalidad de módulos con sus correspondientes trabajos de investigación. b) Aprobar el trabajo final de carrera, y c) Aprobar el examen final integrador, con un mínimo de seis (6) puntos.

VII. INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO

Descripción detallada de las instalaciones y equipamientos necesarios para el desarrollo de las actividades académicas del posgrado: espacios físicos, laboratorios (si corresponde), equipamiento, biblioteca y centros de documentación, otros.

Para el desarrollo de las actividades de la Especializaron se utilizarán las instalaciones existentes en el Departamento de Posgrado y los recursos bibliográficos y de bases de datos existentes en la Biblioteca Central de la Facultad.

VIII. MECANISMOS DE AUTOEVALUACIÓN

Descripción de las actividades de autoevaluación que se han previsto para el mejoramiento del posgrado.

Se establece entre las funciones del Consejo Académico de la carrera realizar la autoevaluación de la misma con el fin de encontrar fortalezas y debilidades que permiten aumentar o corregir, respectivamente, las actividades en tal sentido.

También al finalizar cada graduación, al alumno se le entrega un formulario a título de encuesta destinado a la evaluación de la carrera.


[1] Resolución (CS) Nº 7038/09.