CAPÍTULO E: EN DERECHO PENAL DEL MERCOSUR 1
ARTÍCULO 401. Crear la Maestría en Derecho Penal del MERCOSUR de la Facultad de Derecho.
ARTÍCULO 402. Aprobar la reglamentación general, el plan de estudios y los contenidos mínimos de las asignaturas de la Maestría a que se refiere el artículo 401, que se detalla a continuación.
PLAN DE ESTUDIOS
I.- INSERCIÓN INSTITUCIONAL DEL POSGRADO
Denominación del Posgrado: «Maestría en Derecho Penal del MERCOSUR»
Denominación del título que otorga: «Magíster de la Universidad de Buenos Aires en Derecho Penal del Mercosur».En el diploma se indicará la orientación seguida «Derecho Penal Económico y Societario» o «Derechos Humanos y Sistemas Penales Internacionales».
Unidad/es académicas de las que depende el Posgrado: Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, Departamento de Posgrado, Avenida Figueroa Alcorta 2263 Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Sede/s de desarrollo de las actividades académicas del Posgrado: Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, Departamento de Posgrado, Avenida Figueroa Alcorta 2263, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Resolución/es de CD de la/s Unidad/es Académica/s de aprobación del Proyecto de posgrado: 1963/04 y 2304/04.
II. FUNDAMENTACIÓN DEL POSGRADO
A. Antecedentes:
a) Razones que determinan la necesidad de creación del proyecto de posgrado: relevancia en áreas prioritarias, demanda disciplinar, social y/o laboral, otras.
Necesidad de su creación
Después de los últimos acontecimientos políticos y económicos en la región, el proceso de integración del MERCOSUR, ha adquirido una dimensión diferente, aún cuando no se traduzca en un cambio cualitativo. Los gobiernos de los países que lo componen (Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay), de los asociados (Bolivia, Chile) y también de otros estados de la región- han proclamado solemnemente su voluntad de fortalecer el desarrollo de los proyectos de integración del área latinoamericana.
Innecesario resulta insistir en la trascendencia que exhibe este momento histórico; como lo señalan los objetivos de la «Maestría en procesos de integración regional con énfasis en el Mercosur» (resolución (CS) n° 2669/95), el fortalecimiento del Mercosur importa un nuevo marco en el desarrollo económico, social y cultural y en la inserción internacional de la Argentina y de los otros países miembros, con el agregado que ejercerá una decisiva influencia en la formulación de las políticas públicas y en los conflictos privados. Obviamente ello se compagina con una transformación profunda de la legislación y un cambio en las instituciones.
La coyuntura actual, unida al incremento visible de una conciencia social que acoge sin reservas la consolidación de esas uniones, requiere, en el plano universitario, una proyección homóloga. La creación de una maestría, con orientación definida en dos áreas decisivas de los modernos conflictos delictivos (economía, derechos humanos), responde a esa cosmovisión, con el agregado de que el enfoque interdisciplinario se convierte en el perfil determinante de la metodología utilizada.
La utilización de la interdisciplina es tal vez la nota metodológica distintiva. Mucho se ha hablado sobre su naturaleza y su uso en distintas disciplinas científicas. Interesa aquí adoptar uno de los puntos de vista de ladoctrina autorizada y que más se aviene al propósito perseguido. La interdisciplina es el encuentro y cooperación entre dos o más disciplinas que aportan, cada una de ellas, en el plano de la teoría y de la investigación empírica, sus propios sistemas conceptuales, su forma de definir los problemas y sus métodos de investigación (Tom Bottmore, «Interdisciplinariedad y Ciencias Humanas», Unesco, 1982). Sin embargo, esta formulación resulta incompleta si no se afirma que la interdisciplina opera sobre un objetivo común, un área específica hacia el cual se dirigen el proceso de conocimiento y los métodos empleados para lograr esta finalidad. Va de suyo que esta concepción de la interdisciplina no es producto de la pura teorización, es decir, de la comprensión de los procesos mentales del desarrollo científico y técnico actual; responde a una integración cada vez más desarrollada de la vida social y, refleja la interacción creciente entre las ciencias naturales y sociales, inclusive en el ámbito interno de cada una de ellas.
Por otra parte, la interdisciplina surge como necesidad en el momento de la investigación operacional, donde se pone de manifiesto la necesidad de su aplicación para llegar al objetivo (Mohamed Allal Sinacer, «Interdisciplinariedad y Ciencias Humanas», Unesco, 1982 , pág. 28); se hace más evidente aún la calidad de puesta en común y no de yuxtaposición, una especie de copropiedad en cabeza de las disciplinas que concurren al objetivo, y que mantienen, como se dijo, la independencia y la aplicación de los métodos de las distintas disciplinas (observación, experimentación, formulación de hipótesis, constitución de leyes, inducción, construcción de modelos). Producto de esta situación es la transformación del objeto en una unidad orgánica, cualitativamente diferente de otras que surgen en el proceso histórico. Y, como señala Bottmore, la aplicación de la interdisciplina permite descubrir nuevas unidades orgánicas; bien observado, es una instancia que invita a puntos de vista diferentes y que puede dar como resultado otras instancias, otras unidades orgánicas; he aquí la explicación de nuevos enfoques, de nuevos institutos y, hasta de un lenguaje nuevo.
Debe también dejarse en claro que la recepción de la interdisciplina es válida tanto para el campo interno del derecho como para el ámbito externo, es decir, para el análisis de la interrelación entre las disciplinas jurídicas, de una parte, y las relaciones con las restantes ciencias, de la otra; este esquema, obviamente, se traslada al contenido de las materias del programa.
La maestría proyectada tiene dos orientaciones: a.- «Derechos humanos y sistemas penales internacionales», y b.- «Derecho penal económico y societario». Las razones de la elección son varias: en primer término, abordan objetivos hasta ahora escasamente examinados; en segundo lugar, contemplan conflictos de indiscutible gravitación en la práctica social contemporánea y, en tercer orden, señalan un itinerario insoslayable en el estudio de las unidades regionales.
Naturalmente, el objeto de estudio en las dos orientaciones no ignora que el derecho penal es el correlato normativo de una política criminal determinada; el papel del ordenamiento penal depende de la forma en que se instrumenten los objetivos de la política criminal, diseñados a partir de los datos de las ciencias -causales explicativas, normativa, etc.- recogidos por la organización estatal. La eficacia o el valor de la norma penal depende de una especie de trípode compuesto por la política social, en la que está incluida, obviamente, la política criminal, las características del Estado que la ejecuta y la realidad social, de la cual se extraen los datos de la ciencia.
El esquema de la Maestría es ajeno al propósito de sobredimensionar la protección penal, o para decirlo más exactamente, incorporar nuevas conductas que no reúnen la entidad necesaria para ser etiquetadas como delictivas. El llamado fenómeno de la «inflación penal» se convierte, lógicamente, en un problema de dispersión, de distribución irracional y asistemático. Nada de esto tiene que ver con la consideración de un modelo que asigne protección a ciertos intereses sociales, merecedores de tutela. El apotegma válido reside en que el fin legitimante del derecho penal como sistema racional de minimización de la violencia y del arbitrio punitivo, de una parte y, la maximización de la libertad y seguridad de los ciudadanos, de la otra (Ferrajoli) sólo es posible si, además, el ordenamiento jurídico distribuye adecuadamente esa protección valorando los intereses sociales en conflicto. La preocupación por subdividir las áreas de estudio del derecho penal no está relacionada entonces, con la ampliación del campo punitivo sino, por el contrario, con los principios garantistas del sistema.
b) antecedentes en instituciones nacionales y/o extranjeras de ofertas similares.
El proyecto de Maestría no registra antecedentes con perspectivas similares; casi todas las iniciativas versan sobre cursos de actualización o enfoques realizados desde otras ramas del derecho respecto del Mercosur.
c) comparación con otras ofertas existentes en la Universidad: establecer similitudes, diferencias y posibilidades de articulación.
La creación de una maestría con orientaciones definidas, genera un nuevo espacio entre las carreras de especialización y el doctorado. Los cursos de especialización tienden a perfeccionar los conocimientos en el área profesional; la carrera actual está estructurada sobre dos grandes plataformas: una, compuesta por las materias troncales y, otra, por materias pertenecientes a dos áreas deorientación: delitos convencionales y delitos no convencionales, división de carácter programático dirigida fundamentalmente a satisfacer las preferencias del cursante en lapráctica de sutarea profesional. El doctorado, por su parte y como es sabido, gira en torno de la obtención de aportes originales en algún área del conocimiento y se traduce en la elaboración de una tesis, máximo título académico.
La Maestría tiene un objetivo diferente: deuna parte, fortalecer el perfil de la investigación mediante elsuministro de conocimientos máseficientes en cuanto concierne a la metodología, con el fin de satisfacer el enfoqueinterdisciplinario; de la otra, profundizar el saber en áreas no abordadas sistemáticamente hasta la actualidad.
El programa de la Maestría incluye materias que integran el plan de estudios de otros posgrados de laFacultad deDerecho de la Universidad de Buenos Aires o de otras unidades académicas.El cursadode la materiase realiza en esos casos,dentro del marco de otra unidad. Así, por ejemplo, la materia «Régimen Jurídico del Mercosur» se podrá cursar en la «Carrera de Especialización en Derecho Administrativo y Administración Pública» o en el «Programa de actualización en Derecho de la Integración y Mercosur» (Facultad deDerecho UBA). Desde esta misma perspectiva se prevé, enalgunas materias, la posibilidad de que los alumnos puedan optar entre distintos programas respecto de la misma materia, verbigracia el caso de «Derecho Internacional Privado» que puede cursarse en la «Maestría en teoría y práctica de la elaboración de normas jurídicas” bajo el epígrafe «Elaboración de las normas del derecho débil” o bien en la “Maestría Derecho Penal del Mercosur”.
En forma congruente con esta propuesta, el Director de la Maestría está facultado para proponer, en cada año lectivo, si la materia que integra el contenido de otro Plan de Estudios debe seguir cursándose dentro de ese régimen o si debe asignarse a otro profesor o unidad académica.
d) consultas a las que fue sometido el proyecto de Posgrado, indicando personas e instituciones (adjuntar documentación pertinente).
Desde los primeros borradores se ha consultado a diferentes profesores de la Facultad de Derecho, tanto de la especialidad en Derecho Penal como de otras asignaturas relacionadas con los objetivos de la Maestría. También se requirió opinión a especialistas de Metodología de la Investigación y Epistemología, como asimismo a otros profesores e investigadores de economía y sociología. Se ha recabado, por otra parte, el parecer de diferentes instituciones. Se acompañan, a título ejemplificativo, algunas respuestas.
B. Justificación:
Explicitar las características del proyecto según requisitos de la reglamentación vigente.
La propuesta de la Maestría importa una anticipación en el proyecto de creación de una escuela de Derecho del Mercosur, proyecto ya aprobado en la reunión de Colegios de Abogados del Mercosur (Punta del Este, noviembre de 2001); se inserta, además, dentro de una concepción democrática, donde el servicio de educación debe ser público, de carácter pluralista y adecuado a un nivel de calidad en permanente superación.
Como se señala en el parágrafo 2, la Maestría proyectada tiene dos orientaciones; las razones de esta opción están explícitas pero conviene señalar, en este apartado, que el esquema propuesto puede ser trasladado a otras orientaciones de no menor gravitación (vgr., protección penal del medio ambiente) que podrán implementarse en un futuro cercano.
Por otro lado, la justificación de la Maestría, en las actuales circunstancias, adquiere el carácter de un verdadero instrumento institucional de transformación y fortalecimiento del Mercosur. Si bien es cierto que en la actualidad, el Mercosur no supera la calidad de entidad asociativa contractual, sin embargo, su naturaleza de proceso «abierto», por un lado y, por el otro, el enunciado abstracto sobre el compromiso de lograr «el fortalecimiento del proceso de integración» (Art. 1 in fine Tratado de Asunción), obliga a abordar esta posible alternativa, para lo cual es indispensable conocer y manejar los distintos mecanismos que pueden conducir a una real integración productiva, financiera y tecnológico-cultural.
Las características del proyecto respetan fielmente las exigencias de la regulación existente, no sólo por la definición de los objetivos y otros recaudos sino, también, por el alto nivel de enseñanza que se pretende, tal cual surge de la calidad de los profesores y contenido de los programas.
III. OBJETIVOS
Objetivo principal de esta Maestría es la formación de expertos.
El magíster es un experto que conoce su disciplina específica y la interrelación con otras disciplinas del área, jurídicas y no jurídicas. Reúne conocimientos razonables para dedicarse a la investigación y posee la formación necesaria para actuar en la solución de los conflictos de la práctica social; exhibe carácter académico al tiempo que sirve para la actuación profesional; en síntesis: una capacitación de excelencia que no solo permita el manejo de los métodos conocidos, sino, también, la incorporación de innovaciones técnicas en el ejercicio de su función.
El experto, por la acumulación de saberes, tendrá aptitud para trabajar en los organismos nacionales e internacionales, en el asesoramiento del sector público, de las organizaciones intermedias y de las empresas, ya sea en forma personal o en la integración de equipos, especialmente en las tareas concretas que demanda el desarrollo del Mercosur. Se procura, en definitiva, crear una nueva orientación que, sin olvidar el ámbito de la investigación, satisfaga al mismo tiempo la exigencia profesional, tan buscada en las diferentes ofertas.
Tarea no menos trascendente es la participación del experto en la formulación de políticas públicas y elaboración de normas relacionadas con los conflictos abarcados por las dos orientaciones de la Maestría. El nuevo enfoque que gobierna la propuesta implicará un avance respecto de la práctica habitual que consiste en dejar a cargo de funcionarios, sin la debida capacitación, el diseño legislativo.
Objetivos derivados de la meta esencial son también el propósito de alentar abordajes similares desde otras disciplinas y fomentar la interrelación doctrinal y legislativa con los restantes países de la región lo que obliga, naturalmente, a intensificar las relaciones entre las diferentes universidades públicas en aras de un aprendizaje homólogo.
IV. MODALIDADES
Característica inédita de este proyecto es la idea de extender la Maestría a las Universidades Públicas más destacadas de los países del Mercosur y de sus asociados, utilizando programas similares, adecuados a la legislación de cada país. Para ello, la Universidad de Buenos Aires promoverá la realización de Maestrías paralelas en las distintas sedes de las universidades de la región. La Universidad de Buenos Aires propondrá la realización de los cursos mediante la colaboración de profesores de los distintos países que integran el Mercosur y de otros docentes del continente americano. Invitará, asimismo a profesores de la Unión Europea, especialmente aquellos vinculados con el derecho latinoamericano. En los convenios a gestionarse se preverá, junto al desarrollo de clases presenciales, la utilización de videoconferencias por sistemas digitales (isdn)
Debe quedar en claro que la gestión para la realización de cursos paralelos no será condición para el funcionamiento de la Maestría en la Universidad de Buenos Aires.
La naturaleza de esta Maestría requiere el conocimiento de los idiomas claves del Mercosur, para lo cual se considerará satisfecho el recaudo cuando el alumno, al finalizar la carrera, alcance el denominado nivel de lectura comprensiva; respecto del portugués para los estudiantes que tengan el español como lengua materna o respecto del castellano para quienes tengan el portugués como lengua materna. El mismo nivel se requerirá respecto de uno de los siguientes idiomas: alemán, francés, italiano o inglés.
V. PERFIL DEL EGRESADO
El egresado de la Maestría exhibirá las características señaladas en los objetivos. Se procurará asimismo incentivar la idoneidad para el ejercicio de la docencia y la práctica de la investigación, implícitos en el programa de la Maestría. En concreto, dispondrá de las siguientes habilidades específicas, con niveles de especialización en nuevas áreas del conocimiento:
1) podrá actuar en calidad de asesor en empresas privadas, instituciones públicas y organizaciones no gubernamentales.
2) podrá desempeñarse, en el área de justicia y en funciones arbitrales, donde ya existen perspectivas claras en el ámbito supranacional.
3) podrá desempeñarse con idoneidad en el área educativa, sea el nivel universitario o en la enseñanza media.
4) en la demanda laboral, amén de los ítems ya propuestos, cabe mencionar la posibilidad de desarrollar tareas en el área de relaciones internacionales, en comisiones asesoras o bilaterales y multilaterales, en sectores específicos. La ausencia de estos especialistas es visible ya hoy en las labores de comisiones.
5) estará en condiciones de participar en la formulación de políticas públicas, su presencia resulta insoslayable en las organizaciones intermedias, en los municipios y en diferentes organismos comunitarios.
6) dispondrá de nuevos elementos en la tarea de formular, interpretar, aplicar normas jurídicas en las actividades legislativa, profesional, judicial y académica.
VI. ORGANIZACIÓN DEL POSGRADO
A) institucional: el programa propuesto se adecúa a la normativa que reglamenta el funcionamiento de las maestrías.
1.- Autoridades de la Maestría
Ladesignación y el régimen de periodicidad de las autoridades de la Maestría, las funciones de cada una de ellas, la modalidad de selección y designación de profesores se realizará conforme lo previsto en el Reglamento de Maestrías.
Director: La Maestría tendrá UN (1) Director que deberá ser profesor regular titular, consulto o emérito de una Universidad Nacional con título de doctor o magister. Será designado por el Consejo Directivo a propuesta del Decano. Además de las tareas de dirección que establece el Reglamento, desempeñará la presidencia de la Comisión de Maestría. Estará a cargo del seguimiento de las actividades con la colaboración del Coordinador.
Comisión de la Maestría: La Maestría contará con una Comisión constituida por CINCO (5) miembros titulares y TRES (3) suplentes, que deberán ser profesores regulares titulares, consulto o emérito de una Universidad Nacional con título de doctor o magister o investigador o investigador superior, principal o independiente del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, preferentemente con título de doctor o magister. Tres de los miembros titulares y dos de los suplentes deberán ser profesores de la Universidad de Buenos Aires. Serán designados por el Consejo Directivo a propuesta del Decano.
Tendrá las siguientes funciones:
– Evaluar las presentaciones de los aspirantes a calidad de maestrando;
– Proponer al Consejo Directivo:
a) la aprobación de los programas analíticos de los cursos,
b) la designación de los docentes de la Maestría;
c) la designación de directores de tesis y consejeros de estudios;
d) los integrantes del jurado de tesis;
e) la aceptación o rechazo, con dictamen fundado, de los aspirantes que se encuentren en el caso del artículo 110.5 CODIGO.UBA I-20;
f) aceptar o rechazar, con dictamen fundado, a los aspirantes con título universitario;
– supervisar el cumplimiento de los planes de estudios y elaborar propuestas de modificación, reevaluando periódicamente el desenvolvimiento de la Carrera a tales fines;
– supervisar el cumplimiento del desarrollo de los planes de tesis;
Coordinador: La Maestría tendrá un coordinador que colaborará con el Director en la orientación y el desarrollo de las actividades académicas y de gestión. Será designando por el Decano apropuesta del Director de la Maestría.
2.- Requisitos de admisión
a) Ser graduado de la Universidad de Buenos Aires o de otra Universidad argentina o extranjera con títulos de Abogado, licenciado en Filosofía, Ciencia Política, Sociología, Economía, Historia o equivalentes.
b) Presentar un «curriculum vitae» y una fundamentación de los objetivos académicos que seprocuran mediante de la inscripción en la Maestría, que serán evaluados por la Comisión de la Maestría.
c) Aquellas personas que cuenten con antecedentes de investigación o profesionales relevantes, aún cuando no cumplan con los requisitos reglamentarios citados, podrán ser admitidos para ingresar a la maestría con larecomendación de la Comisión de Maestría y con la aprobación del Consejo Directivo de laFacultad de Derecho.
d) En todos los casos los alumnos deberán tener aprobadas las cuatro materias troncales del primer año de la Carrera de Especialización en Derecho Penal de la Facultad de Derecho de la UBA (Teoría del delito y Fundamentación de la pena, Garantías constitucionales y derecho procesal penal, Metodología de la investigación y epistemología y Principios de criminología). Los aspirantes que no hubiesen aprobado estas cuatro (4) materias, se podrán someter a una prueba de evaluación con el fin de satisfacer el requisito. La Comisión de la Maestría, previa antevista con el postulante, designará el jurado que tendrá a su cargo la evaluación.
3.- Regularidad
Se aplicará la normativa general de los cursos que se dictan en el Departamento de Posgrado y el Reglamento de esta maestría.
4.- Programas
La Comisión de Maestría propondrá al Consejo Directivo la aprobación de los programas analíticos de los cursos, acorde lo establece la reglamentación demaestrías. Estos programas se pondrán en conocimiento del Honorable Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires.
5.- Convenios: explicitar si se prevé la existencia de convenios con instituciones para el desarrollo de las actividades del posgrado.
Hasta este momento no se han suscripto convenios destinados al desarrollo de las actividades de Posgrado en el área del Mercosur. Sin embargo, amén de los proyectos ya existentes para la concreción de las pasantías de la Carrera de Especialización en Derecho Penal (UBA), se han iniciado diversas gestiones ante instituciones públicas (Ministerio de Relaciones Exteriores) y organizaciones intermedias (ONG) a los efectos de vincular la Maestría con las tareas específicas que demanda el proceso de integración regional.
6.- Pasantías
El programa contempla la realización de pasantías, las que no tendrán carácter obligatorio y que podrán comprender, tanto la prestación de servicios o gestiones en organismos públicos (vgr.Ministerio de Relaciones Exteriores) como en empresas privadas.Las condiciones y modalidades de laspasantías se extraerán de los convenios celebrados por las autoridades de la Maestría en Derecho Penal del Mercosur con las diferentes organizaciones.
B) académica: plan de estudios. Explicitar denominación completa de todos los cursos, seminarios, módulos, talleres, prácticas, etc. con su respectiva carga horaria presencial. Actividades de investigación previstas en el desarrollo del posgrado indicando momento de desarrollo, tipo de actividades, participantes (si corresponde) y articulación con las otras actividades académicas.
Régimen de correlatividades. Contenidos mínimos de cada uno de los cursos, seminarios, talleres y/o las actividades previstas (adjuntar contenidos por actividad propuesta). El régimen de correlatividades se determina apartir de unidades temáticas, conformadas según la afinidad de las materias.
La Maestría propuesta tiene carácter autónomo. Se prevé un régimen de articulación con otros estudios de posgrado. Las cuestiones atinentes a las equivalencias de materias serán analizadas por la Comisión de Maestría que elevará la propuesta pertinente al Consejo Directivo de la Facultad de Derecho (resolución nº 58/98).
1.- Plan de estudios
La maestría se desarrollará en dos años. Los alumnos podrán optar por una de las orientaciones desde el inicio de la carrera.
2.- Autoevaluación: Descripción de las actividades de autoevaluación que se han previsto para el mejoramiento del posgrado.
Se prevé, en forma similar a la utilizada en la evaluación de las carreras de posgrado, la realización de encuestas para la evaluación de la calidad educativa, tanto de docentes como de alumnos de la Maestría.
3.- Actividades de investigación
La Maestría comprende actividades concretas de investigación. Se tomarán como objetivos de esta tarea cuestiones decisivas de las dos orientaciones, especialmente aquellas vinculadas con los conflictos contemporáneos.
4.- Diseño y organización curricular
Estructura de la orientación Derechos humanos y sistemas penales internacionales
El eje de la orientación gira en torno de la protección de los derechos humanos, entendida esta categoría en su aceptación más amplia: derechos civiles, políticos, culturales, sociales y económicos. La inescindibilidad de este conjunto de derechos requiere, obviamente, estudiar la naturaleza de cada uno de los derechos, conocer, al mismo tiempo los mecanismos de contralor y denuncia de las violaciones y, lo que es más importante, la posibilidad de habilitar la intervención de los órganos jurisdiccionales supranacionales como hecho complementario de la actividad punitiva estatal.
La tutela de los derechos comprende el examen del derecho internacional, del derecho penal internacional y de otras disciplinas que exhiben un área más específica como el derecho penal humanitario, el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional de los tratados (con especial referencia al jus cogens).
El estudio del sistema penal internacional contempla el examen de su desarrollo actual y su prospectiva futura. Tomando en cuenta los cambios producidos en la última década y los que ya avizoran, resulta imprescindible el análisis de los sujetos de las infracciones -tanto los individuos como las organizaciones y el propio estado-, la determinación de los delitos internacionales y los problemas que suscita la jurisdicción. Corolario lógico de este enunciado es el estudio de los tribunales internacionales, área de competencia y fundamentos de su creación; naturalmente, el proceso penal, componente del sistema, es parte de la programación.
Cuestión trascendente es el análisis de las reglas internacionales en materia de persecución y en el ámbito de la cooperación que abarca, no sólo las convenciones entre los estados, sino también las relaciones de los estados con los organismos internacionales.
La nota específica de esta maestría reside, precisamente, en el estudio de esta problemática dentro del ámbito del Mercosur, tanto en su conexión con otras unidades regionales del continente americano, cuanto en su confrontación con otros organismos regionales más avanzados, como la Unión Europea.
UNIDADES ASIGNATURAS | CARGA HORARIA TEÓRICO-PRÁCTICA | CORRELATIVIDADES. |
PRIMERA UNIDAD | ||
01.- Historia de las ideas penales y su proyección en Mercosur(Materia común a las dos orientaciones). | 24 | |
02.- Principios generales del Derecho Penal Internacional. | 24 | |
03.- Introducción al Derecho Internacional Público. | 32 | |
04.- Derecho Internacional de los Derechos Humanos I. | 32 | |
05.- Economía y Política económica (Materia común) | 30 | |
SEGUNDA UNIDAD | Materias dela Primera unidad. | |
06.- Derecho penal comparado (Materia común). | 24 | |
07.- Relaciones Internacionales del Mercosur. (Materia común) | 32 | |
08.- Derecho Internacional Privado. | 16 | |
09.- Derecho Internacional de los Derechos Humanos II. | 32 | |
10 – Derecho Penal Internacional I. Historia y sistema de las fuentes (Materia común). | 26 | |
11.-El Derecho Penal como superación del pasado. Soluciones alternativas. | 18 | |
TERCERA UNIDAD | Materias dela Segunda unidad | |
12.- Derecho Penal Internacional II. Ámbitoespacial. | 35 | . |
13.- Derecho Internacional Humanitario. | 32 | |
14.- Organismos internacionales. | 32 | |
15.- Derecho Penal Internacional. Parte general. | 24 | |
16.- Metodología de la investigación (Materia común) | 18 | |
Materias dela Tercera unidad | ||
CUARTA UNIDAD | ||
17.- Derecho Penal Internacional III. Cooperación. Tratados | 26 | . |
18.- Recepción en los países del Mercosur de los delitos internacionales. | 24 | |
19.- Derecho Penal Internacional. Parte especial. | 20 | |
20.- El proceso penal en la Corte Penal Internacional. | 15 | |
21- Protección penal de los derechos sociales, económicos, culturales y del derecho al desarrollo (Materia común) | 24 | |
22.- Derecho de los pueblos indígenas | 18 | |
23.- Régimen jurídico del Mercosur(Materia común). | 24 | |
24.- Control penal de la infancia | 30 | |
Seminario sobre casos decisivos en el escenario internacional | 18 | |
Seminario de investigación interdisciplinario | ||
(Actividad Común) | 48 | |
Talleres de tesis. | 110 |
Todas las materias tendrán un abordaje teórico – práctico.
Duración total de los cursos: seiscientas doce (612) horas.
Seminarios y talleres de preparación de la tesis: ciento setenta y seis (176) horas.
Duración de la Maestría: setecientos ochenta y ocho (788) horas.
Contenidos mínimos de las materias:
Historia de las ideas penales y su proyección en el MERCOSUR -24 horas-(Materia común paraambas orientaciones).
La influencia de los países europeos en la tradición jurídico penal argentina y latinoamericana. Importancia del método jurídico dogmático. Las obras de los penalistas de la región: los clásicos, los positivistas y los dogmáticos. Ideas dominantes en la actualidad.
Principios generales del Derecho Penal Internacional. -24 horas-
Enunciación de los principios generales del derecho internacional. Orígenes. Fuentes. Relación con los principios generales de derecho penal de los estados. El principio de legalidad: nullum crimen sine lege y nlla poena sine lege. Responsabilidad penal individual. Circunstancias eximentes o atenuantes. Responsabilidad penal delas personas jurídicas. Prescripción. Transnacionales.
Introducción al Derecho Internacional Público -32 horas-
Concepto yestructura del sistema normativo. Subjetividad internacional. Procesos de recreación delas normas jurídicas internacionales. Responsabilidad internacional. Relación del Derecho internacional con los Derechos internos: en particular el orden normativo argentino.
(Se cursa en la Maestría en Relaciones Internacionales, Facultad de Derecho, UBA. Capítulo I CÓDIGO.UBA VIII-10)
Derecho Internacional de los Derechos Humanos I -32horas-
Evolución de la noción «Derechos humanos» y su consagración jurídica como concepto diferenciado de los de «Libertades públicas», derechos subjetivos. Características. (Se trata de apuntar a aquellas cuestiones o características que otorgaron a los derechos humanos entidad suficiente para adquirir autonomía en el campo del derecho).
Fuentes. Características de la vigencia de los derechos humanos (se trata de abordar las cuestiones relacionadas con los distintos tipos de normas en materia de derechos humanos; los principios básicos del derecho de los derechos humanos, los criterios de interpretación de sus normas, las condiciones en las cuales caben la reglamentación, la restricción y la suspensión de los derechos).
-Estudio de los derechos humanos con incidencia en cuestiones penales (con la idea desarrollada al iniciar el curso, debe enfocarse el estudio de las normas que hacen a los derechos humanos y la administración de justicia, sin perjuicio de considerar cuestiones específicas, en la perspectiva del derecho vigente en el país, que incluye normas nacionales e internacionales).
-Sistemas de protección de los derechos humanos. (Debe explicarse la «raison d’étre» del sistema internacional de protección y brindarse con mayor profundidad las posibilidades que se ofrecen desde la Argentina, esto es, el sistema universal y el regional americano)
Diferentes sistemas de protección del derecho internacional de los derechos humanos: Convención Americana de Derechos Humanos y jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; Convención Europea de Derechos Humanos y jurisprudencia de la Corte Europea de Derechos Humanos; Carta Africana de Derechos Humanos y jurisprudencia de la Corte respectiva. La Carta árabe de derechos. Rol y función de las ONG’s y de ciertos organismos internacionales (ONU, Human Rights Advocacy, etc)
Economía y Política Económica -30 horas- (Materia común para ambas orientaciones)
El análisis de la criminalidad económica debe efectuarse en el contexto de sistema donde se verifican tas conductas disvaliosas que pueden afectar las distintas etapas del proceso de producción, distribución y consumo de bienes y servicios. A estos efectos resulta necesario estudiar las circunstancias que dieron origen al sistema de economía de mercado y el desarrollo del mismo, con especial referencia a la situación que se verifica en la región del Mercosur.
Procesos económicos. -Revolución comercial. Revolución industrial.- Evolución de las doctrinas económicas. Método y objeto de la economía política. El mercado y los precios. Teoría del valor.- Oferta y demanda. El paso del capitalismo concurrencial al capitalismo monopolista. La competencia imperfecta. Renta y producto nacional. Teoría y política económica. Instrumentos de política económica. Sector Público. Sector industrial. Sector agropecuario. Política Fiscal. Política monetaria. Bancos y Seguros.- Salario, población y ocupación. Finanzas y comercio internacional. Estructura del sector externo. Aranceles. Balanza comercial. Balanza de pagos. Inversiones extranjeras. Transferencia de tecnología.- Deuda externa. Empresas multinacionales. Organismos multilaterales de crédito. F.M.I. Banco Mundial. Calificadoras de riesgo.- Organismos Regionales: Mercosur – Comparación con el sistema de la Unión Europea.
Derecho Penal Comparado -24 horas- (Materia común para ambas orientaciones).
Introducción. Los términos de comparación. La historia de la justicia penal en Francia e Inglaterra. La justicia penal en Inglaterra. La justicia penal en Francia. La justicia penal en los Estados Unidos de Norteamérica. El nuevo Código penal francés y la responsabilidad penal de las personas jurídicas. La imputabilidad en el derecho penal anglosajón. Arrepentidos y agentes encubiertos. Tentativa, actos preparatorios y «conspiracy».
(Se cursa en la Carrera de Especialización en Derecho Penal, Facultad de Derecho, UBA, Capítulo K CÓDIGO.UBA VIII-9)
Relaciones Internacionales del Mercosur -32horas- (Materia común para ambas orientaciones).
El análisis de las relaciones internacionales, la política mundial y las políticas exteriores. Los contenidos de la asignatura apuntan a brindar a los maestrandos un conocimiento general de los procesos socio-políticos y de las políticas exteriores de los países del Mercosur. Las dimensiones económica, política y de seguridad. Las estrategias nacionales y la política internacional. Impacto de la dimensión Mercosur sobre las relaciones internacionales de los países miembro. Los nuevos temas de la política internacional y su impacto en la inserción institucional del Mercosur. Las relaciones del Mercosur con el resto de América Latina. Especial referencia a Chile, Bolivia y el Grupo Andino.
(Se cursa en la unidad académica donde se dicte la “Maestría en Procesos de Integración Regional con énfasis en el Mercosur)
Derecho Internacional Privado -16 horas-
1. Las sociedades transnacionales y multinacionales como actores del proceso de integración. Su funcionalidad con las distintas políticas integrativas. Actuación en Argentina y en el Mercosur, especialmente con relación al fraude empresarial, evasión fiscal, sistema financiero. Deuda externa. Manipulación del mercado capitales, infracciones al régimen cambiario. Uso de información privilegiada para la obtención de beneficios indebidos en la bolsa.
2. Derechos humanos. Protección internacional normativa de los menores. Adopción y tráfico de menores. Utilización de medios lícitos para fines ilícitos. Los medios ilícitos para obtener una adopción. Violación al derecho de identidad. Prostitución infantil, pornografía y empleo de medios electrónicos. Penalización interna e internacional.
Derecho Internacional Privado -16 horas-
Derecho del comercio internacional. Interdependencia en los mercados de productos, de trabajo y de capitales a partir de 1945. La internacionalización de la empresa. Conjunto de normas jurídicas que rigen el comercio internacional. Búsqueda de la uniformidad jurídica. Nuevo ius mercatorum. Aspectos sociológicos y jurídicos. Soft law. Fuentes internacionales. Labor de UNCITRAL y UNIDROIT. Cámara de Comercio Internacional. Principios UNIDROIT. INCOTERMS. La ley modelo.
(El alumno puede optar por cursar esta materia en la «Maestría en Teoría y Práctica de la Elaboración de Normas Jurídicas», en la asignatura «Elaboración de las normas de derecho débil», Facultad de Derecho, UBA, el Capítulo J CÓDIGO.UBA VIII-10) o conforme el programa del apartado anterior, correspondiente a la «Maestría en Derecho Penal del Mercosur»).
Derecho Internacional de los Derechos Humanos II -32 horas-
-Estudio delos derechos humanos con incidencia en cuestiones penales (con la idea desarrollada al iniciar el curso, debe enfocarse el estudio de las normas quehacen a los derechos humanos y la administración de justicia, sin perjuicio de considerar cuestiones específicas, en la perspectiva del derecho vigente en el país, que incluye normas nacionales einternacionales).
-Sistemas de protección de los derechos humanos. (Debe explicarse la «raison d’étre» del sistema internacional de protección y brindarse con mayor profundidad las posibilidades que se ofrecen desde la Argentina, esto es, el sistema universal y el regional americano).
Diferentes sistemas de protección del derecho internacional de los derechos humanos: Convención Americana de Derechos Humanos y jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; Convención Europea de Derechos Humanos y jurisprudencia de la Corte Europea de Derechos Humanos; Carta Africana de Derechos Humanos y jurisprudencia de la Corte respectiva. La Carta árabe de derechos. Rol y función de las ONG’s y de ciertos organismos internacionales (ONU, Human Rights Advocacy, etc)
Derecho Penal Internacional I. Historia y sistema de las fuentes -26 horas- (Materia común para ambas orientaciones).
El nacimiento del derecho penal internacional y las fuentes: evolución hasta Nüremberg (Lieber Code de 1863, etc.); el llamado derecho de Nüremberg (TMI y Tribunal de Tokio); los desarrollos posteriores a Nüremberg: los tribunales de ocupación; el derecho de Ginebra, la Convención contra el Genocidio, los Drafts Codes de la International Law Commission de 1954, 1991 y 1996, los proyectos de organizaciones privadas o de privados de codificación (el llamado proyecto Bassiouni, International Law Assnciation), los estatutos y jurisprudencia de los Tribunales Ad-Hoc.
El nuevo sistema del Estatuto de Roma. Especialmente un análisis introductorio del art. 21 Estatuto de Roma y la complejidad del sistema de las fuentes (fuentes y legalidad penal). El instrumento de los elements of crimes. El principio de subsidiariedad: sistema de asignación de casos; deber de persecución y deber de implementación del Estatuto de Roma.
Los proyectos en Argentina; los demás proyectos latinoamericanos (especialmente el brasileño). El Código penal internacional alemán como primer modelo integral.
Estado de legislación y jurisprudencia argentinos sobre derecho penal internacional: Especialmente los casos Schwammberger, Priebke, Poblete y el proceso a la Juntas Militares.
El Derecho Penal como superación del pasado. Soluciones alternativas -18 horas-
El derecho penal como camino de superación del pasado. El fin de la pena en el derecho penal internacional.
La superación del pasado por medio del proceso penal. La instrumentalización del proceso penal como método de juzgar una época (verdad procesal y verdad histórica), la justicia de los vencedores y los paradigmáticos casos de Nüremberg y Eichmann.
Métodos alternativos: a) Comisiones de la verdad: los diferentes tipos de comisiones de la verdad. El caso Argentino. Los otros casos latinoamericanos. El caso sudafricano y el sistema de la confesión. b) los juicios por la verdad. c) los «Gacaca» ruandeses.
Derecho Penal Internacional II. Ámbito espacial -35 horas-
Jurisdicción internacional.- Introducción. Distintos niveles de análisis y su ubicación sistemática en el ordenamiento jurídico argentino. Jurisdicción penal internacional de los estados. Fundamento. Caso «The Lotus S.S.» (C.I.J. 1927). Caso «Congo c. Bélgica», (C.I.J. 2002). La jurisdicción penal internacional directa e indirecta. Presupuestos materiales para el ejercicio de la jurisdicción penal directa. Los principios de territorialidad, real o de defensa, nacionalidad, de justicia vicaria y de justicia universal. Desarrollo y jurisprudencia. «Delitos a distancia». La opción del nacional. El principio «aut dedere aut judicare». Concurrencia de jurisdicciones. Caso «Lockerbie». Principio ne bis in ídem internacional.
Derecho Internacional Humanitario -32 horas-
El derecho internacional. Concepto y tipificación en relación con la política internacional y las relaciones internacionales. Los sujetos del derecho internacional y los actores de las relaciones internacionales. La evolución dela estructura del sistema normativo internacional en razón de la evolución de la regulación del empleo de la fuerza. La Sociedad de las Naciones. El Pacto Briand-Kellog. La Carta de la Organización de las Naciones Unidas. Los propósitos y principios. Las normas jurídicas dispositivas y las normas jurídicas imperativas. El sistema de derecho internacional. La centralización del uso de la fuerza en la Organización de las Naciones Unidas. Consejo de Segundad. Operaciones de mantenimiento de la paz, operaciones de restablecimiento o imposición de la paz y operaciones de consolidación de la paz. Las excepciones a la centralización del uso de la fuerza. Las luchas de liberación nacional. Legítima defensa individual y colectiva. Organismos de seguridad colectiva. Regulación de los conflictos armados. Las fuentes convencionales y consuetudinarias. La dualidad de fuentes como una característica del derecho internacional. El ámbito de materia de aplicación del derecho internacional humanitario. El concepto de conflicto armado y los distintos tipos. Los ámbitos de aplicación del derecho internacional humanitario, personal, temporal y espacial. El Comité Internacional de la Cruz Roja; competencias. Mecanismos de control de la aplicación del derecho internacional humanitario. Responsabilidad internacional por el incumplimiento de las normas del derecho internacional humanitario. La Corte Penal Internacional.
Organismos Internacionales -32 horas-
Concepto. Ámbitos materiales: organismos políticos, de seguridad colectiva, de cooperativismo, de comercio.
(Se cursa en la Maestría en Relaciones Internacionales, en Facultad de Derecho, UBA, Capítulo I CÓDIGO.UBA VIII-10)
Derecho Penal Internacional: parte general -24 horas-
Normasfundamentales de la partegeneral en el Estatuto de Roma. Autoría y participación.
Responsabilidad penal de los entes colectivos. Responsabilidad del representante. Autoría mediata por dominio en la organización. Tentativa. Elemento subjetivo. Causas de exclusión dela responsabilidad. Responsabilidad delsuperior. Teorías de imputación en derecho penal internacional y las teorías de imputación del Estado como entidad. Sistema dedeterminación de la pena (sentencing). Derecho comparado.
Metodología de la investigación -18 horas- (Materia común para ambas orientaciones).
Los objetivos de la materia son dos: 1) familiarizar al alumno con el proceso dedefinir un problema de investigación, formular objetivos e hipótesis y proyectar una investigación; 2) conocer conceptos fundamentales como «dato», «variable»,»dimensiones», «indicadores», «índices» y «tipologías» para ello aprenderá: a) diseñar un proyecto de investigación, b) detectar fuentes adecuadas; c) realizar y analizar entrevistas; d) analizar documentos; e) analizar, elaborar y evaluar informes de investigación. (Materia común)
Derecho Penal Internacional III. Cooperación. Tratados -26 horas-
Cooperación Internacional. Las distintas formas de cooperación penal internacional: asistencia penal, extradición, ejecución de sentencias extranjeras, transferencia de condenados, remisión de procesos. Régimen legal: ley 24.767, tratados bilaterales y multilaterales con especial referencia al MERCOSUR («Acuerdo de Recife» y «Acuerdo de Rio»). Reciprocidad. Legalización. Autenticidad. Principio de doble incriminación (leyes penales en blanco) Principio de especialidad. Arresto Provisorio. Extradición encubierta («refoulement»). Causales denegatorias de la cooperación penal. Refugiados.
Recepción en los países del Mercosur de los delitos internacionales -24 horas-
Formulación de los delitos internacionales. Su consideración en los distintos sistemas jurídicos. Presupuestos formales y materiales. Tratados internacionales y derecho interno de los estados.
Derecho Penal Internacional: parte especial -20 horas-
Tipos del derecho penal internacional en el Estatuto de Roma: genocidio, incitación al genocidio, crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra. Propuestas sobre el crimen de agresión.
Tipos de derecho penal internacional en las legislaciones nacionales.
El proceso penal en la Corte Penal Internacional -15 horas-
Aspectos procesales del derecho penal internacional. Cooperación internacional de los estados y la extradición. Análisis de los delitos contra la administración de la justicia en la CPl. Ejecución de la pena. Jurisprudencia penal internacional. Derecho regional. Tribunales internacionales en la región. El procedimiento en la Organización de Estados Americanos (Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Corte Interamericana de Derechos Humanos).
Protección penal de los derechos sociales, económicos, culturales y del derecho a desarrollo -24 horas- (Materia común para ambas orientaciones).
Discusión en torno a la conveniencia dela protección penal. Situación actual en los países del Mercosur. Responsabilidad del estado y de las corporaciones transnacionales por la lesión de los derechos económicos, sociales y culturales. Derecho al desarrollo. El problema de la deuda externa. Las políticas de ajuste. La cuestión del equilibrio fiscal. Responsabilidad de las instituciones internacionales y de los organismos multilaterales de crédito.
Derecho de los pueblos indígenas -18 horas-
Problema de la protección penal de los derechos de los pueblos indígenas en los países del Mercosur. Tratados y Declaraciones internacionales. Cuadro de situación enlos países de la región.
Régimen jurídico del Mercosur -24 horas- (Materia común para ambas orientaciones).
El contenido de la materia abarca las variables política y económica en el contexto actual de los procesos de integración. Consecuentemente, se analiza la variable específicamente jurídica; el derecho comunitario y el derecho regional. Posteriormente, el proceso en la Comunidad Europea, tratados vigentes y situación actual. El regionalismo en Latinoamérica: ALADI. Antecedentes jurídicos inmediatos del Tratado de Asunción. La relación con las constituciones de los países que integran el Mercosur. Supremacía constitucional: jurisprudencia de los Tribunales de cada país. El sistema regional y el proceso de toma de decisiones: órganos con capacidad de decisión y órganos consultivos. Jurisdicción y ley aplicable. Controversias y procedimientos de solución en la Comunidad Europea y en el Mercosur.
Módulo I.- Derecho de la integración: a) Su naturaleza. Fuentes y ámbitos de validez. Derecho de la integración, derecho internacional y derecho constitucional: sus relaciones. b) Formas de integración: zonas de preferencia económica, zonas de libre comercio, uniones aduaneras, mercado común y unión económica. c) Jerarquía de normas y criterios de solución de controversias. Módulo II.- El Mercosur: aspectos jurídicos. a) La integración regional: ALALC-ALADI. b) Los antecedentes de la relación bilateral del PICE (Argentina-Brasil), El CAUCE (Argentina-Uruguay), el PEC (Brasil-Uruguay). c) El sistema normativo del Mercosur: el Tratado de Asunción y Protocolo de Ouro Preto. El derecho originario y el derecho derivado. d) La estructura institucional del Mercosur: el proceso de toma de decisiones. Órganos y competencias. e) Solución de controversias: distintos mecanismos. La solución arbitral. f) su personalidad jurídica internacional.- Módulo III.- El Mercosur: aspectos económicos. a) La liberación comercial progresiva, lineal y automática. b) Las restricciones no arancelarias. c) certificados de origen.- d) Arancel externo común.- e) Cláusulas de salvaguardia.- f) derecho de la competencia en el Mercosur: monopolios, cartels, dumpings y subsidios, g) La armonización macroeconómica.- h) Las empresas binacionales.
(El alumno podrá optar por cursar la materia, conforme el primer programa consignado, en el «Programa de Actualización en Derecho de la Integración y Mercosur» o, conforme el segundo programa, en la «Carrera de Especializaron en Derecho Administrativo y Administración pública», Facultad de Derecho, UBA)
Control penal de la infancia -30 horas-
El niño frente al derecho internacional público. Los derechos del niño en las convenciones internacionales. El Estatuto de Roma y los niños. Los tribunales ad hoc y los niños. La niñez en conflictos armados. La infancia como víctima. La infancia como perpetradora. Casos paradigmáticos.
Seminario sobre casos decisivos en el escenario internacional -18 horas-
Los avances y dilemas en la última década en el Derecho Penal Internacional. La Corte Penal Internacional, el Tribunal de Ruanda, Tribunal de la ex Yugoeslavia. Los casos decisivos ocurridos en los umbrales de la aprobación de la Corte. Del caso Pinochet a la captura de Saddam Hussein. Nuevos casos.
Seminario de investigación interdisciplinario -48 horas- (Actividad común para ambas orientaciones).
Se trata del componente operacional de la interdisciplina. La participación de dos o más profesores de diferentes disciplinas permite realizar la investigación y discusión de un tema desde una cosmovisión integradora. El seminario apunta al análisis de los problemas actuales y relevantes del derecho penal, preferentemente de los menos estudiados. El Director de la Maestría deberá definir, con la debida anticipación, el objetivo concreto del seminario y proponer los profesores que tendrán a su cargo la conducción. La conveniencia de esta instrumentación reside en la necesidad de responder lo más fielmente posible al requisito de contemporaneidad del tema examinar.
Como programa del primer seminario se propone: “Simetrías y asimetrías en el desarrollo de los sistemas penales: Unión Europea y Mercosur”
Taller de tesis -110 horas- (Actividad común para ambas orientaciones).
El objetivo de este taller consiste en generar un espacio donde los cursantes puedan presentar y desarrollar sus ideas a losefectos de elaborar un proyecto final de tesis. En este marco se evaluarán consultas metodológicas y técnicas de trabajo que los participantes responderán en forma individual y discutirán en forma colectiva. (Taller común alas dos orientaciones)
Estructura de la Orientación: Derecho Penal Económico y Societario
Laprogramación de esta Maestría, respecto de la orientación mencionada, abarca dos áreas específicas del Derecho Penal actual: los delitos societarios y los que se relacionan con el orden económico. Cada unidad exhibe sus propias características aunque se encuentran íntimamente vinculadas.
Si bien los delitos que se cometen en el marco de la empresa, lesionan fundamentalmente bienes patrimoniales (marco interno), las conductas producidas en el sector externo suelen relacionarse con el perjuicio al orden económico. De este modo se puede afirmar que las dos áreas se hallan interconectadas, no obstante que los bienes jurídicos afectados respondan a coordenadas distintas.
El estudio de los delitos ubicados dentro del marco interno abarca todas las etapas de la empresa: nacimiento, desarrollo posterior y finalmente desaparición; en cada uno de estos tres niveles está presente la conexión entre las etapas señaladas. En buena parte de la literatura contemporánea, este análisis pertenece a la órbita de los delitos llamados de empresa o delitos empresariales.
Por otra parte, es cada vez más visible la relevancia que se le asigna a la empresa en el desarrollo de la vida contemporánea: la aparición de grupos societarios, la clara escisión entre propiedad y gestión, su gravitación en el marco público, la modelación de nuevos institutos en el marco de la doctrina comercial, son todos componentes que justifican la consideración de la empresa como eje del ámbito societario.
Papel de no menor importancia, es el protagonismo de la empresa en cada una de las áreas de los delitos económicos, entendido este concepto como el comportamiento que en las relaciones de producción, distribución y consumo lesiona el orden económico y agrede las regulaciones estatales pertenecientes al ámbito de la economía. Abarca, así el régimen cambiario y bancario, la zona de la competencia, el abastecimiento, los delitos tributarios y aduaneros, los cometidos en la actividad bursátil y de seguros, los producidas en el área del consumidor, los que atentan contra la propiedad industrial. Estas conductas no sólo son examinadas en el marco del territorio nacional sino, fundamentalmente, en el área del Mercosur.
La conexidad entre delitos societarios y económicos se asienta pues, en primer lugar, en una consideración bifronte de la empresa; pero también en la existencia de otros problemas comunes: la lesión de intereses supra individuales –al menos en sector externo-, eluso deuna metodología idéntica en la tutela penal através delos tiposllamados de peligro abstracto, la empresa como sujeto activo del delito – responsabilidad de las personas jurídicas-, los problemas de la ley penal en blancoy otros de no menor relevancia mencionados en casi todos los textos.
Por último, la óptica que identifica este programa requiere, necesariamente, el examen de las conductas de la empresa en la esfera comercial, su inserción en la economía nacional y, obviamente, su campo de influencia en la comunidad productiva de la región (Mercosur); si bien hoy es sólo una aspiración, el experto debe poseer los conocimientos necesarios para intervenir activamente en los cambios que se avizoran.
UNIDADES ASIGNATURAS | CARGA HORARIA | CORRELATIVIDADES | |
TEÓRICO-PRÁCTICA | |||
PRIMERA UNIDAD | |||
01.-Historia de las ideas penales y su proyección en el Mercosur (Materia común a las dos orientaciones). | 24 | ||
02.- Economía y Política Económica. (Materia común a las dos orientaciones) | 30 | ||
03.- Parte General del Derecho Penal Económico l. | 24 | ||
04.- Derecho constitucional económico. | 24 | ||
05.- Derecho Administrativo: Principios y fuentes. | 24 | ||
06.- Delitos tributarios y previsionales. | 18 | ||
SEGUNDA UNIDAD. | Materias de la primera unidad | ||
07.- Derecho Administrativo sancionatorio. | 15 | ||
08 – Parte general del Derecho Penal Económico II. | 20 | ||
09.- Derecho Penal Internacional I. Historia y sistema de las | 26 | ||
fuentes (Materia común). | |||
10.- Delitos aduaneros | 18 | ||
11.- Derecho Penal Comparado (Materia común) | 24 | ||
12.- Delitos contra la administración pública. Corrupción. | 24 | ||
13.- Relaciones Internacionales del MERCOSUR. (Materia común) | 32 | ||
TERCERA UNIDAD. | Materias de la segunda unidad. | ||
14.- Marco institucional de la actividad bancaria. | 25 | ||
15.- Abuso de Información privilegiada. | 18 | ||
16.- Delitos informáticos | 16 | ||
17.- Finanzas internacionales. | 16 | ||
18.- Operaciones bancarias modernas. | 25 | ||
19.- Derecho Penal Cambiario. | 16 | ||
20.- Lavado de activos. | 18 | ||
21.- Metodología de la investigación (Materia común). | 18 | ||
22.- Defensa de la competencia y de los consumidores | 16 | ||
CUARTA UNIDAD. | Materias de la tercera unidad. | ||
23.- Derecho de la empresa y de los negocios. | 24 | ||
24.- Delitos societarios. | 24 | ||
25.- Concursos y quiebras. | 16 | ||
26.- Protección de la propiedad industrial. | 20 | ||
27.- Delitos contra la libertad de trabajo y asociación. | 12 | ||
28.- Responsabilidad por el producto. | 12 | ||
29.- Protección penal de los derechos sociales, económicos, | |||
culturales y del derecho al desarrollo. (Materia común). | 24 | ||
30.- Régimen jurídico del Mercosur (Materia común). | 24 | ||
Seminario de investigación sobre delitos de peligro. | 18 | ||
Seminario de investigación interdisciplinario (actividad común). | 48 | ||
Talleres de tesis (actividad común). | 110 | ||
Todas las materias tendrán un abordaje teórico – práctico.
Duración total de los cursos: SEISCIENTAS VEINTISIETE (627) horas.
Seminarios y talleres de preparación de la tesis: CIENTO SETENTA Y SEIS (176) horas.
Duración de la Maestría: OCHOCIENTAS TRES (803) horas.
Contenidos mínimos de las materias de esta orientación
PARTE GENERAL DEL DERECHO PENAL ECONÓMICO I (24 horas)
La doctrina moderna abarca, con la denominación de Parte General del Derecho Penal Económico, el traslado de las categorías de la teoría del delito al ámbito del Derecho Penal Económico. Son los problemas relevantes que presenta la estructura de los tipos penales. Importancia para la definición del concepto de delito económico. Criminalidad económica.
Concepto del delito económico. Criminalidad económica. Delitos e infracciones. La cuestión del bien jurídico. Ley penal en blanco. Elementos normativos. Estructura de los tipos penales. Tipos de lesión y tipos de peligro. Causalidad e imputación objetiva Riesgo permitido. Límites cuantitativos. Tipos imprudentes. Clases de dolo. Error. Problemas básicos en materia de Auditoría y participación.
DERECHO CONSTITUCIONAL ECONÓMICO -20 horas-
Los principios constitucionales brindan el marco de interpretación del derecho penal en general con sus particularidades en el ámbito de la actividad económica. La relación entre Derecho penal y Constitución se vincula, entre otras cuestiones, con los límites del «ius puniendi» y la legitimidad de la intervención penal.
Estructura y contenido de la Constitución.- Tipología de la Constitución.-Interpretación de la Constitución.- Supremacía de la Constitución.- Declaraciones, Derechos y Garantías.- Concepto y contenido del derecho de propiedad.- Función social de la propiedad.- Libertad de contratar.- Sistema de Comercio e industria.- Tributación. Poder tributario y aduanero- Derechos sociales y el trabajo.- Seguridad social.- Presupuesto.- Competencias en materia bancaria y monetaria.- Deuda externa.- Reforma de 1994.- Derechos económicos, sociales y culturales.- Derecho al desarrollo- Incorporación de Tratados.- Análisis comparativo de las constituciones del Mercosur. Normativa Regional.- Sistema de solución de controversias.- Mercosur y Unión Europea.-
DERECHO ADMINISTRATIVO: PRINCIPIOS Y FUENTES -24 horas-
Evolución de los principios de Derecho Administrativo.- Incidencia de la autonomía del Derecho administrativo en la formulación de orden jurídico. Derecho público y privado en la actuación administrativa. El problema de las fuentes del Derecho administrativo como criterios de objetividad en la decisión de casos. El caso administrativo no previsto o previsto insuficientemente. Cuestiones de interpretación. Los principios jurídicos como integrantes del orden jurídico. El principio de subordinación a la juridicidad. Construcción técnica del concepto de competencia. Los Derechos Humanos y los límites de aplicación del Derecho Administrativo. Autovinculaciones de la administración. Principios de razonabilidad, debido proceso adjetivo, participación, autotutela y revisión judicial amplia. Fuentes nacionales y supranacionales del derecho administrativo.
(Se cursa en la “Carrera de especialización en Derecho Administrativo y Administración Pública”, Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, el Capítulo C CÓDIGO.UBA VIII-9).
DELITOS TRIBUTARIOS Y PREVISIONALES -18 horas-
La evasión tributaria y previsional afecta a la sociedad en su conjunto pues implica una reducción del ingreso público y la afectación de la hacienda pública nacional circunstancias que traen aparejadas la imposibilidad de que el Estado cumpla acabadamente sus funciones básicas.
Aspectos generales de la Ley penal tributaria. Bien jurídico protegido.- Estructura de los tipos.- Ley penal en blanco.- Delitos tributarios y delitos relativos a los recursos de la seguridad social. Evasión simple y agravada. La cuestión de la libertad del imputado durante el proceso.
La extinción por pago. Compensación de deudas. Responsabilidad penal de los contribuyentes, representantes de los entes ideales y personas jurídicas.
Cuestiones procesales. Perjudicialidad penal sobre las sanciones administrativas. Facultades de la autoridad administrativa para solicitar medidas urgentes. Régimen de infracciones tributarias. La sanción de clausura, instancias recursivas. Competencia de la justicia penal tributaria y de la justicia federal. Tutela penal en materia de subvenciones.- La defraudación tributaria en su relación con el sistema tributario del Mercosur.
DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO -15 horas-
La investigación del comportamiento ilícito, en la mayor parte de los delitos económicos, prevé la sustanciación de actuaciones administrativas previas. Estos dos componentes justifican la necesidad de analizar los límites entre las dos regulaciones, cuestión que se proyecta al ámbito constitucional, pues, como es sabido, el poder administrador pertenece a un área diferente de la judicial.
Legitimidad de intervención estatal.- Principio de proporcionalidad.- Ne bis in ídem. Derecho penal económico e infracción administrativa.- Juicio de disvalor.- Órgano de aplicación.- Reglas procesales.- Sanciones.- Control judicial.- Sistema de garantías.- Derecho de intervención Preventiva.-
PARTE GENERAL DEL DERECHO PENAL ECONÓMICO II -20 horas-
La criminalidad organizada a nivel internacional. El sujeto en el derecho penal económico y societario.- Cuestiones de autoría y participación.- Acciones realizadas en el ámbito de los entes colectivos.- Responsabilidad de los órganos de la empresa. Responsabilidad omisiva de los órganos directivos. Infracción del deber de vigilancia.- La denominada responsabilidad del representante.- El actuar en lugar de otro.- Autoría mediata en aparatos organizados de poder. Responsabilidad penal de las personas jurídicas: estado de la cuestión, legitimación, principio de culpabilidad, otras cuestiones dogmáticas. Naturaleza de la acción institucional en el sistema de doble imputación.- Penas y medidas de seguridad. Derecho comparado. Importancia del tema en la denominada criminalidad organizada.
DELITOS ADUANEROS -18 horas-
El Estado nacional regula el comercio exterior mediante distintas funciones de control: la imposición de tributos aduaneros, la aplicación de prohibiciones -económicas y no económicas- a las operaciones de importación y exportación del tráfico internacional de mercaderías, regulaciones en políticas de promoción o estímulo a las exportaciones. La legislación aduanera constituye un complejo normativo que se destaca por su volumen y por constituir el régimen de base del comercio internacional.
Presupuestos básicos del Derecho aduanero: territorio aduanero, mercadería,
importación y exportación.- Contenido del derecho penal aduanero: infracciones y delitos. Pautas para su distinción y particularidades de ambos regímenes. Delitos aduaneros y Código penal: integración.- Bien jurídico protegido.- Contrabando simple: supuesto genérico y casos específicos. Contrabando agravado.- Supuestos de imprudencia.- Encubrimiento de contrabando.-
Equiparación sancionadora entre contrabando consumado y el realizado en grado de tentativa.- Análisis constitucional.- Círculo de autores posibles.- Ley penal en blanco.- Responsabilidad penal de las personas jurídicas.- El sistema de sanciones y la doble jurisdicción administrativo-judicial.- Características del Derecho Penal Aduanero en los países integrantes del Mercosur.
DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. CORRUPCION -24 horas-
El tratamiento de los delitos contra la administración pública y de los actos de
corrupción cometidos por funcionarios, constituye un problema complejo, en el que se exhibe un marco de tensión entre los intereses comunitarios, el estado y el sistema de garantías que protege a los individuos.
Concepto.- Bien jurídico protegido.- Sujeto activo. Funcionario público.- Corrupción: ámbitos de la administración pública y la sociedad civil.- La propuesta de prevención técnica.- Estado, empresa y corrupción.- Conexiones entre la delincuencia económica y administrativa: empresa y administración.- Usurpación de funciones públicas.- Abuso de autoridad y violación de deber.- Omisión o retardo de deberes.- Cohecho y tráfico de influencias.- Malversación de caudales públicos.- Negociaciones incompatibles en el ejercicio de la función.- Exacciones ilegales.- Enriquecimiento ilícito.- Prevaricato.- Encubrimiento y lavado de activos de origen delictivo. Violación de secretos.- Abuso de información privilegiada.- Tutela penal en materia de subvenciones.-Derecho comparado. El problema en el Mercosur.
MARCO INSTITUCIONAL DE LA ACTIVIDAD BANCARIA -25 horas-
La empresa bancaria frente a la ley de entidades financieras. Aspectos de derecho societario, de derecho comercial y como servicio público. Requisitos de constitución y funcionamiento. Secreto bancario. Clases y categorías de entidades. Banca privada y pública. Banca provincial. Banca nacional y extranjera. Operaciones permitidas, prohibidas, limitadas y sujetas a autorización general. Banco Central de la República Argentina. Carta orgánica. Funciones. Autoridad monetaria. Poder de la policía financiera y cambiaria. Facultades reglamentarias. Facultades sancionatorias. Facultades jurisdiccionales. Iliquidez e insolvencia de las entidades financieras.
Características y alcances de la suspensión transitorias de operaciones. Alternativas básicas de un plan de saneamiento y evaluación. Intervención de estudios de auditoría de nivel internacional. El rol de las entidades gremiales empresarias; ADEBA y ABRA. Actividad Bancaria en el Mercosur.
(Se cursa en la Carrera de especialización en Derecho Bancario, Facultad de Derecho, UBA el Capítulo E CÓDIGO.UBA VIII-9)
ABUSO DE INFORMACIÓN PRIVILEGIADA -18 horas-
Aunque su incorporación al ordenamiento penal ha sido discutida, la tendencia en el derecho comparado se vuelca decididamente por la punición de las informaciones, no conocidas aún por el mercado que pueden afectar el precio de la cotización de valores, utilizadas por la persona que las obtiene en el ejercicio de su actividad. También están comprendidas en ese marco conceptual las personas que, en la actividad económica, utilizan informaciones confidenciales o reservadas provenientes del sector público o privado.
Información y transparencia.- Fusión de empresas.- Oferta pública de acciones.- Mercado de valores.- Uso o suministro de información privilegiada.- Tutela del secreto y abuso de información privilegiada. Tratamiento del insider trading. Posturas doctrinarias.- Derecho comparado.- Sujeto activo.- Distinción entre insiders y outsiders.- Estado de la legislación en el Mercosur.
DELITOS INFORMÁTICOS -16 horas-
En el campo de la actividad informática se han generado distintas modalidades operativas en las cuales los componentes físicos y lógicos de los equipos electrónicos de procesamiento de datos son objeto o instrumento de comportamientos disvaliosos. Este tipo de conductas tienen la posibilidad de generar riesgos expansivos que pueden afectar la intimidad, libertad y propiedad de las personas a la vez que incidir sobre las empresas, los sistemas de salud y comunicaciones y la seguridad de complejos militar-industriales.
Sociedad e informática.- Informática y control social.- Operatorias irregulares: técnicas, etapas, localización.- Teoría del delito.- Principios de legalidad, tipicidad y culpabilidad.- Ley penal en blanco.
Acciones realizadas a través de ordenadores. Equipos automáticos de procesamiento de datos como objeto de la acción. Internet. Comercio electrónico. Catálogo de comportamientos verificados.- Características de las acciones. Tipos penales en la legislación nacional e internacional. Proyectos legislativos. Cuestiones de tipicidad. Problemas de subsunción. Prevención.- Sistemas de seguridad informática. Transferencia de datos y fondos transfrontera. Tratamiento de estos problemas en el Mercosur.
FINANZAS INTERNACIONALES -16 horas-
Mercado de capitales. Organismos financieros internacionales.-
(Se cursa en la Maestría en Relaciones Internacionales, Facultad de Derecho, UBA, Capítulo I CÓDIGO.UBA VIII-10).
OPERACIONES BANCARIAS MODERNAS -25 horas-
Contenidos. Pases (Swaps). Put options. Underwriting. Factoring. Leasing financiero mobiliario. Leasing inmobiliario. «Securización». Rol de la Comisión Nacional de Valores y de las sociedades calificadoras de riesgo. Análisis de las experiencias norteamericana, europea y argentina. «Securización» de hipotecas, prendas, facturas y cupones de tarjetas de crédito. Posibilidades que brinda la figura. Acuerdos de custodia. Fideicomiso. Participación bancaria (sponsoring) en procesos de privatización.
(Se cursa en Carera de Especialización en Derecho Bancario, Facultad de Derecho, UBA, Capítulo E CÓDIGO.UBA VIII-9)
DERECHO PENAL CAMBIARIO -16 horas-
Régimen penal cambiario (ley 19.359). Normas del Banco Central. Estructura del tipo. Delito de peligro. Ley penal en blanco. Ámbito de validez temporal.- Cuestión constitucional. Retroactividad y ultraactividad. Análisis de la Jurisprudencia de la Corte Suprema. Tratamiento de la cuestión en la Unión Europea y Mercosur.
LAVADO DE ACTIVOS -18 horas-
El blanqueo o reciclaje de dinero, proveniente de la comisión de delitos, constituye uno de los temas actuales de la política criminal. La legislación en la materia procura evitar que los beneficios ilícitos ingresen al flujo lícito de dinero y bienes patrimoniales, mediante la realización de operaciones dirigidas a ocultar su origen.
Convenciones internacionales.- Objeto de tutela.- Ley 25.246.- Operaciones inusuales o sospechosas.- Sujetos obligados a informar respecto de operaciones inusuales.- Secreto profesional y legal.- Régimen informativo.- Rol de la Unidad de Información Financiera.- Lavado de dinero.- Tipificación: aspecto objetivo y subjetivo.- Responsabilidad de las personas jurídicas.- Delitos susceptibles de ser cometidos por los sujetos obligados a informar y por los integrantes de la UFl. El abogado como sujeto activo. Jurisprudencia extranjera. Estado del tema en la Unión Europea, Estados Unidos de Norteamérica y Mercosur.
DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LOS CONSUMIDORES -16 horas-
En los sistemas organizados en torno de la economía de mercado se procura, conforme la matriz del modelo, tanto la libre competencia entre oferentes de bienes y servicios, como el resguardo de los derechos de usuarios y consumidores.
Mercado y Derecho. Evolución del proceso de concentración y el derecho. Estrategias de políticas de la competencia. Antecedentes internacionales. Bien Jurídico protegido. Experiencia argentina en materia de defensa de la competencia. Leyes 11.210, 12.906 y 22.262. Reforma constitucional de 1994. Ley 25.156. Descripción de las conductas prohibidas.- Acuerdos y prácticas restrictivas. Posición de dominio. Concentraciones y fusiones. Procedimiento.- Competencia desleal.- Afectaciones al normal desenvolvimiento de un establecimiento.- Presupuestos socioeconómicos del derecho del consumidor.
Normativa en materia de defensa del consumidor.- Fraudes al comercio y la industria.- Responsabilidad en materia de inversiones.- Legislación en materia de precios y abastecimiento.- Estado del tema en el Mercosur.
DERECHO DE LA EMPRESA Y DE LOS NEGOCIOS -24 horas-
Transformaciones contemporáneas y su incidencia en el mundo de los negocios. Ley aplicable a los negocios internacionales. Partes, intereses y conflictos. Empresas multinacionales. Formas contractuales y asociativas en los negocios internacionales. Joint ventures; grupos de sociedades; matrices y filiales; subsidiarias totalmente controladas; filiales comunes. Influencia de la legislación fiscal en la fijación de la sede. Tax heavens, multinacionalidad y triangulación del intercambio. Forma de dirimir los conflictos. Arbitraje internacional. Reglas adjetivas del arbitraje internacional. Los usos y costumbres, la lex contractus, la nueva ley mercatoria. Contratos internacionales típicos: préstamos bancarios, préstamos sindicados. Contratos internacionales típicos: project financing. Contratos internacionales típicos: licencia, agencia, representación, franchise.
(Se cursa en la «Carrera de Especialización en Asesoría Jurídica de Empresas», Facultad de Derecho UBA, Capítulo B CÓDIGO.UBA VIII-9).
DELITOS SOCIETARIOS -24 horas-
En torno del origen, desenvolvimiento y extinción de la sociedades, se realizan una serie de actividades delictivas que lesionan el funcionamiento de estas entidades; también existen comportamientos que, si bien apuntan a tutelar el interés de los trabajadores (sus condiciones de trabajo y seguridad social), están relacionados directamente con el desarrollo y consolidación de la empresa.
El criterio para aglutinar estos delitos se apoya, fundamentalmente, en las circunstancias de que sus autores se encuentran vinculados con la administración de la empresa, o juegan un papel relevante en cada una de las etapas de la vida societaria. Se justifica el tratamiento de esta familia de delitos por la envergadura que ha adquirido el ente societario como sujeto hegemónico de las relaciones comerciales.
Derecho penal económico y de la empresa. Delitos cometidos en los actos constitutivos, delitos en la administración (abuso e infidelidad defraudatorios). Estructura de los tipos penales.- Tutela de la integridad psicofísica de los trabajadores. Tratamiento de estos problemas en el Mercosur.
CONCURSOS Y QUIEBRAS -16 horas-
Los delitos de quiebra se examinan habitualmente en el campo de los delitos contra la propiedad. Se trata de una materia relacionada con la normativa comercial que regula los concursos (ley 24.522) y las sociedades comerciales (ley 19.550). El estudio se centra en el rol que juegan estos ilícitos en la extinción de la empresa.
Aspectos comerciales que operan como presupuesto para la verificación de los delitos de quiebra.- Modificaciones de la ley 24.522.- Calificación de conducta del fallido.- Bien jurídico tutelado.- Quiebra dolosa e imprudente.- Quiebra punible del comerciante individual.- Quiebra de la sociedad.- Estructura de los tipos penales.- Elementos del tipo objetivo.- Elementos normativos.- Declaración de quiebra.- Autoría y participación. Análisis de estas cuestiones conforme la normativa en el Mercosur.
PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL -20 horas-
La transferencia de nuevas tecnologías y la comercialización de bienes producidos merced a esas técnicas, confiere un valor relevante a la protección de la propiedad industrial, enmarcada tradicionalmente dentro de la tutela de los derechos intelectuales. En la actualidad, es uno de los componentes más importantes de la vida económica, por lo cual el régimen penal debe recoger sus nuevos perfiles tanto en materia de patentes de invención, marcas y diseños industriales como en lo que respecta al resguardo del secreto industrial.
Transferencia de tecnología. Propiedad intelectual e industrial. Concepto. Derechos. Tutela. Marcas y diseños industriales.- Patentes de invención.- Secreto industrial.- Usurpación de patentes, modelos de utilidad, nombre comercial.- Formulación de una política criminal.- Estructura de los tipos penales.- Reglas de autoría y participación.- Sistema de punición.- Acción pública o privada.- Garantías en las medidas cautelares.- Convenios multilaterales.- Derecho comparado.- Legislación en el ámbito del Mercosur.
DELITOS CONTRA LA LIBERTAD DE TRABAJO Y ASOCIACIÓN -12 horas-
Las acciones constitutivas de compulsión al lock out, ejercicio de coacción para asociarse o abandonar una sociedad patronal o el desvío desleal de la clientela han sido considerados tradicionalmente supuestos que afectan el derecho a la libertad, teniendo asimismo incidencia respecto del derecho de propiedad y las condiciones de comercialización de bienes y servicios.
Antecedentes.- Concepto.- Bien jurídico tutelado.- Lock-out.- Estructura del tipo penal.- Sujeto activo.- Sujeto pasivo.- Concurrencia desleal.- Antecedentes.- Relación con el tema de defensa de la competencia.- Características de la acción.- Sujetos.- Propaganda engañosa.- Publicidad comparativa.- Mercosur.
RESPONSABILIDAD POR EL PRODUCTO -12 horas-
El sistema de tutela en materia de productos procura la protección de la salud pública, la defensa del consumidor frente al engaño y, eventualmente, el resguardo contra la competencia desleal o ilícita. Consideración de estas conductas como delitos de peligro. Estado del tema en la legislación comparada y en el Mercosur.
Dimensión de la responsabilidad penal y su diferenciación con otros niveles de responsabilidad. Incidencia de la legislación comunitaria sobre las legislaciones nacionales en la Unión Europea. Tratamiento de la cuestión en el Mercosur.
SEMINARIO DE INVESTIGACIÓN SOBRE DELITOS DE PELIGRO -18 horas-
La presencia visible de esta categoría en el derecho penal económico es un dato innegable de la realidad jurídica. La ausencia de un concepto homogéneo en la teoría del delito, con todas las implicancias que ello acarrea en cuanto a las consecuencias, justifica la necesidad de una investigación, en la cual los alumnos deben asumir una participación activa dirigida a desarrollar sus potenciales dotes de creación.
VII.- ESTUDIANTES
a) requisitos de admisión: Podrán postularse para cursar la Maestría en Derecho Penal del Mercosur:
a.1.- Los graduados de la Universidad de Buenos Aires o de otra Universidad argentina o extranjera con títulos de abogado, licenciado en filosofía, ciencia política, sociología, economía, historia o equivalentes.
a.2.-Aquellas personas que cuenten con antecedentes de investigación o profesionales relevantes, aún cuando no cumplan con los requisitos reglamentarios citados, podrán ser admitidos para ingresar a la Maestría con la recomendación de la Comisión de Maestría y con la aprobación del Consejo Directivo de la Facultad de Derecho.
a.3.- En todos los casos los alumnos deberán tener aprobadas las cuatro materias troncales del primer año de la Carrera de Especialización en Derecho Penal de la Facultad de Derecho de la UBA (Teoría del delito y Fundamentación de la pena, Garantías constitucionales y derecho procesal penal, Metodología de la investigación y epistemología y Principios de Criminología). Los aspirantes que no hubiesen aprobado estas cuatro (4) materias, se podrán someter a una prueba de evaluación con el fin de satisfacer el requisito. La Comisión de la Maestría, previa entrevista con el postulante, designará el jurado que tendrá a su cargo la evaluación.
b) criterios de selección: se tomarán en cuenta, además de los recaudos formales, los antecedentes académicos, tareas de investigación, desempeño laboral y otros componentes vinculados con la vocación del postulante.
c) vacantes requeridas para el funcionamiento del posgrado: son las establecidas por el Reglamento de Maestrías.
d) criterios de regularidad: Se aplicará la normativa general de los cursos que se dictan en el Departamento de Posgrado y el Reglamento de Maestrías.
e) requisitos para la graduación: para obtener el titulo de Magíster de la Universidad de Buenos Aires en Derecho Penal del Mercosur, el postulante deberá:
e.1.- Aprobar los cursos, seminarios, y otras actividades académicas establecidas en el plan de estudios deesta Maestría.
e.2.- Presentar y aprobar una Tesis de Maestría.
La forma y losplazos de cumplimiento de los cursos, seminarios y de preparación dela tesis, los procedimientos aseguir para la presentación y aprobación de la tesis, y las condiciones de constitución de los jurados de la tesis respetarán lo establecido en el Reglamento de Maestrías.
f) tesis de maestría (conf.Reglamento)
La Comisión de Maestría previa aceptación de los antecedentes, propondrá al Consejo Directivo la designación del Director del plan de tesis de Maestría solicitado por el maestrando.
Una vez aprobado el cincuenta por ciento (50%) de los cursos correspondientes a la Maestría, el maestrando presentará a su Director de Tesis un plan de investigación que éste elevará al Director de la Maestría previo a su pase a la Comisión de Maestría para su evaluación. El plan debe incluir el tema de la investigación, su fundamentación (antecedentes y relevancia), objetivos, metodología, campos de aplicación y cronogramas de actividades. Deberá ser aprobado por el Consejo Directivo, a propuesta de la Comisión de Maestría.
La tesis de Maestría consistirá en un trabajo de investigación. Deberá ser presentada a la Comisión de Maestría en la forma que ésta disponga y acompañada del informe final del Director de Tesis.
La tesis será evaluada por un jurado constituido por tres (3) profesores de reconocida capacidad en el tema de la Tesis o temas afines. El Director de Tesis formará parte del jurado, con voz y sin voto. Se designará así mismo un jurado suplente.
Una vez aprobada la tesis por el jurado, el candidato deberá presentarse a su defensa oral y pública.
En la elaboración, defensa y aprobación de la tesis de Maestría el maestrando deberá demostrar el dominio y aplicación de métodos científicos de investigación y de los conocimientos específicos del área y orientación de la Maestría.
La Tesis podrá resultar:
a. Aprobada, con dictamen fundado; y, en caso excepcional, aprobada con mención especial. El jurado podrá aconsejar su publicación;
b. Devuelta; el jurado decidirá si el maestrando deberá modificarla o completarla y el plazo otorgado a tal fin;
c. Rechazada, con dictamen fundado.
La decisión del Jurado se tomará por mayoría simple y el dictamen deberá quedar asentado en el Libro de Actas correspondientes.
g) título
El título a otorgar será el de «Magister de la Universidad de Buenos Aires en Derecho Penal del Mercosur», con mención del título de grado.
En el dorso del diploma se indicará la orientación y el título de la tesis.
h) certificados
Se otorgará un certificado al maestrando acorde las pautas establecidas en la reglamentación para Maestrías.
Además de quienes hayan sido admitidos como alumnos regulares, los graduados que, por razones de actualización, deseen cursar alguna de las asignaturas o seminarios de la Maestría podrán hacerlo en calidad de alumnos especiales previa inscripción y pago del arancel correspondiente. Si el número de inscriptos supera el cupo establecido para cada actividad, tendrán prioridad los alumnos regulares de la Maestría. La calidad de alumno especial no conferirá títulos parciales, sino certificado de la asignatura o seminario aprobado, expedido por la Facultad de Derecho.
i) inscripción
i.1- Se realizará una vez por año, salvo excepciones debidamente fundadas.
i.2- Se derivará toda la documentación a la Comisión de Maestría para que ésta proceda a evaluar los antecedentes y cite a los postulantes para efectuar una entrevista personal.
j) metodología de la enseñanza
Los métodos de enseñanza-aprendizaje procuraran generar espacios de reflexión y pensamiento crítico, mas allá de la presentación de la información, a través del método de casos, resolución de problemas y de otras prácticas que satisfagan la interconexión entre teoría y práctica. Obviamente, este enfoque requiere la indispensable participación del maestrando y el compromiso de su corresponsabilidad en la tarea de aprendizaje y el desarrollo de los cursos.
En los casos necesarios, se dictarán cursos de nivelación especiales para los maestrandos no abogados.
k) tutorías
El alumno de la Maestría puede solicitar la designación de un tutor para contribuir a su formación. Al iniciarse los cursos, la dirección de la Maestría ofrecerá una lista de profesores dispuestos a cumplir esa tarea.
I) financiamiento de la maestría
La Facultad de Derecho fijará los aranceles correspondientes para financiar el funcionamiento del programa de la Maestría en Derecho Penal del Mercosur. Se promoverá la realización de convenios que permitan el otorgamiento de becas a los alumnos y adquirir materiales de estudio necesarios para la tarea académica.
VIII. INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO
Descripción detallada de las instalaciones y equipamiento necesarios para el desarrollo de las actividades académicas del posgrado: espacios físicos, laboratorios (si corresponde), equipamiento, biblioteca y centros de documentación, otros.
Los alumnos de la Maestría cuentan con los textos de la biblioteca principal de la Facultad de Derecho (UBA), con la del Departamento de derecho penal y la biblioteca de INECIP (Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales), especialmente, el sector destinado al Mercosur. Para el desarrollo de las actividades de la «Maestría en Derecho Penal del Mercosur» se utilizarán las instalaciones del Departamento de Posgrado de la Facultad de Derecho (UBA). Se prevé la constitución de un “Centro de documentación sobre derecho penal del Mercosur» que servirá de soporte para las tareas docentes, de estudio e investigación de la Maestría.
REGLAMENTO
ARTÍCULO 403. El presente reglamento refiere a la administración y gestión de la Maestría en Derecho Penal del Mercosur de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, en conformidad con lo estipulado en el artículo 114 CODIGO.UBA I-20.
ARTÍCULO 404. La Maestría se constituirá con las siguientes autoridades: UN (1) Director y una Comisión de Maestría.
-Del Director de la Maestría.
ARTÍCULO 405. El Director de la Maestría deberá ser un profesor regular titular, consulto o emérito de una Universidad Nacional con título de doctor o magister. Será designado por el Consejo Directivo, a propuesta del Decano de la Facultad.
ARTÍCULO 406. En la primera oportunidad la propuesta de Director será efectuada directamente por el Decano de la Facultad. En lo sucesivo, será realizada sobre la base de una lista de TRES (3) candidatos efectuada por la Comisión de la Maestría.
ARTÍCULO 407. El Director durará TRES (3) años en sus funciones y podrá ser reelecto. Sus funciones serán las siguientes:
1. El diseño y seguimiento de las actividades de la Maestría.
2. Presidir la Comisión de la Maestría.
3. Supervisar el cumplimiento de las resoluciones de la Comisión de la Maestría.
ARTÍCULO 408. El Director contará con la colaboración de UN (1) coordinador, en la orientación y desarrollo de las actividades académicas y de gestión. Será nombrado por el Decano a propuesta del Director de la Maestría.
-De la Comisión de la Maestría.
ARTÍCULO 409. La Comisión de la Maestría estará constituida por CINCO (5) miembros titulares y TRES (3) suplentes; que deberán ser profesores titulares regulares, consultos o eméritos de una Universidad Nacional con título de doctor o magister o investigador principal, superior o independiente del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, preferentemente con título de doctor o magister. Excepcionalmente uno de los integrantes podrá ser un especialista con calidades análogas. TRES (3) de los miembros titulares y DOS (2) de los miembros suplentes deberán ser profesores titulares regulares de la Universidad de Buenos Aires.
ARTÍCULO 410. Los integrantes serán designados por el Consejo Directivo a propuesta del Decano.
ARTÍCULO 411. Los integrantes de la Comisión de la Maestría durarán en sus funciones TRES (3) años y podrán ser reelectos. Son funciones de la Comisión de Maestría:
1. Evaluar los antecedentes de los aspirantes a calidad de maestrando.
2. Proponer al Consejo Directivo:
a. La aprobación de los programas analíticos de los cursos.
b. La designación de los docentes de la Maestría.
c. La designación de directores de tesis.
d. Los integrantes del jurado de tesis.
e. La aceptación o el rechazo, con dictamen fundado, de los aspirantes con título universitario.
f. La aceptación o el rechazo, con dictamen fundado, de los aspirantes que se encuentren en el caso del artículo 110.5 CODIGO.UBA I-20, de los requisitos de admisión) y el establecimiento de los requisitos adicionales que en su caso fueren necesarios.
3. Supervisar el cumplimiento de los planes de estudios y elaborar propuestas de modificación, reevaluando periódicamente el desenvolvimiento de la Maestría a tales fines.
4. Supervisar el desarrollo de los planes de tesis.
5. Recomendar al Director del Departamento de Posgrado para ser aprobado por el Decano, un reglamento de becas para los alumnos de la Maestría.
-De los cursos.
ARTÍCULO 412. Los cursos serán dictados con un número de inscriptos no inferior a DIEZ (10) y no superior a CUARENTA (40). En caso que el número de inscriptos fuere inferior a DIEZ (10) o superior a CUARENTA (40), el Director de la Maestría, con el consentimiento del Profesor a cargo, decidirá, en el primer supuesto, si se dicta el curso con un número inferior y, en el segundo supuesto, si se organiza una nueva comisión para el dictado de esa materia.
ARTÍCULO 413. Todos los cursos serán evaluados por los docentes designados, quienes establecerán la modalidad de evaluación. Las calificaciones serán de UNO (1) a DIEZ (10).
ARTÍCULO 414. Los alumnos deberán cumplir con el requisito de asistencia a no menos del OCHENTA PORCIENTO (80%) de las clases, seminarios y demás actividades que componen el curso.
ARTÍCULO 415. Las situaciones no previstas en este reglamento, en referencia con el desarrollo de los cursos, se regirán por las normas complementarias para el funcionamiento de los cursos que se dictan en el Departamento de Posgrado.
-De la tesis.
ARTÍCULO 416. Una vez aprobados el 50% de los cursos correspondientes a la Maestría, el maestrando deberá presentar su tema y plan de tesis al Director para consideración de la Comisión. Deberá, asimismo, proponer a su Director de tesis, con el consentimiento escrito de éste.
ARTÍCULO 417. La tesis constituirá el producto de una investigación científica que se haga en torno de un tema escogido por el maestrando.
ARTÍCULO 418. El Director de la tesis deberá ser un profesor titular o asociado, regular, ordinario, consulto o emérito de una universidad nacional o investigador superior, principal o independiente del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas preferentemente con título de doctor o magíster.
ARTÍCULO 419. Si la Comisión considera que el Director propuesto y el plan satisfacen los requisitos previstos en este reglamento y en la resolución de aprobación del plan de estudios de la Maestría, propondrá al Consejo Directivo la designación del Director y la aprobación del plan de tesis, así como la fijación de un plazo máximo en el que el maestrando deberá presentar su tesis terminada, el que no podrá superar el total de CUATRO (4) años desde que fuera admitido a la Maestría.
Por razones excepcionales justificadas, a solicitud del maestrando y con la conformidad del Director de tesis, de la Comisión de la Maestría y del Director del Departamento, el Consejo Directivo podrá otorgar UN (1) año de prórroga.
ARTÍCULO 420. Serán funciones del Director de tesis:
1. Asesorar al maestrando en la elaboración del plan de tesis.
2. Orientar acerca de la concepción epistemológica y los instrumentos de investigación más adecuados y oportunos para el mejor desarrollo de la investigación y elaboración de la tesis.
3. Evaluar periódicamente el desarrollo de la investigación.
4. Informar sobre la actividad del maestrando a la Comisión de la Maestría por lo menos una vez al año y cuantas veces ésta lo requiera.
5. Presentar dictamen final evaluando la investigación realizada, la calidad del trabajo y la significación de la tesis elaborada por el maestrando en oportunidad de ser presentada.
6. Participar en el jurado de tesis con voz pero sin voto.
ARTÍCULO 421. El maestrando podrá modificar el tema de tesis o el plan de tesis. En tal supuesto, la Comisión de Maestría deberá examinar la nueva propuesta: aprobarla o rechazarla. La Comisión deberá requerir el parecer del director de tesis.
ARTÍCULO 422. La dirección de la maestría recibirá cinco ejemplares del trabajo de tesis para su envío a los miembros del jurado. Si fuera aprobado, uno de los ejemplares quedará archivado en el Centro de Documentación de la Maestría y otro ejemplar será remitido a la Biblioteca de la Facultad.
ARTÍCULO 423. Una vez entregada la tesis, la Comisión de Maestría examinará, ante todo, si ella responde razonablemente al plan oportunamente aprobado. En caso de no corresponder, luego de consultar con el maestrando y con su Director de Tesis, instará al maestrando a la realización de una reformulación. En caso de que se cumplan los requisitos establecidos, la Comisión tendrá por presentada la tesis y propondrá al Consejo Directivo el jurado que habrá de designarse para valorarla.
ARTÍCULO 424. Los jurados de tesis estarán integrados por TRES (3) miembros que reúnan las cualidades previstas para ser designados directores de tesis. Se designará asimismo un jurado suplente.
ARTÍCULO 425. Los jurados propuestos tendrán un plazo de cinco días para no aceptar la designación. Se les remitirá una copia de la tesis presentada para que en el plazo de treinta días se expidan acerca de si reúne las condiciones para su defensa oral y pública. El Director de la Maestría establecerá el día en que se realizará la defensa de la tesis.
ARTÍCULO 426. Para la defensa de su tesis el maestrando dispondrá de 30 minutos como máximo debiendo presentar una síntesis general de los núcleos conceptuales de su trabajo. Seguidamente, cada uno de los miembros del jurado dispondrá de un máximo de 30 minutos para formular críticas, observaciones o preguntas. Una vez que todas ellas hubieran sido expuestas, el maestrando dispondrá de un máximo de 45 minutos para contestar las críticas o formular las aclaraciones o explicaciones ha que hubiere lugar. Concluida la exposición del maestrando, la defensa habrá concluido. El jurado pasará a deliberar y producirá su decisión en el mismo acto.
ARTÍCULO 427. La tesis podrá resultar (artículo 11 de la res. (CS) N° 6650/97): 2
1. aprobada con dictamen fundado; en caso excepcional, con mención especial. El jurado podrá aconsejar su publicación.
2. devuelta, caso en el cual el jurado decidirá si el maestrando deberá modificarla o completarla y el plazo otorgado a tal fin.
3. rechazada con dictamen fundado.
Los dictámenes deberán asentarse en un Libro de Actas.
– De las condiciones de Regularidad.
ARTÍCULO 428. Serán considerados alumnos regulares de la Maestría los aspirantes admitidos que estén al día con el pago de aranceles establecidos por las resoluciones pertinentes de la Facultad y que aprueben al menos DOS (2) materias por año.
ARTÍCULO 429. Los alumnos regulares podrán inscribirse en los cursos de la Maestría que deseen, cumplimentando los requisitos de correlatividades exigidos. Asimismo, gozarán de los mismos derechos que la Facultad les otorga a los estudiantes del Departamento de Posgrado.
ARTÍCULO 430. Aquellos maestrandos que hubieren finalizado el cursado de todas las materias del plan de estudios y se encuentren realizando su tesis, también, serán considerados alumnos regulares durante el plazo establecido en el artículo 419.
[1] Resolución (CS) Nº 4496/05.
[2] La Resolución 6650/97 fue derogada por el artículo 2 de la Resolución (CS) Nº 5284/12, que aprueba la nueva Reglamentación para el Diseño y Funcionamiento de las Maestrías de esta Universidad. El presente artículo fue codificado como artículo 116 CODIGO.UBA I-20.