CAPÍTULO A: DEPENDENCIA

ARTÍCULO 1. Establecer que el Hospital de Clínicas “José de San Martín”, el Instituto de  Oncología “Angel Roffo”, el Instituto de Investigaciones Médicas “Alfredo Lanari”, el Instituto de Tisioneumonología “Profesor Doctor “Raúl F. Vaccarerezza” y el Instituto de Investigaciones Cardiológicas  “Profesor  Doctor  Alberto  C.  Taquini”  dependerán de la Facultad de Medicina de esta Universidad y el Hospital Odontológico de la Facultad de Odontología a partir de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2. Encomendar al Consejo Directivo de la Facultad de Medicina la creación de una Coordinación en su seno que tendrá a su cargo la coordinación y seguimiento de los Hospitales e Institutos dependientes de dicha Unidad Académica. Dicha Comisión deberá elevar semestralmente, con la aprobación del Consejo Directivo, a este Consejo Superior un informe de situación en relación a los aspectos técnicos, administrativos y financieros de los institutos hospitalarios a su cargo. 1

ARTÍCULO 3. Disolver la Red de Hospitales Universitarios 2 , cuya función pasa a desempeñarla la Coordinación creada en el Artículo 2.


[1] Resolución con fecha de 11 de Noviembre  del 2015.
[2] La red de Hospitales Universitarios se encuentra derogada por la Resolución (CS) Nº 3743/15