CAPÍTULO D: EN DERECHO AMBIENTAL 1
ARTÍCULO 301. Crear la Carrera de Especialización en Derecho Ambiental,de la Facultad de Derecho.
ARTÍCULO 302. Aprobar la reglamentación general, el plan de estudios y los contenidos mínimos de las asignaturas de la Carrera a que se refiere el artículo 301, y que se detalla a continuación:
PLAN DE ESTUDIOS
I. INSERCIÓN INSTITUCIONAL DEL POSGRADO
Denominación del Posgrado: Carrera de Especialización enDerecho Ambiental.
Denominación del título que otorga: Especialista en Derecho Ambiental.
Unidades Académicas de las que depende el Posgrado: Facultad de Derecho.
Sede de desarrollo de la actividades académicas del Posgrado: Facultad de Derecho.
Resolución de CD de la Unidad Académica de aprobación del Proyecto de Posgrado: resolución N° 4590/07.
II. FUNDAMENTACIÓN DEL POSGRADO
a) Antecedentes
Explicitar:
Razones que determinan la necesidad de creación del proyecto de posgrado: relevancia en áreas prioritarias, demanda disciplinar, social y/o laboral.
El crecimiento exponencial de la problemática ambiental y la necesidad de un abordaje medular de las nuevas realidades ante las que el avance de la ciencia, la tecnología y la industria, nos pone de pie exigen una respuesta académica acorde a estas circunstancias.
Creemos que resulta necesario encontrar un punto de inflexión entre la teoría y el conocimiento general del estudio del ambiente y la práctica, compleja por cierto, discutida y en constante evolución, concientizar acerca de nuestra realidad cotidiana como ciudadanos y como hombres y mujeres del derecho, y marcar una tendencia hacia la incorporación del derecho ambiental como aquel que nos asiste a diario y del cual debemos estar hoy más conscientes que nunca.
b) Antecedentes en Instituciones Nacionales y/o Extranjeras de ofertas similares:
Existen ofertas similares en las siguientes instituciones:
Universidad Nacional del Litoral
Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales (UCES)
Universidad de Belgrano
Universidad CatólicaArgentina
c) Comparación con otras ofertas existentes en la Universidad: Establecer similitudes, diferencias y posibilidades de articulación
Sin perjuicio de que la temática es la del estudio del derecho ambiental, el enfoque teórico práctico y la posibilidad de abordar temas muy específicos en los distintos niveles de incumbencia y aplicación (agua, aire, suelos, minas) diferencian a la presente oferta de las existentes, sin perjuicio delo cual eventualmente podrían articularse.
d) Consultas a las que fue sometido el proyecto de Posgrado, indicando personas e instituciones (adjuntar documentación pertinente)
Para la realización y posterior propuesta del presente programa se han consultado a Académicos de esta Casa deAltos Estudios, como así también a colaboradores internacionales, jueces e instituciones relacionadas por el interés de su actividad, con este proyecto.
Como fruto de ese intercambio y análisis, se conforma el diagrama de contenidos mínimos, atendiendo en cada uno de los casos a las indicaciones de los arriba mencionados, expresadas en casi todos los casos en encuentros académicos al efecto y posteriormente por vía electrónica según mensajes que podrían adjuntarse en caso de ser solicitados.
III. OBJETIVOS DEL POSGRADO
Descripción detallada de los objetivos del proyecto de posgrado
Brindar los conocimientos necesarios para actuar en el ámbito universitario, en la práctica profesional y en la Magistratura. Especializar a los graduados en el dominio del área, procurando ampliar la capacitación mediante la profundización de los conocimientos y la actualización.
El derecho ambiental ha crecido enormemente en los últimos años y se está constituyendo en la base de la actuación profesional de parte de los abogados en ejercicio profesional y de quienes están en la Magistratura.
Se pretende concientizar sobre el status del ambiente y la vida humana en el derecho, el rol de la responsabilidad derivada del daño ambiental, las posibilidades de prevención para la disminución de las contingencias con consecuencias en el ámbito del derecho, y la reparación de los perjuicios generados por estas razones.
Asimismo se hace necesario enfocar el estudio de estos temas desde los aspectos iusprivatísticos como desde aquellos que hacen a la responsabilidad pública y penal.
IV. PERFIL DEL EGRESADO
La carrera brindará conocimientos para actuar en el ámbito universitario, en la práctica profesional y en la magistratura.
Está dirigida específicamente a los abogados que actúan en defensa del interés colectivo; a los que actúan en representación del/los perjudicado/s directo/s de un daño o amenaza al ambiente, a los profesionales dedicados al asesoramiento de empresas y a todos aquellos que se desempeñan en la actividad aseguradora.
En el ámbito de la justicia también es de interés para todos los magistrados -y eventuales funcionarios especializados- ya que les brindará herramientas y conocimientos para poder dirigir eficazmente los procesos en que se ventilen cuestiones ambientales.
En el marco de estos perfiles, al finalizar la carrera el graduado podrá identificar cada una de las áreas en las que el conocimiento de la problemática ambiental tiene gravitación sustancial, tener conocimiento de todos los derechos y cuestiones procesales que convergen en ella; y desmenuzar los conflictos que puedan plantearse; arribando a soluciones acordes con los fines que inspiran esta nueva rama jurídica.
V. ORGANIZACIÓN DEL POSGRADO
a) Institucional:
1. Autoridades de la Carrera
La designación y el régimen de periodicidad de las autoridades de la Carrera, las funciones de cada una de ellas, la modalidad de selección y designación de profesores se realizará conforme lo previsto en el Reglamento de la Facultad de Derecho (Res. (CD) N° 11529/98).
Director: La Carrera tendrá un Director que deberá ser profesor titular regular, consulto o emérito de una Universidad Nacional con título de doctor o magister.
Comisión Académica: La Comisión Académica estará constituida por tres miembros titulares y tres suplentes; que deberán ser profesores titulares regulares, consultos o eméritos de una Universidad Nacional con título de doctor o magister o investigador principal, superior o independiente del Consejo Nacional de investigaciones Científicas y Técnicas, preferentemente con título de doctor o magister. Excepcionalmente uno de los integrantes podrá ser un especialista con calidades análogas. Dos de los miembros titulares deberán ser profesores titulares regulares de la Universidad de Buenos Aires.
Son funciones de la Comisión Académica:
a) Evaluar las presentaciones de los aspirantes a ingresar en la carrera.
b) Proponer al Consejo Directivo:
i) la aprobación de los programas analíticos de los cursos.
ii) la designación de los docentes de la Carrera.
iii) la designación de directores de tesina y consejeros de estudio.
iv) los integrantes del jurado de tesina.
c) Supervisar el cumplimiento de los planes de estudios y elaborar propuestas de modificación, reevaluando periódicamente el desenvolvimiento de la Carrera a tales fines.
d) Supervisar el desarrollo de las tesinas.
Coordinador: La Carrera tendrá un coordinador que colaborará con el Director en la orientación y el desarrollo de las actividades académicas y de gestión. Será designado por el Decano a propuesta del Director de la Carrera.
2. Requisitos de admisión
a. Ser graduado de la Universidad de Buenos Aires o de otra Universidad argentina o extranjera con títulos de abogado.
b. Presentar un curriculum vitae y una fundamentación de los objetivos académicos de la inscripción en la Carrera, que serán evaluados por la Comisión Académica.
3. Regularidad
Se aplicará la normativa general de los cursos que se dictan en el Departamento de Posgrado (Res. (CD) N° 12132/98).
El aspirante deberá presentar:
a) Título de abogado expedido por una Universidad habilitada. En el caso de
alumnos extranjeros deberán acreditar la correspondiente equivalencia.
b)Antecedentes académicos y profesionales relacionados con el curso.
Para la aprobación se requiere:
a) Asistencia a un ochenta por ciento 80% de las horas clases fijadas.
b) Realización de las tareas de soluciones de casos, informes e investigaciones que se indiquen.
c) Aprobación de un examen/tesina final.
4. Programas
Los programas analíticos de los cursos serán propuestos por la Comisión Académica y aprobados por el Consejo Directivo, como establece el Reglamento de la Facultad.
Convenios: explicitar si se prevé la existencia de convenios con instituciones para el desarrollo de las actividades del posgrado
Actualmente no se prevé la existencia de convenios con otras instituciones.
b) académica: Plan de estudios.
Todas las asignaturas detalladas en esta presentación son de modalidad presencial.
Los alumnos pueden acreditar horas en la Carrera de Especialización en Derecho Ambiental, participando en módulos de los siguientes programas y carreras:
Carrera de Especialización en Derecho de Daños-Parte General y Clases especiales sobre Responsabilidad por Daño Ambiental.
Programa de Actualización en Derecho del Petróleo y Gas Natural: Introducción al negocio petrolero.
Si los alumnos desearan participar en algún curso independiente o seminario para acreditar horas en la Carrera que no estuviera presente en la enunciación anterior, deberán consultarlo con el Coordinador o Director de la Carrera a fin de aprobar su participación en los mismos.
Contenidos mínimos:
1. Introducción al derecho ambiental: Concepto de ambiente: nociones clásicas y modernas. Elementos que integran el ambiente: naturaleza-ecosistema; patrimonio natural y cultural. Urbanismo. Derecho ambiental: contenido y transversalidad: Derecho constitucional ambiental, Derecho administrativo ambiental, Derecho civil ambiental, Derecho penal ambiental, Derecho internacional Ambiental.Doctrina y jurisprudencia comparada.
2. Principios de derecho ambiental: El paradigma ambiental. Legislación por principios: positivización de valores. Principio preventivo: significado e implicancias. Principio precautorio: origen y evolución. Análisis de su contenido; consagración nacional e internacional. Impacto en la carga de la prueba. Principio de congruencia. Principio de equidad intergeneracional. Principio de sustentabilidad. Principio de Progresividad. Principio de responsabilidad: contaminador-pagador. Principio de subsidiariedad y solidaridad. Principio de cooperación.
3. Daño ambiental: Características. Derecho subjetivo. Intereses difusos, colectivos e individuales homogéneos, significado e implicancias. Daño ambiental. Concepto. Presupuestos de la responsabilidad civil por daño ambiental: Caracteres. Naturaleza. Daños colectivos ambientales. Inmisiones inmateriales. Residuos Peligrosos. Interrupción del nexo causal. Caso fortuito. Acción. Legitimación. Tutela civil inhibitoria. La recomposición del daño ambiental. Cuantificación del DañoAmbiental. La cosa juzgadaAmbiental. Supuestos especiales. Doctrina y Jurisprudencia comparada.
4. Derecho Constitucional y procesal ambiental: El artículo 43 de la Constitución Nacional. Naturaleza jurídica del amparo. El amparo colectivo. El amparo ambiental. Legitimación. Concepto de afectado. El Defensor del Pueblo. Las asociaciones. El tercero en el proceso de amparo ambiental. Nuevas manifestaciones del Amparo. La tutela del derecho ambiental en las constituciones provinciales. Doctrina y jurisprudencia, análisis de casos. Derecho Procesal Ambiental: Competencia. Legitimación de obrar en causas ambientales. Los intereses que alojan la cuestión ambiental. Crisis de la doctrina trilógica de Jellinek sobre situaciones jurídicas tutelables. Derecho subjetivo. Interés legítimo. Interés simple. Emersión de los Intereses Difusos. Intereses Colectivos. Intereses Individuales Homogéneos, en materia ambiental. Doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Proceso colectivo ambiental. Tutela Civil inhibitoria. Carga de la prueba. Apreciación de la prueba. El papel del Juez. Efectos de la sentencia y de la cosa juzgada. Cautelares en el proceso ambiental. Naturaleza del proceso ambiental. Efectos de los recursos. Caducidad de instancia. Prescripción de las acciones. Inicio, plazo, y alcance. Acciones jurisdiccionales en defensa del ambiente. Acción de daño temido. Acción negatoria. Acción por molestias intolerables. Autosatisfactivas. Cautelares.
Diligencias preliminares. Prueba anticipada. Amparo ambiental por cesación de las actividades de daño ambiental colectivo. Acción de recomposición del daño ambiental. Cuantificación del daño ambiental. Prueba del daño ambiental. Valor de los dictámenes del Estado sobre daño ambiental.
5. Normas de presupuestos mínimos de protección: Significado del concepto presupuestos mínimos: piso y techo de protección. El Federalismo de concertación ambiental. L.G.A. principales contenidos. Reparto de competencia: legislación ambiental y aplicación de la normativa ambiental. Supuestos especiales: ley de residuos peligrosos, normas administrativas. Leyes complementarias provinciales. Los tratados interjurisdiccionales.
6. Derecho administrativo-económico: Poder de policía ambiental. Concepto e implicancias. Evolución. Atribuciones de la Nación y de las Provincias. Facultades concurrentes y reservadas: superposición y coordinación. Inserción del Municipio en el escenario federal. El rol de los Municipios después de la reforma constitucional de 1994. Servicios públicos ambientales. Instrumentos de la política y la gestión ambiental. Art. 8 L.G.A. Técnicas económicas de intervención del Estado. Fomento de la preservación del medio ambiente. Elementos de incentivo y disuasión legislación vigente. Clasificación de actividades industriales para su regulación administrativa. Normativa sobre evaluación de impacto ambiental. Resoluciones de organismos nacionales. Función ordenadora del Estado. El ordenamiento ambiental del territorio. Desde la irresponsabilidad hacia una teoría de la responsabilidad. Evolución de paradigmas. El funcionamiento anormal y la responsabilidad administrativa. La falta de servicio. Características de la responsabilidad objetiva. El proceso administrativo ambiental. Régimen de faltas o infracciones. Legislación administrativa ambiental en Nación, Provincias y Municipios. Prescripción. Sanciones.
7. Delitos ambientales: El derecho penal ambiental. Ultima ratio?. Delito ecológico. Bien jurídico protegido. Elsistema penal argentino. El Código Penal y la ley 23077/84. La ley 24051 de residuos peligrosos. Técnicas de protección penal. Protección Penal del medio ambiente en Argentina. Las conductas penales. Análisis del tipo.
8. Derecho internacional ambiental: Conferencia delas Naciones Unidas sobre el Medio Humano en Estocolmo junio de 1972. Nuestro Futuro Común, Informe Gro Harlem Brudtland. Declaración de la Conferencia. La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y Desarrollo de Río de Janeiro 1992. La Carta de la Naturaleza. Declaración de Río. Tratados firmados en Río 1992. Convención Marco sobre Cambio Climático Global Nueva York 1992 y las sucesivas Conferencias de Berlín 1995, Ginebra 1996, Kyoto 1997, Buenos Aires 1998, Bonn 1999. La Agenda 21. Convención sobre Diversidad Biológica. Las tecnologías. La biotecnología. Acceso a los recursos genéticos. OMG. Protocolo de Cartagena de Bioseguridad 2000. Carta de la Tierra. Convención Humedales de Importancia Internacional Hábitat de Aves Acuáticas RAMSAR 1971. Tratado de la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres (CITES) 1973. Convención sobre Conservación de Especies Migratorias de Animales Silvestres 1979. Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la desertificación 1994. Oil Pol. MARPOL 73/78. Convenio internacional sobre cooperación, preparación y lucha contra la contaminación por hidrocarburos. Convenio internacional sobreresponsabilidad civil. Convenio Internacional sobrela constitución deun fondo internacional de indemnización de daños1971. Convención Naciones Unidas sobreDerecho del Mar Montego Bay 1982.
9. Industria y medio ambiente: Problemáticas ambientales deorigen industrial y derivadas de la actividad industrial. Residuos Peligrosos y Especiales. Ruido. Olor. Contaminación por efluentes industriales. Clasificación delos establecimientos industriales. Economía, Producción y Ambiente. Regímenes especiales. Rol del Estado.
10. Supuestos especiales: Recursos Naturales: Régimen Jurídico del Agua (Protección del mar; Pesca y Medio Ambiente; Costa Marítima, Fluvial, playas y ambiente). Régimen Jurídico del Aire. Régimen Jurídico del Suelo. Régimen Jurídico Forestal. Régimen Jurídico Fauna y Flora Silvestres. Cambio Climático. Desertificación. Bosques. Biodiversidad. Parques y Reservas naturales. Patrimonio cultural. Patrimonio artístico. Patrimonio histórico. Paisajes. Minería y Medio Ambiente. Jurisprudencia en la materia.
Legislación ambiental de la Provincia de Buenos Aires. Ley 11459 de radiación industrial. Ley 11347 de residuos patogénicos. Ley 5965 de Protección de los cursos de agua y a la atmósfera. Ley 11.720 de residuos especiales. Ley 12257 Código del Agua. Decretos reglamentarios. Resoluciones SPA. Ley 13592 Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos. Otros regímenes provinciales.
11. Parte Práctica: Demandas tipo. Amparo ambiental. Medidas Autosatisfactivas. Acción de prevención y recomposición. Danos y perjuicios. Otras vías de jurisdicción. Guía práctica de acciones deprotección del derecho ambiental. El problema de la prueba; análisis de casos. Gestión pública ambiental. Gestión privada ambiental. ISO 14000.Trámites administrativos y formularios usuales. Denuncias.
Actividades de investigación
Dentro de la Carrera se promoverá la investigación y la participación en foros y ámbitos de discusión y crecimiento, referida la problemática más novedosa del Derecho Ambiental. Estas actividades tendrán como objetivo fundamental acompañar el desarrollo de los contenidos mínimos así como también preparar a los alumnos para la elaboración de sus tesinas.
VI. ESTUDIANTES
a) Requisitos de admisión:
1. Perfil del Estudiante
a. Ser graduado de la Universidad de Buenos Aires o de otra Universidad argentina o extranjera con títulos de abogado.
2. Requisitos de Admisión
El aspirante deberá presentar:
b) Título de abogado expedido por una Universidad habilitada. En el caso de alumnos extranjeros deberán acreditar la correspondiente equivalencia.
c) Antecedentes académicos y profesionales relacionados con el curso.
c) Criterios de selección:
La selección de los estudiantes de la Carrera será realizada en forma anual por la Comisión Académica luego de evaluar todas las presentaciones de admisiones. Se considerará que reúnan el perfil de estudiante que se describió en el ítem correspondiente y sus antecedentes en relación a los objetivos de la Carrera. La Comisión podrá entrevistar a los aspirantes que considere sea necesario conocer mayores detalles de sus antecedentes y objetivos a los presentados en la solicitud de admisión.
d) Vacantes requeridas para el funcionamiento del posgrado
Los criterios para establecer las vacantes en la Carrera serán los que se encuentran en la normativa complementaria para el funcionamiento de los cursos que se dictan en el Departamento de Posgrado.
En su art. 2° se establece que “El profesor a cargo del curso deberá iniciar su dictado cuando el número de inscriptos confirmados no fuere inferior a 10 (diez). Si el número de inscriptos fuere inferior al indicado, el profesor podrá optar por dictarlo o, por el contrario, por disponer su cancelación. Si el curso estuviere a cargo de más de un profesor, esa decisión deberá ser adoptada por el Director de la carrera o programa de la que el curso fuere parte».
En el art. 3° se establece que «los cursos de posgrado no podrán, a su vez, contar con más de cuarenta (40) inscriptos. En la hipótesis de preverse una inscripción superior, el Director de la carrera o programa de la que el curso formare parte podrá prever la constitución de una segunda comisión para el dictado del mismo curso; en este caso, se abrirá la inscripción para la segunda comisión hasta que no se hubiere completado el número máximo de inscriptos previstos para la primera de ellas. A propuesta fundada del Director de la carrera o programa, el Departamento de Posgrado podrá modificar aumentándolo o disminuyéndolo, el número máximo de inscriptos admisibles para un curso determinado».
e) Criterios de regularidad:
En relación a las condiciones de regularidad en los cursos se seguirá el criterio establecido en las normas complementarias para el funcionamiento de los cursos que se dictan en el Departamento de Posgrado que en su artículo 13° establece como condición para la aprobación de cada curso, además de la evaluación que determine el docente, el cumplimiento del requisito de asistencia a no menos del ochenta por ciento (80 %) de las clases que lo componen.
Las evaluaciones de los cursos podrán realizarse mediante exámenes orales o la presentación de monografías, de acuerdo con las modalidades que establezcan los profesores encargados. Las calificaciones serán de uno (1) a diez (10).
f) Requisitos para la graduación: explicitar
La Carrera de Especialización se aprobará mediante la presentación de una tesina, que constituirá un trabajo original producto de una investigación científica que haga un aporte significativo y novedoso a los conceptos estudiados a lo largo de la Carrera.
La tesina podrá resultar:
a) aprobada con dictamen fundado, en caso excepcional con mención especial; el jurado podrá aconsejar el ofrecimiento de su publicación.
b) devuelta y el Director decidirá si el cursante deberá modificarla o completarla y el plazo otorgado a tal fin.
c) rechazada con dictamen fundado.
Los cursantes dispondrán de un plazo de un seis meses, una vez completados los cursos, para formular su tesina.
VII. INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO
Para el desarrollo de las actividades se utilizarán las instalaciones del Departamento de Posgrado en el 3o piso de la Facultad, tanto sus aulas para el dictado de los cursos regulares como el aula virtual para el desarrollo de video conferencias con profesores de universidades extranjeras.
De la misma manera, se prevé un Centro de Documentación que, sin perjuicio de los servicios de la Biblioteca de la Facultad, estará al servicio de los docentes y alumnos de la Carrera y, de manera extensiva, de los docentes y alumnos de grado y posgrado de la Universidad de Buenos Aires.
VIII. MECANISMOS DE AUTOEVALUACIÓN
Descripción de las actividades de autoevaluación que se han previsto para el mejoramiento del posgrado
Se prevé la realización de una encuesta anual a los alumnos y a los docentes, que efectúa el Departamento de Posgrado dentro del programa de evaluación de la calidad educativa.
[1] Resolución (CS) N° 3909/08