CAPÍTULO C: NORMAS A LAS CUALES SE AJUSTARÁN LAS ENTREVISTAS Y LAS PRUEBAS DE OPOSICION DE PROFESORES REGULARES1

ARTÍCULO 201. Aprobar el Reglamento Interno para la Sustanciación de Concursos de Profesores Regulares de la Facultad de Odontología, que forma parte del presente Capítulo.

La siguiente normativa se ajustará a las entrevistas personales y a las pruebas de oposición; artículos 42, 43, 44, 45, 46 y 47 del Reglamento para la Provisión de Cargos de Profesoras y Profesores Regulares Titulares, Asociados y Adjuntos, Capítulo A CÓDIGO.UBA I-10.

De la entrevista personal:

ARTÍCULO 201. Los miembros del jurado mantendrán una entrevista personal con cada uno de los aspirantes previa o con posterioridad a la prueba de oposición y tendrá una duración entre QUINCE (15) y VEINTE (20) minutos.  

ARTÍCULO 202. El jurado propondrá la fecha y hora en que se realizará, manteniendo el orden de la exposición oral.  

ARTÍCULO 203. El aspirante que no se presente a la hora y día fijado será excluido del concurso.

De la prueba de oposición:

ARTÍCULO 204. La prueba de oposición se realizará en la fecha y horario establecida por el decano en consulta con el jurado.

ARTÍCULO 205. La prueba de oposición se efectuará con la presencia física de los aspirantes y consistirá en una exposición oral y pública del tema, en presencia del jurado y los veedores de los TRES (3) claustros, UN (1) profesor, UN (1) graduado y UN (1) estudiante (Artículo 52 CÓDIGO.UBA I-10). ADUBA podrá designar UN (1) veedor gremial, según lo establece el Artículo 53 CÓDIGO.UBA I-10.

ARTÍCULO 206. Los miembros del jurado podrán participar de la prueba de oposición y de la entrevista personal por videoconferencia; sin embargo, al menos uno de ellos tendrá que hacerlo de forma presencial.

ARTÍCULO 207. La prueba de oposición tendrá una duración entre TREINTA (30) y CUARENTA Y CINCO (45) minutos; tiempo que establecerá el jurado al momento del sorteo de los temas.

ARTÍCULO 208. El sorteo del tema a exponer – entre un mínimo de TRES (3) temas propuestos por el jurado – y el orden de realización de la prueba de oposición y la publicación del tema de la exposición oral se realizarán SIETE (7) días hábiles antes del día y horario de la prueba.  

ARTÍCULO 209. La participación de los aspirantes en la prueba de oposición estará condicionada a su presencia durante el sorteo de los temas o que hayan confirmado su participación mediante la plataforma TAD-UBA o que hayan elegido un representante debidamente autorizado mediante la plataforma TAD-UBA, hasta el día anterior a la fecha del sorteo.

ARTÍCULO 210. El/la aspirante (o su representante) que no se presente al sorteo o que no haya confirmado su participación mediante la plataforma TAD-UBA hasta el día anterior a la fecha del sorteo, quedará excluido del concurso.

Disposiciones generales  

ARTÍCULO 211. Las pruebas de oposición y entrevistas personales se realizarán en el lugar designado por la Dirección de Despacho, Consejo y Concursos de la Facultad.  

ARTÍCULO 212. El carácter público de la prueba de oposición se ajustará al Artículo 51 CÓDIGO.UBA I-10.

Consideraciones particulares

ARTÍCULO 213. Dado que algún miembro del jurado puede optar por su participación por videoconferencia, el personal de la Dirección General de Tecnología de la Información, Comunicación y Transformación Digital y el personal administrativo de la Dirección de Despacho, Consejo y Concursos de la Facultad deberán considerar requerimientos tecnológicos y de infraestructura para el adecuado desarrollo del concurso; además, de prever respuestas a los problemas de conectividad. Si durante la clase de oposición o la entrevista personal se interrumpe la conectividad, se esperará un lapso no mayor a los VEINTE (20) minutos.  Si la interrupción de la conectividad fuera prolongada, se contemplará realizar nuevamente la prueba de oposición o la entrevista personal en un plazo no mayor a las CUARENTA Y OCHO (48) horas hábiles.

ARTÍCULO 214. En caso de que se hubiera interrumpido la conectividad se considerará como válido quienes ya han sido evaluados y se reprogramará para el resto de los postulantes.

ARTÍCULO 215. La nueva fecha y hora para la sustanciación será propuesta por el Jurado y la Dirección de Despacho, Consejo y Concursos de la Facultad y será comunicada a los postulantes a través de la plataforma TAD-UBA.

ARTÍCULO 216. Los miembros del jurado, aspirantes y veedores declaran conocer el Reglamento de Concursos de Profesores, Capítulo A CÓDIGO.UBA I-10 y aceptar los términos y condiciones del procedimiento a seguir.


[1] RESCS-2022-1870-E-UBA-REC