CAPÍTULO B: NORMATIVA PARA LA ASIGNACION DE PUNTAJES A LOS CURSOS/MATERIAS1

Esta normativa tendrá vigencia para aquellos estudiantes de doctorado que sean admitidos bajo el Reglamento de Doctorado aprobado por el Capítulo A CÓDIGO.UBA V-23.

Se establece que:

  • La asignación de puntaje a los cursos/materias de posgrado dependerá de su nivel académico, su carga horaria, su duración y su naturaleza (teórica o teórico-práctica).
  • Todos los cursos/materias deberán indefectiblemente tener una instancia de evaluación.
  • El puntaje que se sugiere en las siguientes tablas, es máximo. Cada subcomisión de doctorado puede asignar a un mismo curso un valor igual o menor al aprobado por el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales, dependiendo del plan de tesis de cada estudiante.
  • Se pueden proponer puntajes en rangos de CINCO DÉCIMAS (0,5) hasta un máximo de CINCO (5) puntos.
  • Se pueden proponer materias de nivelación, a incluir en el Plan de Estudios, sin asignación de puntaje.
  • Se deberá incluir como mínimo en el Plan de Estudios un curso/materia que se dicte en esta Facultad y que posea una duración de al menos UN (1) cuatrimestre.
  • Aquellos estudiantes de doctorado cuyo lugar de desarrollo del trabajo de Tesis sea fuera del ámbito de la Facultad y cuyo/s Director/a/es/as, no sean docentes de esta Facultad deberán sumar a menos QUINCE (15) puntos o TRESCIENTAS (300) horas en cursos/materias realizados en la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales.
  • Se recomienda a las Subcomisiones acotar la asignación de puntaje de cursos dictados por el director de tesis.
  • La Facultad de Ciencias Exactas y Naturales ofrece cursos, que se dicten como un curso o materia de grado de ciclo superior, y por razones académicas se subdividen en más de un curso de Posgrado. En esos casos se podrá asignar hasta CINCO (5) puntos si se cursan y aprueban todos los cursos que conforman la materia de grado o el máximo puntaje otorgado por el Consejo Directivo si el estudiante de doctorado cursa y aprueba solo UNO (1) de los cursos.

Criterios para otorgar Puntajes:

El puntaje a asignar por curso/materia se evaluará, para cada estudiante de doctorado, en función de la pertinencia del curso/materia en relación con la temática de la tesis a desarrollar. En forma indicativa, se listan los puntajes máximos a asignar en función de la carga horaria del curso/materia.

a) Cursos/materias con actividades prácticas o experimentos (ya sea trabajo de laboratorio, de informática, de campo, clases de problemas, seminarios, etc) en una proporción de al menos el 30%

Horas de clases (mínimas)Puntaje máximo posible
1005
804
603
402

b) Cursos/materias sin la exigencia de actividades prácticas

Horas de clases (mínimas)Puntaje máximo posible
602
401,5
201

Restricción temporal:

La extensión de los cursos en el tiempo será tenida en cuenta a fin de asignar el puntaje máximo final, de acuerdo a la siguiente tabla.

DuraciónPuntaje máximo posible
1 semana o menos2
2 semanas3
3 semanas4
4 semanas o más5

El puntaje máximo de cada curso se obtendrá del cruce de las dos tablas.

Cualquier tipo de excepcionalidad sobre cursos/materias que no se encuadren en estas pautas, será resuelta por la Comisión de Doctorado a propuesta de la Subcomisión correspondiente.

Cursos de Seminarios:

Se podrá solicitar la inclusión en el Plan de Estudios de un curso de Seminarios. El mismo deberá incluir una instancia obligatoria de al menos una exposición por parte del estudiante de doctorado. Además deberá tener una obligatoriedad de asistencia de, al menos, una vez a la semana y deberá tener una evaluación final integradora, en la cual se contemplen los contenidos de todos los seminarios. Por tales seminarios se podrán asignar hasta CINCO (5) puntos.

Publicaciones:

Se podrá asignar hasta UN (1) punto y VEINTE (20) horas/curso por publicación y hasta DOS (2) puntos y CUARENTA (40) horas/curso en total, por publicaciones en las cuales no estén incluidos resultados de la tesis doctoral. El puntaje y carga horaria a asignar dependerá del número de publicaciones, jerarquía de la revista y número y orden de los autores.

Puntajes por otras Carreras de Posgrado:

Se podrán asignar hasta CINCO (5) puntos y CIEN (100) horas/curso como máximo, por una Carrera de Posgrado completa, de temática pertinente al de la tesis doctoral. Deberá presentarse fotocopia del Título y el Plan de Estudios de la carrera por la que se solicitan puntos.

Materias del Profesorado en Ciencias

Considerando que el Título de Doctor/a puede traducirse en antecedentes acumulativos para la obtención de cargos relacionados con las actividades habilitadas por el Título de Profesor/a, no se podrá asignar puntaje ni carga horaria por materias que integren el plan de estudios de los Profesorados en Enseñanza Media y Superior que se dictan en esta Facultad, si las mismas fueron o serán utilizadas para la obtención de dicho título.

Cursos/Materias Externas:

Se podrá asignar puntaje y carga horaria por cursos/materias que se realicen fuera de la Facultad de Ciencias Exactasy Naturales y que no hayan sido aprobados por el Consejo Directivo de esta Facultad.

Documentación a presentar para cada curso/materia:

-Certificado de aprobación con firma y sello de autoridad académica de la institución. No se aceptarán certificados que indiquen la sola asistencia al curso ni que contengan únicamente la firma de sus docentes u organizadores/coordinadores.

-Programa del curso donde se detalle:

-Programa analítico discriminando contenido teórico y práctico

-Distribución horaria de las actividades

-Duración total del curso en horas y cantidad de semanas

-Modalidad de evaluación

-Docente a cargo del curso

-Bibliografía

-De ser requerido por la Subcomisión, el CV del o los docentes que dictaron el curso/materia.


[1] RESCS-2021-1186-E-UBA-REC