CAPÍTULO N: EN DERECHOS DEL MERCOSUR 1

ARTÍCULO 1301. Crear la carrera de especialización en Derechos del MERCOSUR, de la Facultad de Derecho.

ARTICULO 1302. Aprobar la reglamentación general, los objetivos, el plan de estudios y los contenidos mínimos de las asignaturas de la Carrera a que se refiere el artículo 1301, y que forma parte del presente capítulo.

PLAN DE ESTUDIOS

I. INSERCIÓN INSTITUCIONAL DEL POSGRADO

Denominación del posgrado: Carrera de Especialización en Derechos del MERCOSUR

Denominación del Título que otorga: Especialista en Derechos del MERCOSUR

En el diploma se indicará que la Carrera depende de la Facultad y la Universidad donde se haya cursado, en los términos del Convenio celebrado por los señores Decanos de las Facultades de Derecho de las Universidades integrantes de la Asociación de Universidades del Grupo Montevideo

Unidad Académica de las que depende el posgrado: Facultad de Derecho

Sede de Desarrollo de la que depende el posgrado: Facultad de Derecho.

Resolución de CD de la Unidad Académica de aprobación del Proyecto de posgrado: resolución (CD) Nº 3715 y 4144/07

II. FUNDAMENTACION DEL POSGRADO

A) Antecedentes

Razones que determinan la necesidad de creación del proyecto de posgrado: relevancia en áreas prioritarias, demanda disciplinar, social y/o laboral, otras.

1-La historia jurídica y cultural es marco de procesos de aproximación y distanciamiento de los espacios respectivos. En el siglo XX comenzaron a desenvolverse procesos de integración que se apoyan en el desenvolvimiento económico y cultural en general y en la participación demográfica y el respeto a los derechos humanos. Entre estos procesos, en cuyos espacios cabe destacar la formación de la Unión Europea, ocupa un lugar destacado para los intereses de nuestra región el Mercado Común del Sur, que se desea ver transformado en una Unión del Sur

Los procesos de integración requieren, según los casos, la libre circulación de los elementos de la producción, o la libre circulación de personas, bienes, capitales y servicios.

En cualquier supuesto, es necesaria la circulación en el ejercicio de los profesionales incluyendo, pese sus características especiales por las particularidades que incorpora (v.gr. de la agronomía, la ingeniería y la medicina) el ejercicio de la abogacía.

Ya en el nivel internacional tradicional, previo a la integración, nuestra región tiene importantes antecedentes de interés en el reconocimiento de títulos profesionales. En tal sentido, cabe reseñar, por ejemplo, la habilitación automática prevista en el Tratado de Ejercicio de Profesionales Liberales de Montevideo de 1888-89 y el reconocimiento por razonable equivalencia establecidos en el Tratado homónimo de 1939-40, cuerpos convencionales que son Derecho positivo en varios de los países de la zona. También pueden tenerse en cuenta diversos tratados bilaterales que favorecen las soluciones al respecto.

En el marco del MERCOSUR Educativo, es posible referir el Protocolo de integración educativa y reconocimiento de certificados y títulos de estudios de nivel primario y medio no técnico; el Protocolo de Integración Educativa y Revalida de Diplomas, Certificados, Títulos y Reconocimiento de Estudios de Nivel Medio Técnico; el Protocolo de Integración Educativa para la Prosecución de Estudios de Posgrado; el Protocolo de Integración Educativa para la Formación de Recursos Humanos a Nivel de Posgrado y el Acuerdo de Admisión de Títulos y Grados Universitarios para el Ejercicio de Actividades Académicas. También cabe mencionar la decisión 25/03 sobre el Mecanismo para el Ejercicio Profesional Temporáneo.

Es cierto que los tratados de Montevideo brindan cauces relativamente viables para el ejercicio de la abogacía, pero también lo es que la importancia del proceso integrador requiere la particular capacitación respecto del desempeño en todos los países mercosureños.

Las Universidades públicas de la región son las que tienen atribuciones de revalida de títulos extranjeros conferidas por sus respectivas legislaciones.

2- A las universidades, y particularmente a las Facultades de Derecho, les cabe un papel importante en la formación para la participación en la vida jurídica de la integración, sobre todo de la integración mercosureña, sea en las perspectivas de abogado de partes (particulares, empresas, organismos públicos, etc.) del ejercicio de la jurisdicción y la participación en órganos de gobierno y administración comunitaria, o de la investigación al respecto (atendiendo a los aspectos teóricos y prácticos) en los niveles de grado y de posgrado.

Las Universidades han de aportar a la construcción del espacio jurídico de la integración. El jurista ha de ser participe consciente de la estrategia del proceso integrador. Importa, asimismo, comprender ese aporte en el espacio cultural general de la integración.

Existe en consecuencia, una amplia demanda disciplinar, social y laboral respecto de Carrera de Especialización en Derechos del MERCOSUR.

b) Antecedentes en Instituciones nacionales y/o extranjeras de ofertas similares.

En el marco europeo se vienen concretando realizaciones, por ejemplo, de armonización de los estudios, con miras al ejercicio de las profesiones en el ámbito integrado, y cabe señalar, en cuanto a las profesiones jurídicas, las tareas asumidas por la Asociación de Facultades de Derecho Europeas (ELFA).

Algunas Casas de Estudios, como la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires y de la Universidad Nacional de Asunción han incorporado con carácter obligatorio el cursado de la asignatura Derecho de la Integración para la obtención del grado de abogado; otras como la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario, la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional del Litoral,la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba, la Facultad de Derecho de la Universidad de la República Oriental del Uruguay, la han incluido como materia optativa en sus planes de estudio. Sin embargo, dada las diversidades relativas de los sistemas jurídicos que imperan en la región, se hace necesaria una formación complementaria para el ejercicio general de la abogacía, que corresponde brindar en el nivel del posgrado.

Existen carreras referidas a distintas perspectivas de la integración en diversas Universidades, por ejemplo, la Maestría en Integración y Cooperación Internacional de la Universidad Nacional de Rosario (Centro de Estudios en Relaciones Internacionales de Rosario); la Maestría en Integración Latinoamericana de la Universidad Nacional de la Plata, la Maestría en Integración Regional de la Universidad Nacional de Tres de Febrero; la Maestría en Integración Latinoamericana de la Universidad Nacional de Córdoba (Facultad de Ciencias Económicas, Universidad Nacional de Córdoba); la Carrera de Especialización en MERCOSUR (aspectos jurídicos y económicos) de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba.

En algunos casos, existen unidades destinadas a la investigación de temas vinculados a la problemática de la integración tales como el Centro de Estudios Comunitarios de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario, el Instituto de Derecho de la Integración de la Facultad de Derecho (UNA) Asunción del Paraguay, la Escuela de Altos Estudios para el MERCOSUR (CEDECO) de la Facultad de Derecho de la Universidad de la Republica y el Instituto de Integración Latinoamericana de la  Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de la Plata.

Según información de Internet, actualmente está en estudio la creación de una Universidad del MERCOSUR. En el marco del protocolo de la cooperación educativa entre Argentina y Brasil firmado por el ministro de Educación, Ciencia y Tecnología, Daniel Filmus, y su par brasileño, Fernando Haddad, los dos funcionarios acordaron iniciar estudios para la creación de una universidad regional.

La institución, que sería el primer paso para la creación de una universidad del MERCOSUR, se constituirá por una red de universidades argentinas y brasileñas, ubicadas en las provincias y estados de fronteras, con movilidad de docentes, estudiantes e investigadores. Además, se prevé que los créditos y diplomas de la referida universidad sean reconocidos por todos los países del MERCOSUR, y que sus contenidos curriculares den prioridad a las temáticas vinculadas a diversos aspectos de integración regional (Universia Argentina, Crearan una universidad del MERCOSUR,

http://www.universia.com.ar/portada/actualidad/noticia_actualidad.jsp?=18749,23-7-2006)

En el marco de referencia europea, se brinda especial atención en temas de integración, como la muestran la Acción Monnet a través de sus becas, módulos, cátedras y centros que llevan ese nombre (Comisión Europea, Dirección General de Educación y Cultura,

http://ec.europaeu.eu/dgs/education_culture/indec_es.html;

http://ec.europea.eu/education/programmes/ajm/indec_en.html;

Relacione internacionales Acción Jean Monnet,

http://alojamientos.us.as/relint/monnet.htm;

Diputación de Coruña Becas Postdoctorales Jean Monnet;

http://www.dicoruña.es/ipe/ayudas/JuventudEduFormacion/becas/b_escolares/b_inv_iean_monnet.htm.23-7-2006)

y los institutos y Centros de Estudios Europeos, (por ejemplo, en general, Universidad de San Pablo, Instituto de Estudios Europeos,

http://www.idee.ceu.es/index.php?item=326&lang=esp; European University Institute,

http://www.iue.it/; Instituto der Estudios Europeos, Universidad de San Pablo,

http://www.idee.ceu.es/, Real Instituto de Estudios Europeos, http://www.riee.es/; Instituto Superior de Estudios Europeos y Derechos Humanos, Universidad Pontificia de Salamanca, http://www.europea.upsa.es/;23-7-2006) También cabe mencionar maestrías como la Maestría en Integración Regional del Instituto Universitario de Investigación Ortega y Gasset (Solo oposiciones.net,

http://www.solooposiciones.net/oposiciones_maestrias_en_integracion_regional_online-sop311110347.htm,20-7-2006) y diplomas de especialización en integración europeas como el de la Universidad de Deusto (Universidad de Alicante, Oferta de Estudios,

http://cvl.cpd.ua.es/EstudiosXXI/OOFEO/SU2PPESII1EE2/ST207631/0F4900/index.html, 20-7-2006).

c) Comparación con otras ofertas existentes en las Universidades y la región: establecer similitudes, diferencias y posibilidades de articulación

Además de lo expuesto precedentemente, cabe señalar que esta oferta, única en el espacio mercosureño y articulada entre diversas Casas de Estudios de él, también puede contribuir a la articulación entre diversas facultades de las Universidades participantes, convocadas en el desenvolvimiento de una temática de claro interés concreto regional.

Dada las diversidades de posibilidades que abre el título de abogados en los distintos países de la región, los resultados de la Carrera serán entendidos en condiciones de igualdad y reciprocidad de consecuencias según los países de que se trate.

d) Consultas a las que fue sometido el proyecto de posgrado, indicando personas e instituciones

En la elaboración de este proyecto han participado las Casa de Estudios que lo suscriben, en especial a partir de sus profesores de las asignaturas más afines, investigadores en el campo de la integración y componentes de los Módulos Jean Monnet a través de convenios de la Comisión Europea con las Universidades de Buenos Aires y Nacional de Rosario.

B) Justificación: explicitar las características del proyecto según requisitos de la reglamentación vigente.

Se ha optado por el nivel de especialización porque se considera que es adecuado para la puntualización en el conocimiento de la integración requerido para el ejercicio regional de la abogacía.

III. OBJETIVOS DEL POSGRADO

Descripción detallada de los objetivos del proyecto de posgrado

Como surge también de la indicación del perfil de egresado, los objetivos principales y derivados son:

1) Con alcance principal: a) formar graduados para la comprensión de los aspectos teóricos y prácticos incluidos en la integración, b) formar agentes para la formulación y el asesoramiento en la integración, c) formar investigadores capaces de referir su tarea, con un nivel elevado de autonomía en la integración, d) contribuir, a través de las investigaciones paralelas, el acrecentamiento y acumulación de los conocimientos sobre integración.

La información y formación se producirán en un complejo de teoría y práctica jurídicas con miras a resolver la difícil problemática de la integración, en sus aspectos normativos, tácticos y valorativos.

2) los objetivos derivados son: a) ampliar las perspectivas y elevar el nivel del ejercicio de abogacía en todas sus manifestaciones; b) incrementar la presencia y la cooperación de las Universidades en los ámbitos de la integración; d) promover la comparación, la armonización, la uniformación, la unificación de los Derechos y la cooperación procesal, según lo requiera el trámite de la integración; e) permitir que el MERCOSUR desarrolle su jurisdicción atendiendo de la mejor manera posible a sus particularidades, para que participe de los modos más satisfactorios en la constitución de una universalidad superadora de la mera globalización.

IV. PERFIL DEL EGRESADO

Descripción detallada del perfil incluyendo competencias y habilidades desarrollar en el estudiante, características del desempeño futuro acorde con la formación del proyecto de posgrado y posibles áreas /campos de inserción académico – profesional.

A concluir la Carrera de Especialización el graduado podrá comprender los aspectos, jurídicos teórico y prácticos incluidos en la integración en general y en la integración del MERCOSUR en especial. Estará capacitado para actuar como operador del derecho en sus diversas manifestaciones en la zona mercosureña.

El egresado de la Carrera de Especialización en Derechos del MERCOSUR tendrá las siguientes habilidades.

– Emplear adecuadamente las herramientas nomológicas, sociológicas y valorativas para el ejercicio de la abogacía de la región.

– Situar su tarea dentro del desenvolvimiento general de la vida del Derecho.

– Analizar y sintetizar los datos de la realidad con miras al ejercicio de la abogacía en el MERCOSUR.

– Difundir las ventajas que resultan de la capacitación para el ejercicio de la abogacía en el marco integrado.

V. ORGANIZACIÓN DEL POSGRADO

a) Institucional: reglamento del proyecto de posgrado que deberá incluir modalidad de designación y régimen de periodicidad de las autoridades del posgrado; funciones de cada una de ellas; modalidad de selección y designación de profesores/docentes/tutores; normas para la selección de postulantes; criterios de la regularidad de los estudiantes; criterios generales de evaluación y requisitos de graduación; mecanismos de aprobación de programas analíticos de cursos/seminarios/talleres, etc.; mecanismos de seguimientos de las actividades programada.

1.Autoridades

La carrera contara con un Director y un coordinador administrativo en cada unidad académica donde ella se dicte. Todos los directores de la Carrera de Especialización que se dicte en otras Unidades Académicas, según el Convenio firmado por las Facultades de Derecho pertenecientes a Universidades de la Asociación Grupo Montevideo, integraran el Consejo Académico de la carrera. Según el reglamento de la Carrera que se acompaña al presente.

2.Requisitos de admisión

Para ser admitido en este programa educativo el postulante deberá haber obtenido el correspondiente título de grado, de abogado o equivalente, con nivel universitario expedido por una por una institución de carácter oficial.

Los abogados egresados de las Facultades vinculadas por el Convenio referido en el punto anterior serán admitidos sin otro requisito que el expresado anteriormente. En el caso de postulantes egresados de otras instituciones universitarias, deberán regirse por las respectivas y particulares condiciones de ingreso que las unidades académicas establezcan.

Convenios: explicitar si se prevé la existencia de convenios con instituciones para el desarrollo de las actividades del posgrado

Instituciones con la que se establecerá convenioObjetivos esperadosRecursos Humanos, físicos y/o financieros previstosPrincipales Resultados esperados

Convenio firmado entre las Facultades de Derecho pertenecientes a la Asociación Grupo Montevideo, en trámite.

b) Académica: proyecto académico: Explicitar denominación completa de todos los cursos, seminarios, módulos, talleres, practicas, etc. Con su respectiva carga horaria presencial. Actividades de investigación previstas en el desarrollo, tipo de actividades, participantes (si corresponde) y articulación con las otras actividades académicas. Régimen de correlatividades. Contenidos mínimos de cada uno de los cursos, seminarios, talleres y/o las actividades previstas. (adjuntar contenidos por actividad propuesta.

PLAN DE ESTUDIOS

Curso introductorio

Objetivos, perfil, reglas de la Carrera. Herramientas metodológicas para la comparación, la armonización, la uniformación y la unificación en Derecho.

PRIMER AÑO

DERECHOS NACIONALES

Bases culturales de cada país

La noción de cultura. El Derecho y la cultura, la cultura jurídica.

La cultura y el Derecho en la región del MERCOSUR. Elementos comunes: aportes griegos, prerromanos, romanos, judeocristianos, germánicos y árabes. Las bases comunes y la diversificación de las culturas ibéricas respecto del resto de Europa y dentro de la misma península.

La cultura y el Derecho en América en general, en Iberoamérica y el ámbito del MERCOSUR en especial. Aportes europeos, indígenas, africanos e inmigratorios.

Elementos comunes y diversificadores, panorama de la cultura y el Derecho en el propio país.

Principios constitucionales

El proceso formación constitucional. Las fuentes constitucionales. La constitución formal y la material. Los valores ínsitos en las fuentes constitucionales. Las declaraciones los derechos y las garantías. Los órganos constitucionales.

Principios administrativos y tributarios

Ubicación histórica y comparativa de las funciones del Estado. Las fuentes formales y materiales del Derecho Administrativo. Los sujetos, los actos y los contratos administrativos. Los servicios públicos. Intervención estatal en la economía. Expropiación. Control de la actividad estatal. Responsabilidad del estado.

Ubicación histórica y comparativa de la actividad financiera del Estado. Las fuentes formales y materiales del Derecho Tributario. El presupuesto. La obligación tributaria. El ilícito tributario. Los recursos. El crédito publico.

Principios penales

La ciencia del derecho penal y su aspiración supranacional. La complejidad del esfuerzo de integración normativa. Posibilidades y límites de un derecho penal común del MERCOSUR. La búsqueda de componentes afines entre ordenamientos regionales: estructuras ontológicas o lingüísticas.

Los principios del derecho penal liberal y las teorías de la pena.

La aportación del saber criminológico para configurar el marco teórico conceptual del hecho punible.

Breve caracterización de los conceptos y subdefiniciones del modelo de atribución. Delitos en particular. Bienes jurídicos convencionales y tutelas nacionales.

Bienes macrosociales y protección penal. Mandatos de criminalización provenientes de tratados internacionales. Legislación en materia de narcotráfico, contrabando, delitos contra el medio ambiente.

Principios de Derecho Privado

Las fuentes de Derecho Privado actual. Importancia de la constitucionalidad del Derecho Privado. La autonomía de la voluntad y la intervención del Estado en el Derecho Privado. Influencia de la economía en las relaciones de Derecho Privado.

La protección de la persona. La persona física. La protección de las personas jurídicas y de la empresa.

Los nuevos paradigmas en las relaciones de familia. Las relaciones personales de familia. El régimen económico familiar.

El patrimonio. Nuevas perspectivas. Transmisiones patrimoniales entre vivos y mortis causa. La insuficiencia patrimonial. Las relaciones contractuales en general y particular. Principios societarios fundamentales. Estructura básica del sistema financiero. La protección del consumidor y de la competencia. Instrumentos de prevención y reparación de los daños.

Principios de Derecho Social

Encuadramiento jurídico histórico y comparativo del trabajo humano y la protección individual y social. La llamada “globalización” y la “flexibilidad” de los derechos sociales. Las fuentes formales y materiales del Derecho Sociales. El Derecho individual y colectivo.

Principios de Derecho Procesal

El proceso judicial. Las fuentes formales y materiales del Derecho Procesal. Sistemas procesales.

Principios y garantías procesales. Regias técnicas procesales.

SEGUNDO AÑO

DERECHOS NACIONALES

Principios Derecho Internacional Público y Privado

Encuadramiento jurídico histórico de la comunidad internacional, en las perspectivas publicas y privadas. Las fuentes formales y materiales de Derecho Internacional Publico y el Derecho Internacional Privado.

Subjetividad en el Derecho Internacional Público. Responsabilidad de los sujetos internacionales. Solución de controversias internacionales. Problemas generales y específicos del Derecho Internacional Privado.

(*) Nota: En razón de las características de esta Carrera de Especialización todas las materias deberán poner especial énfasis en realizar un análisis comparativo de los sistemas jurídicos de los países integrantes del MERCOSUR, observando las similitudes y diferencias.

DERECHO DE LA INTEGRIDAD

Bases culturales de la integración

Posibilidades de la cultura y el Derecho en diversos procesos de integración. Encuadramiento histórico y comparativo del Derecho de la integración, con especial referencia a la Unión Europea, América Latina y el MERCOSUR. Los órganos generadores de normas en la integración. Las fuentes formales y materiales del Derecho de la Integración. La armonización, la uniformación y la unificación.

El Derecho de Integración en sus perspectivas publicistas, privatistas y sociales.

La solución de controversias jurídicas en la integración.

EJE PRACTICO

Taller de Derecho Público   

Análisis y solución de casos de derecho público en la integración

Taller de Derecho Privado

Análisis y solución de casos de derecho privado en la integración.

Taller de Derecho Social

Análisis y solución de casos de derecho social en la integración.

Taller de Integración

Análisis y solución de casos complejos (con perspectivas públicas, privadas, sociales y especificas de la integración) en procesos de integración.

CUADRO CORRESPONDIENTE AL PLAN DE ESTUDIOS

Asignatura         Cargahorariacorrelatividades
 teóricaspracticas 
Curso introductorio10  
    
PRIMER AÑO DERECHOS NACIONALES   
Bases culturales de cada país30  
Principios constitucionales25  
Principios Administrativos y tributarios25  
Principios penales25  
Principios de Derecho Privado50  
Principios de Derecho Social25  
Principios de Derecho Procesal25  
    
SEGUNDO AÑO   
DERECHOS NACIONALES   
Principios de Derecho Internacional Público y Privado25  
    
DERECHO DE LA INTEGRACIÓN   
Bases culturales de la integración10  
Teoría de la integración15  
Derecho de la integración55  
    
EJE PRACTICO   
Taller de Derecho Publico20  
Taller de Derecho Privado20  
Taller de Derecho Social20  
Taller de Integración20  

Todas las materias dictadas bajo la modalidad teórico-práctico

Total de horas de la carrera de Especialización       400 horas

Total de horas del tramo de derechos nacionales:      230 hs

Total de horas del tramo de derecho de integración    80 horas

Total de horas del tramo eje práctico                               80 horas

Pasantía en estudio o departamento jurídico, que podrá cumplir una vez aprobados todos los créditos del primer año.

VI. ESTUDIANTES

a) Requisitos de admisión: descripción detallada de la totalidad de los requisitos necesarios para ser admitido en el posgrado.

Para ser admitido en este programa el aspirante deberá haber obtenido el correspondiente titulo de grado, de abogado o equivalente, con nivel universitario expedido por una institución de carácter oficial.

Los abogados egresados de las Facultades vinculadas por el Convenio referido serán admitidos sin otro requisito que el expresado anteriormente.

En el caso de aspirantes egresados de otras instituciones universitarias, deberán regirse por las respectivas y particulares condiciones de ingreso que las unidades académicas establezcan.

El alumno admitido deberá demostrar, durante el desarrollo del curso, un dominio adecuado del idioma portugués y del español.

b) Criterios de selección: descripción detallada de los mecanismos que se utilizaran para seleccionar los estudiantes del posgrado

Además de cumplir con los requisitos de admisión, los aspirantes deberán ajustarse a los requisitos de selección adicionales que podrán establecerse a propuesta del Director de la Carrera.

c) Vacantes requeridas para el funcionamiento del posgrado: explicitar el mínimo y máximo de los inscriptos para el desarrollo de las actividades del posgrado

Se fijarán para cada cohorte el numero de vacantes de acuerdo con la disponibilidad académica y la normativa vigente.

d) Criterios de regularidad: explicitar los criterios en relación con el plan de estudios, la presentación de tesis y los aspectos económicos financieros (pago de aranceles).

La condición de alumno regular se alcanzará dando el cumplimiento al 75% de la carga horaria programada para las actividades académicas en cada asignatura. Su cumplimiento es condición esencial para poder acceder a la evaluación planteada.

Para aprobar cada curso, el alumno deberá someterse a una evaluación en la fecha y modalidades fijadas, siempre dentro de los dos años desde la finalización del cursado. En todos los casos, se programará por materia y por año, solamente una fecha de evaluación o una fecha de recuperatorio o segunda instancia de final.

La escala de calificación será la siguiente. 0 (REPROBADO), 1-2-3 (INSUFICIENTE), 4-5 (APROBADO), 6-7 (BUENO), 8,9 (DISTINGUIDO) Y 10 (SOBRESALIENTE), (según el capitulo “del cursado” del Reglamento de la Carrera que se adjunta).

e) Requisitos para la graduación: explicitar

En primer lugar, deberán cumplimentar y aprobar las asignaturas correspondientes al plan de estudios.

Por último, deberán aprobar un trabajo final que consistirá en un caso práctico complejo a resolver que será propuesto por un docente de la carrera, quien será designado por el Director respectivo dentro de los 45 días siguientes a la aprobación de la última asignatura del plan de estudios, dicho trabajo será evaluado por un tribunal integrado por el docente que haya propuesto el tema y otros dos docentes de la carrera designados por el Director. El plazo para presentar el trabajo final será notificado al cursante dentro de los 15 días a contar desde la aprobación del tema propuesto y la designación de los docentes evaluadores. El plazo de entrega del trabajo no admitirá modificaciones salvo por resolución expresa y fundada del Director de la carrera.

f) Pasantía

Las Facultades vinculadas por el Convenio organizaran un sistema de pasantías para atender el requerimiento de todo alumno admitido por las unidades académicas donde se dicte la carrera como forma de fomentar la movilidad regional de los cursantes. Para ello, cada facultad interviniente dispondrá de su programa respectivo, contando con la colaboración de estudios profesionales, empresas, organismos internacionales y reparticiones públicas.

Las Unidades Académicas firmantes del Convenio revalidarán el título de grado de todos aquellos que hayan obtenido el título de esta especialización y culminado la pasantía en el país donde solicitan la reválida. Tendrá que ser solicitada ante esta Facultad por aquellos egresados de la especialización en algunas de las universidades participantes del Convenio, de otro país, la que será considerada en la medida que exista reciprocidad de trato en el mismo país respectivo. Así que el solo hecho de ser graduado de la especialización, cursada en alguna de las otras Universidades parte del Convenio Marco de otro país, no garantiza la revalida automática. Esta deberá tramitarse, por parte de los graduados, en los términos del Convenio, que establece este criterio de reciprocidad conforme lo dispone el articulo 7 del Convenio Marco.

VII- INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO

Para el desarrollo de las actividades de la Carrera de Especialización se utilizarán las instalaciones existentes en el Departamento de Posgrado y los recursos bibliográficos y de bases de datos existentes en la Biblioteca Central de la Facultad.

VIII MECANISMOS DE AUTOEVALUACION

Existen tres mecanismos de evaluación de la calidad previstos. La evaluación de cursos, realizada a través de la consulta a los estudiantes sobre cada uno de los cursos que realicen. Para ello se utilizarán los instrumentos existentes en el Departamento de Posgrado y que son de aplicación simultánea en otros programas. Un mecanismo de autoevaluación a cargo del Coordinador administrativo de la Especialización, sobre la base de estándares de calidad elaborados por el Consejo Académico (integrado por los directores de las Especializaciones existentes en todas las unidades académicas participantes del Convenio). Un proceso de evaluación externa permanente que estará a cargo del Consejo Académico.

REGLAMENTO DE LA CARRERA DE ESPECIALIZACIÓN EN DERECHOS DEL MERCOSUR

INGRESO

ARTÍCULO 1303.El presente Reglamento se aplicará en las Facultades o unidades académicas que dicten la Carrera de Especialización en Derechos del MERCOSUR, resultante del Convenio suscrito por las autoridades universitarias respectivas en Florianópolis, con fecha 9 de diciembre de 2005

ARTÍCULO 1304. Para ser admitidos en este programa educativo el aspirante deberá haber obtenido el correspondiente título de grado, de abogado o equivalente, con nivel universitario expedido por una institución de carácter oficial.

Los Abogados egresados de las Facultades o unidades académicas equivalentes vinculadas por el convenio referido en el artículo anterior serán admitidos sin otro requisito que el expresado anteriormente. En el caso d aspirantes egresados de otras instituciones universitarias, deberán demostrar las respectivas y particulares condiciones de ingreso que las unidades académicas establezcan.

ARTÍCULO 1305. El cursante deberá demostrar, durante el desarrollo de la carrera, un dominio adecuado del idioma portugués y del español.

ARTÍCULO 1306. Toda solicitud de ingreso estará supeditada a la existencia de plazas disponibles, que se fijaran por estrictos criterios académicos en cada paso. El inicio de las carreras estará condicionado a que se alcance el número mínimo de inscriptos.

ÓRGANOS

ARTÍCULO 1307. La carrera contará con un director y un coordinador administrativo en cada unidad académica en donde la misma se dicte. Todos los directores integraran el Consejo académico de la Carrera.

ARTÍCULO 1308. El Consejo académico será un órgano de consulta y de coordinación del programa. Además de sus cometidos primarios orientados a una articulación óptima de la carrera y al mejor desarrollo armónico entre las sedes universitarias donde se dicte, tendrá iniciativa para proponer cuestiones que impliquen modificar el perfil de egreso o cambios e el plan de estudios o en algunos de sus contenidos originales. Concentrará información relevante sobre el desarrollo y evolución del programa educativo en cada UO en que se dicte. Evaluara el funcionamiento de la carrera en cada una de las unidades académicas en que se dicte el cumplimiento de los propósitos, proponiendo las estrategias de mejora que resulten pertinentes.

ARTÍCULO 1309. Los directores resolverán sobre las cuestiones que no sean competencia del Consejo Académico y en particular, sobre el funcionamiento de la carrera.

PLAN DE ESTUDIOS

ARTÍCULO 1310. La carrera de Especialización en Derechos del MERCOSUR será un programa educativo con nivel de posgrado, con una duración mínima de dos años. Tendrá una carga horaria presencial de 400 horas y el requisito de la elaboración de un trabajo final de carácter personal. El plan de estudios se encuentra descripto en el Anexo 1 del Convenio marco.

ARTÍCULO 1311. El trabajo final consistirá en un caso practico complejo a resolver, el que será propuesto por un docente de la Carrera, quien será designado por el director respectivo dentro de los 45 días siguientes de la aprobación de la última asignatura del plan de estudios. Dicho trabajo será evaluado por un tribunal integrado por le docente que ha propuesto el tema y otros dos docentes de la Carrera designados por el director. El plazo para presentar el trabajo final será fijado por el Director de la Carrera y notificado al cursante dentro de los 15 días a contar desde la aprobación del tema propuesto y la designación de los docentes evaluadores. El plazo de entrega del trabajo no admitirá modificaciones, salvo en circunstancias excepcionales mediante resolución expresa y fundada del director de la carrera.

DE LOS CURSOS

ARTÍCULO 1312. Todo curso correspondiente al Plan de estudios vigente deberá ser aprobado en forma particular. La metodología de dictado será fijada por la Dirección de la Carrera junto al docente o docentes a cargo de la misma. Al inicio del curso, el cursante recibirá el programa desarrollado, así como el procedimiento de evaluación establecido por la misma.

ARTÍCULO 1313. Loa programas serán diseñados siguiendo las siguientes pautas: 1) los contenidos mínimos educativos pautados de manera general, 2) los elementos de juicio y actualizaciones resultantes de las reuniones de coordinación con el director de la carrera y, 3) los asesoramientos y recomendaciones del Consejo Académico. Los programas se encontrarán sujetos a revisión periódica y conjunta de los docentes con el director de la Carrera, quien informara al Consejo académico.

En los programas se hará constar: 1) objetivos generales del curso; 2) objetivos específicos y desempeños esperados al finalizar el curso; 3) descripción de los contenidos 4) metodología a utilizar y actividades programadas, 5) sistema de evaluación; 6) bibliografía básica y de referencia.

ARTÍCULO 1314. La condición de regular se alcanzará dando cumplimiento al 75% de la carga horaria programada para las actividades académicas en cada asignatura. Su cumplimiento es condición esencial para poder acceder a la evaluación planteada.

ARTÍCULO 1315. Para aprobar cada curso, el cursante deberá someterse a una evaluación en la fecha y modalidades fijadas, siempre dentro de los dos años desde la finalización del cursado. En todos los casos, se programará por asignatura y por año, solamente una fecha de evaluación y una fecha de recuperatorio o segunda instancia final.

ARTÍCULO 1316. A fin de unificar los criterios de evaluación el Consejo Académico determinará los criterios de equivalencias entre los diferentes sistemas de evaluación vigentes en cada una de las UO.

ARTÍCULO 1317.  los cursantes podrán solicitar el reconocimiento de estudios previos de igual nivel y con contenidos que guarden una razonable equivalencia respecto al modulo de Derecho de la integración. En tal caso, deberán presentar solicitud por escrito dirigida al director de la Carrera, certificados comprobantes de la aprobación de dichos estudios, copia fiel del programa o contenidos abordados y otros documentos que pudieran considerarse pertinentes. El director de la Carrera formulara la pertinente recomendación ante las autoridades competentes sobre la petición formulada previo informe del docente a cargo de la asignatura.

PASANTIAS

ARTÍCULO 1318. las Facultades o unidades académicas equivalentes vinculadas organizaran un sistema de pasantías para atender el requerimiento de todo cursante admitido donde se dicte la Carrera como forma de fomentar la movilidad regional. Para ello, cada Facultad o unidad académica equivalente interviniente dispondrá de su programa respectivo, contando con la colaboración de estudios profesionales, empresas privadas, organismos internacionales y reparticiones públicas.

APLICACIÓN E INTERPRETACIÓN

ARTÍCULO 1319.  Los aspectos no previstos en el presente reglamento se regirán por las disposiciones y normativas vigentes en las respectivas Facultades o unidades académicas equivalentes donde la Carrera de Especialización se desarrolle en forma total o parcial.

ARTÍCULO 1320. El director de la Carrera tiene a su cargo la interpretación de las disposiciones aquí contenidas o la resolución de las situaciones especiales no previstas en el presente reglamento. En todo caso, deberá darse cuenta al Consejo académico de las resoluciones especiales adoptadas.


[1] Resolución (CS) Nº 6070/09.