CAPÍTULO G: PROTOCOLO Y REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DEL PROTOCOLO PARA LA CELEBRACIÓN DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES DEL CLAUSTRO DE PROFESORAS Y PROFESORES A LOS CONSEJOS DIRECTIVOS 1

ARTÍCULO 601. Aprobar el “PROTOCOLO PARA LA CELEBRACIÓN DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES DEL CLAUSTRO DE PROFESORAS Y PROFESORES A LOS CONSEJOS DIRECTIVOS PARA LA PREVENCIÓN Y MANEJO DE CASOS DE COVID-19” que como Anexo I se adjunta al presente capítulo.

ARTÍCULO 602. Aprobar el “REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DEL PROTOCOLO PARA LA CELEBRACIÓN DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES DEL CLAUSTRO DE PROFESORAS Y PROFESORES A LOS CONSEJOS DIRECTIVOS” que como Anexo II se adjunta al presente capítulo.

ANEXO I 2

PROTOCOLO PARA LA CELEBRACIÓN DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES DEL

CLAUSTRO DE PROFESORAS Y PROFESORES A LOS CONSEJOS DIRECTIVOS PARA PREVENCIÓN Y MANEJO DE CASOS DE COVID-19  

Este protocolo se encuentra en revisión permanente en función de la evolución y nueva información que se disponga de la pandemia 

1. OBJETIVO 

El objetivo del presente documento es efectuar recomendaciones generales para la celebración de elecciones de representantes del claustro de profesores, que prevén voto secreto en forma presencial, con el fin de minimizar la posibilidad de transmisión del virus COVID19.  

El presente protocolo dispone pautas generales a atender, que podrán ser ampliadas y adaptadas en atención a las particularidades de cada unidad académica. Asimismo, podrá ser modificado en base a la situación epidemiológica y cualquier otra particularidad que resulte significativa a fin de salvaguardar la salud de las personas.

2. ALCANCE 

El presente protocolo es de aplicación para las elecciones de representantes del claustro de profesores, que prevén voto secreto, por lo cual no es aplicable el voto a distancia sino que es necesario la concurrencia de electores de forma presencial, dentro de sus instalaciones. 

3. PERSONAL DESAFECTADO. GRUPO EN RIESGO.  

Dentro de la nómina de personal que se encuentre afectado al desarrollo de las actividades, están dispensadas del deber de asistencia al lugar de trabajo quienes se encuentren comprendidos en los grupos de riesgo y poblaciones vulnerables y hagan uso de la licencia especial establecida en la Resolución REREC-2021-129-UBA-E-REC, aquellas cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente en los términos y con los alcances establecidos en la Resolución REREC-2021-150-UBA-EREC, y las que en el futuro se establezcan conforme las recomendaciones sanitarias efectuadas por las autoridades: 

a) Mayores de 60 años, excepto aquellas personas que prestan servicios en los Hospitales e Institutos Asistenciales dependientes de esta Universidad.

b) Trabajadoras embarazadas en cualquier trimestre.

c) Trabajadores y trabajadoras incluidos en los grupos en riesgo que define la autoridad sanitaria nacional. Dichos grupos, de conformidad con la definición vigente al día de la fecha, son:

i. Enfermedades respiratorias crónicas: enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo.

ii. Enfermedades cardíacas: Insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas.

iii. Inmunodeficiencias.

iv. Diabéticos, personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas

de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.

v. Personas con certificado único de discapacidad cuya patología represente un

incremento del riesgo.

vi. Personas con obesidad con IMC igual o superior a 40 kg/m2 (Obesidad grado 3) Las actualizaciones de estas definiciones serán establecidas por la Universidad de Buenos Aires en atención a las modificaciones y recomendaciones de la autoridad sanitaria.       

4. RECOMENDACIONES DE HIGIENE GENERALES PARA LA REALIZACIÓN DE LA

ACTIVIDAD 

4.1 MEDIDAS DE HIGIENE PARA LA REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD, RESPECTO DE LOS EMPLEADOS   

4.1.1. RESPECTO DE LA ORGANIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD EN GENERAL.   

Se establece revisar y adecuar las diferentes tareas fundamentales con la finalidad que la dotación que preste servicios en el establecimiento sea la mínima e indispensable para su funcionamiento. Dicha dotación se organizará sobre la base de cohortes de trabajadores para reducir el intercambio de personas y disposición de descansos, de manera tal de garantizar las medidas de prevención recomendadas durante toda la jornada de trabajo, como son, entre otras, la distancia entre personas de al menos 2 metros, llevar al mínimo posible la convivencia simultánea de personas en un mismo espacio físico, uso de cubrebocas en todo momento para la totalidad personas que permanezcan en el establecimiento. 

4.1.2. RESPECTO DE LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN EN RELACIÓN AL PERSONAL 

Es imprescindible reforzar las medidas de higiene personal en todos los ámbitos de trabajo y frente a cualquier escenario de exposición, se recomienda: 

– Controlar la temperatura de los trabajadores previo a la entrada al establecimiento, la cual debe ser menor de 37.5ºC e interrogar acerca de la presencia o no de síntomas de COVID19. 

– La higiene de manos de manera frecuente, ya que es la medida principal de prevención y control de la infección, principalmente: 

– al ingreso al lugar de trabajo. 

– antes y después de manipular basura, desperdicios, alimentos, de comer; 

– luego de tocar superficies públicas (mostradores, pasamanos, picaportes, barandas, etc.), manipular dinero, tarjetas de crédito / débito, llaves, animales, etc.; 

– después de utilizar instalaciones sanitarias y de estar en contacto con otras personas. 

– Mantener una distancia mínima de 2 metros con cualquier persona.      

– Uso de cubrebocas en todo momento. 

– Evitar tocarse los ojos, la nariz y la boca. 

– No compartir elementos de uso personal (vasos, cubiertos, mate, etc.). 

4.1.3   HIGIENE Y DESINFECCIÓN DEL AMBIENTE  

– Se mantendrá una ventilación permanente en todos los espacios abiertos al público. Las puertas de acceso a los espacios colectivos se mantendrán abiertas para favorecer la ventilación. La ventilación se renovará por medio de extracción mecánica y/o ventilación natural. 

– Limpiar todas las superficies de contacto con agua y detergente, y desinfectar las mismas con solución con lavandina al 10% (10 ml de lavandina de uso doméstico en 1 litro de agua) o alcohol al 70%. Puede utilizarse un envase con pulverizador. 

– Los lugares de trabajo, espacios de atención al público y cualquier superficie de uso compartido deben mantenerse en condiciones de higiene y desinfección. Se deberán reforzar las medidas de higiene de los lugares de trabajo incrementando la limpieza de mostradores, pasamanos, escritorios, computadoras, teléfonos, pisos, manijas, picaportes, y toda otra superficie con la que el trabajador pueda entrar en contacto.

La frecuencia estará establecida en función del tránsito y cantidad de personas que circulen en dichos espacios. 

– Realizar la limpieza y desinfección de superficies, pisos y baños durante todo el proceso electoral (actos preparatorios, desarrollo del acto electoral y escrutinio de mesa) con una frecuencia adecuada al nivel de tránsito, uso y aglomeración de personas en las áreas. 

– Establecer un período mínimo de desinfección y limpieza de las áreas comunes del establecimiento, especialmente de los sanitarios, preferentemente de dos (2) horas.  

– Disponer de cestos de basura de boca ancha, que permitan la eliminación adecuada de desperdicios y hagan sencillo el cierre de las bolsas al finalizar los comicios. 

– En los procesos electorales existen muchas instancias de traspaso de objetos y materiales que deben ser considerados como parte de protocolos de limpieza. Lo mismo respecto a superficies, particularmente el día de la elección, como la mesa de votación, las cabinas o cuartos de votación, entre otros. 

– Los trabajadores deberán contar con reposición de Elementos de Protección (EP) y kit de desinfección húmeda (consistente en la limpieza con agua y detergente y luego desinfección con una solución de lavandina de uso comercial con agua – 10 ml de lavandina en 1 litro de agua) para el lugar de trabajo. 

– Se recomienda que la ropa que los empleados utilicen para trabajar no sea la misma que utilicen para trasladarse al y desde el lugar de trabajo. Dicha vestimenta utilizada durante el desarrollo de la jornada laboral debe ser lavada con detergentes habituales para ello. En caso de no ser esto posible se recomienda que sea desinfectada muy cuidadosamente rociándola abundantemente y en toda su superficie con una solución de alcohol /agua 70/30% y dejarla secar en forma natural hasta su nueva utilización. 

– Se deberá realizar la limpieza del sector antes de comenzar y después de finalizar la jornada de trabajo. 

– El personal de limpieza deberá contar con todos los elementos de seguridad necesarios para controlar y minimizar la exposición (respiratoria y de manos). 

– En el caso de tareas de limpieza y desinfección, se recomienda seguir las medidas de seguridad e higiene. 

– Asegurar la provisión de agua potable en cantidades suficientes para garantizar la higiene y desinfección tanto del trabajador como del ambiente de trabajo. 

– Para reducir eficazmente el desarrollo de microorganismos en las manos, el lavado de manos debe durar al menos 40–60 segundos. El lavado de manos con agua y jabón debe realizarse siguiendo los pasos indicados en la siguiente ilustración: 

– En caso de no tener acceso a agua y jabón: Higiene de manos con soluciones a base de alcohol (por ejemplo, alcohol en gel). Es importante hacerlo frecuentemente, sobre todo: 

– antes y después de manipular basura o desperdicios;  o antes y después de comer, manipular alimentos y/o amamantar; o luego de haber tocado superficies de uso público: mostradores, pasamanos, picaportes, barandas, etc.; 

– después de manipular dinero, llaves, animales, etc.;  o después de ir al baño o de cambiar pañales. 

4.1.4. ELEMENTOS DE PROTECCIÓN (EP) 

Los EP serán seleccionados de acuerdo a la actividad y tarea a desarrollar por el trabajador. No obstante, el equipamiento debe constar de un cubrebocas/protectores faciales para el caso de todos los trabajadores. 

Se entiende por protectores faciales cualquier elemento, no barbijo, y de cualquier material que mantenga protegida y cubierta la zona de nariz-boca-mentón sin que quede espacio entre el protector y la cara y permita disminuir considerablemente la propagación de gérmenes y virus. 

Los trabajadores/as cuya actividad comprenda la atención o contacto con otras personas deberán utilizar protectores faciales de manera obligatoria. 

Los elementos básicos de protección serán provistos por el empleador. Al respecto, se debe tener en cuenta que: 

– Son de uso personal, por lo que no se deben compartir. 

– Los elementos básicos de protección contra el coronavirus deben ser preferentemente descartables. El trabajador debe ser capacitado específicamente sobre su correcto uso. 

– El uso de guantes está restringido al personal de limpieza y aquellos que ya lo usaban previo a la pandemia, por protección relacionada con la tarea. 

4.1.5. SANITARIOS  

– Sólo deberán estar disponibles para el uso sanitario específico, no pudiendo hacer cambio de indumentaria en los mismos.  

– Tras su uso deberán ser ventilados, limpiados y desinfectados.  

– En los baños se deberá disponer de todos los elementos para un adecuado lavado de manos.  

– Se deben reforzar las condiciones de higiene de los sanitarios y aumentar la frecuencia de higiene y desinfección de los mismos. 

– Se deberá reforzar la desinfección de picaportes, pasamanos, griferías, pulsadores o tiradores de inodoros y todo elemento de uso y contacto frecuente con lavandina al 10%. 

– Se debe minimizar la cantidad de personas que utilicen estas instalaciones en forma simultánea de modo de respetar la distancia mínima de 2 entre cada una de ellas tanto dentro como fuera del mismo. 

4.1.6 ESPACIOS COMUNES PARA LOS TRABAJADORES 

No se podrán utilizar los espacios comunes destinados al uso por parte del personal, tales como vestuarios y comedores, entre otros. 

4.1.7. TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN DE RESIDUOS 

Mantener la limpieza de los depósitos de residuos con el kit de desinfección húmeda (consistente en limpieza con agua y detergente y luego desinfección con una solución de lavandina de uso comercial con agua – 10 ml de lavandina en 1 litro de agua). 

4.1.8. LIMPIEZA DE AMBIENTES DE TRABAJO Y DESINFECCIÓN DE OBJETOS 

Se deberá contar con esquemas intensificados de limpieza y desinfección de todas las superficies en función del tránsito y cantidad de personas. El personal de limpieza deberá contar con todos los elementos de seguridad necesarios para controlar y minimizar la exposición. 

No olvidar que las personas que realicen estas tareas deberán contar con todos los EP (cubreboca y máscara facial, guantes impermeables y calzado cerrado) a fin de evitar el contacto de la piel y de las mucosas con los detergentes y lavandinas utilizados durante las tareas de limpieza y desinfección con el objeto de prevenir enfermedades profesionales (irritación de conjuntivas, dermatitis de contacto por sensibilización e irritativas, lesiones eczematiformes, entre otras). 

Como medida de protección colectiva se recomienda utilizar la “técnica de doble balde – doble trapo”. Es una técnica muy sencilla y se necesita contar con agua corriente, detergente, lavandina de uso comercial, dos baldes y dos trapos. Consiste en dos fases: 

1° fase: Proceso de limpieza 

1. Iniciar la limpieza con soluciones jabonosas con agua y detergente de uso común. 

2. En el balde Nº 1 agregar agua y detergente. 

3. Sumergir el trapo Nº 1 en balde Nº 1, escurrir y friccionar las superficies a limpiar (mostradores, pasamanos, picaportes, barandas, instrumental de trabajo etc.).

Siempre desde la zona más limpia a la más sucia. 

1. Repetir el paso anterior hasta que quede visiblemente limpia. 

2. Enjuagar el detergente sobrante con el trapo N° 2 sumergido en el balde N° 2 con agua. 

2° fase: Proceso de desinfección:  

1. En un recipiente colocar 10 ml de lavandina de uso doméstico en un litro de agua. 

2. Pulverizar la solución sobre los objetos y herramientas o con un paño húmedo friccionar las superficies a desinfectar. 

3. Dejar secar las superficies. 

4.1.9. LIMPIEZA DE SUPERFICIES QUE PUEDAN HABER ESTADO EN

CONTACTO CON INDIVIDUOS CONFIRMADOS COVID 

Se tendrá en cuenta que los detergentes eliminan la suciedad y la materia orgánica disolviendo el polvo, aceites o grasa, para luego facilitar su eliminación con el enjuague, por lo cual es importante lavar con detergente, luego enjuagar con agua limpia y desinfectar con hipoclorito de sodio al 10 % según sea el caso (método del doble balde/doble trapo), o realizar la higiene utilizando amonios cuaternarios a partir de la quinta generación o monopersulfato de potasio (MPP, método de limpieza y desinfección simultánea en un solo paso). Los amonios cuaternarios de quinta generación son limpiadores de superficies usados preferentemente porque tienen bajo nivel de corrosión sobre las superficies inanimadas, amplio espectro para la actividad microbiana y fácil de usar. 

Respecto de las pautas de limpieza, se recomienda: 

– el uso de detergentes de óptima calidad; 

– la fricción para remover la suciedad y los microorganismos; 

– que aquella preceda al proceso de desinfección; 

– que sea realizada de modo tal que prevenga la dispersión de polvo o suciedad. 

Asimismo, se deben evitar actividades que favorezcan el levantamiento de partículas en suspensión, las cuáles serán permitidas solamente en áreas administrativas y fuera del horario de atención. 

4.2. MEDIDAS ESPECÍFICAS PARA EL ACTO ELECTORAL 

4.2.1. USO OBLIGATORIO DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN QUE CUBRAN NARIZ, BOCA Y MENTÓN. 

Toda persona deberá hacer uso obligatorio de los elementos de  protección  que  cubran  nariz,   boca   y   mentón   para   ingresar   o   permanecer   en   las dependencias de la Universidad.

Se exceptúa de dicha obligación a las personas que por razones de salud no puedan portar el tapabocas. En esta circunstancia deberá respetarse la distancia interpersonal mínima de 2 m. 

4.2.2 COEFICIENTE DE OCUPACIÓN Y TOPE  

– Mantener una distancia mínima entre personas de dos (2) metros durante todo el proceso. Esta medida aplica para la totalidad de las personas que participen del acto eleccionario (autoridades de mesa, fiscales de mesa, votantes, empleados, etc.). 

– Establecer un aforo de las personas que pueden estar presentes en cada sector del establecimiento en forma simultánea durante el desarrollo de la actividad de conformidad con las pautas establecidas en el presente protocolo.                

Se establece que la capacidad máxima de personas en el establecimiento de votación no deberá superar el 30 % de la capacidad habilitada. Se deberá garantizar la ventilación natural.  

– En ningún caso se podrá superar el tope máximo de 500 (quinientas) personas en forma simultánea cualquier sea el sector que se trate. 

4.2.3. ESTABLECIMIENTO DE VOTACIÓN- ORGANIZACIÓN DEL ESPACIO 

– Considerar la utilización de espacios abiertos y ventilados de conformidad con lo establecido en el apartado 4.2.2.   

– La circulación será siempre en un solo sentido ó unidireccional, lo que implica diferenciar zonas de ingreso y egreso.       

– Disponer de un mayor número de mesas de votación que en ocasiones normales, a los fines de reducir la cantidad de electores por mesa.  

– Cada establecimiento o sector en el cual se desarrolle el proceso electoral deberá tener asignada una persona que vele por el cumplimiento de las recomendaciones mencionadas en este protocolo. 

– Capacitar a las autoridades de mesa y al personal afectado sobre las medidas establecidas en este protocolo, y las que pudieran adicionarse en cada caso.  

– Evitar nombrar autoridades de mesa a personas de riesgo, como adultos mayores u otras personas con mayor probabilidad de desarrollar complicaciones en caso de infección de COVID-19.  

4.2.4. ACCESO AL ESTABLECIMIENTO- AFLUENCIA DE PÚBLICO 

– Se sugiere que la afluencia al público se organice gradualmente, y en función de horarios específicos teniendo en cuenta la terminación de DNI de los votantes a fin de evitar aglomeraciones.  

– Las personas deberán ingresar utilizando correctamente barbijo o tapabocas, evitando la aglomeración y respetando la distancia interpersonal de 2 (dos) metros. 

– Las personas concurrirán preferentemente solas al acto electoral, si esto no fuera posible, se sugiere que el sufragio se realice en el sector correspondiente de manera individual. 

– El ingreso a cada sector sólo se permitirá en la medida que no se haya alcanzado el aforo preestablecido. 

– En los accesos al establecimiento se aplicará alcohol al 70% a los fines de higienizar las manos de los electores que ingresen. 

Controlar la temperatura de todas las personas previo a la entrada al establecimiento, la cual debe ser menor de 37.5ºC e interrogar acerca de la presencia de síntomas.       

– Realizar la demarcación y/o señalización que oriente a las personas en la disposición de las mesas electorales y las filas de espera para facilitar su cumplimiento. 

– Disponer de personal en los ingresos para informar a los electores a qué sector y número de mesa deben concurrir, a los fines de evitar la circulación innecesaria dentro del establecimiento.  

4.2.5. EN EL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO – DURANTE LA VOTACION 

– Se debe colocar cartelería visible en el establecimiento, con información actualizada sobre métodos de prevención para el COVID- 19. 

– Delimitar la forma de circulación en áreas de acceso y egreso de las instalaciones para facilitar el distanciamiento y evitar la circulación cruzada. 

– Disponer contenedores de residuos en el interior del establecimiento. 

– La disposición de las mesas, sus autoridades y fiscales debe contemplar el distanciamiento adecuado 2 (dos) metros entre los mismos y las mesas vecinas, el que deberá mantenerse durante todo el acto electoral, incluyendo el escrutinio. 

– Cada mesa electoral contará con alcohol en gel al 70% y bolsas identificadas para residuos. 

– Disponer filas de espera por cada mesa de votación y que se realice preferentemente en espacios al aire libre, respetando el distanciamiento interpersonal de 2 (dos) metros. 

– Evaluar la posibilidad de utilizar cuartos oscuros móviles en espacios abiertos o semi abiertos.      

– Corroborar la identidad de las personas evitando manipular la documentación por parte de las autoridades de mesa. Para ello se sugiere que el elector deposite la documentación identificatoria en una bandeja plástica desinfectada prevista en cada mesa para tal fin.  

– Los votantes podrán retirarse el barbijo sólo durante el tiempo mínimo y necesario para permitir la confirmación de la identidad. Para dicha ocasión deberán encontrarse a una distancia no menor de 2 (dos) metros de la autoridad de mesa y/o encargada de constatación de la identidad. 

– Se establece en todos los casos el uso obligatorio de máscaras faciales por parte de las autoridades de mesa   . 

Se deberán conservar los padrones por el término de un mes a fin de poder contactar a los electores que puedan haber sido contactos estrechos de algún asistente al evento electoral que dé positivo de COVID.

4.2.6. SALIDA DEL ESTABLECIMIENTO    

El tiempo de permanencia dentro del establecimiento será el mínimo necesario para garantizar la participación de cada elector, por lo cual una vez emitido el voto y recibido el respectivo certificado si correspondiese, se retirará inmediatamente del predio por un circuito diferente al del ingreso. Para ello se procura una adecuada señalización del sentido de circulación.  

4.2.7 ESCRUTINIO DE VOTOS 

– Cumplir con la distancia física recomendada de 2 (dos) metros entre las personas en todo momento. Esto implica planificar el uso adecuado de la infraestructura para que los distintos actores ejerzan su rol conforme a las medidas sanitarias.

– Antes del inicio del conteo manual de votos, proceder a la limpieza de la mesa con desinfectante a base de alcohol o lavandina. Proceder también de la misma forma con otros materiales a ser utilizados como bolígrafos, entre otros. 

– Lavarse las manos o aplicar alcohol en gel a cada persona que participa de este proceso, al inicio del conteo y en varios momentos durante el transcurso del proceso. 

– Se recomienda el uso de dispositivos y/o tacos para humedecer las manos y manipular el papel, tanto para la votación como del escrutinio y/o conteo manual de votos evitando en todo momento llevarse las manos a la boca. 

5.  ACCIONES ESPECÍFICAS ANTE LA SOSPECHA DE CASO, FRENTE A UN CASO CONFIRMADO Y ANTE CASOS DE CONTACTO ESTRECHO.

En principio, ante un caso sospechoso, confirmado o ante contacto estrecho, se deberán implementar todas las recomendaciones que surgen del Protocolo de Seguridad e Higiene para la Emergencia Sanitaria por la Pandemia del COVID-19, aprobado por la Resolución (R) “Ad referéndum del Consejo Superior” REREC-2020-634-E-UBA-REC, ratificada por la Resolución (CS) RESCS-2020-00875520-UBAREC.

ANEXO II 3

REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DEL PROTOCOLO PARA LA

CELEBRACIÓN DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES DEL CLAUSTRO DE PROFESORAS Y PROFESORES A LOS CONSEJOS DIRECTIVOS 

Este reglamento se encuentra en revisión permanente en función de la evolución y nueva información que se disponga de la pandemia 

1. OBJETIVO 

El objetivo del presente es la reglamentación del “PROTOCOLO PARA LA CELEBRACIÓN DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES DEL CLAUSTRO DE PROFESORAS Y PROFESORES A LOS CONSEJOS DIRECTIVOS PARA LA PREVENCIÓN Y MANEJO DE CASOS DE COVID-19”.

Este reglamento dispone pautas generales a atender, que podrán ser ampliadas y adaptadas en atención a las particularidades de cada Facultad. Asimismo, podrá ser modificado en base a la situación epidemiológica y cualquier otra particularidad que resulte significativa a fin de salvaguardar la salud de las personas. 

2. ALCANCE 

El presente reglamento es de aplicación para las elecciones de representantes del claustro de profesoras y profesores ante los Consejos Directivos. 

3. RECOMENDACIONES GENERALES DE HIGIENE 

Sin perjuicio de las recomendaciones específicas indicadas a continuación, se deberá dar cumplimiento al “PROTOCOLO PARA LA CELEBRACIÓN DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES DEL CLAUSTRO DE PROFESORAS Y PROFESORES A LOS CONSEJOS DIRECTIVOS PARA LA PREVENCIÓN Y MANEJO DE CASOS DE  COVID-19”, al Protocolo de Seguridad e Higiene para la Emergencia Sanitaria por la  Pandemia del COVID-19, aprobado por la Resolución (R) “Ad referéndum del Consejo  Superior” REREC-2020-634-E-UBA-REC, ratificada por la Resolución (CS) RESCS-2020218-UBA-REC, en la medida que se disponga una medida específica diferente a la establecida en este reglamento. MEDIDAS ESPECÍFICAS PARA EL ACTO ELECTORAL 

4.1. AUTORIDADES Y PERSONAL ASIGNADO A LA ORGANIZACIÓN DE LOS

COMICIOS

1. La Junta Electoral designará un/a (1) Delegado/a que será responsable de la aplicación del Protocolo y de este reglamento.

2. La Junta Electoral designará Facilitadoras/es Sanitarios, debidamente identificados, cuya función será velar por el debido distanciamiento entre electoras/es, mantener el orden de circulación y en las filas de las mesas de votación, etc. Se dispondrá de la cantidad necesarias de Facilitadoras/es Sanitarias/os a fin del cumplimiento de sus funciones y actuarán bajo las órdenes de la Delegada o Delegado.

3. Uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón durante la jornada de votación (de aquí en adelante barbijos) y de máscaras de protección en el caso de las/os Delegadas/os, Apoderadas/os, Facilitadores Sanitarios, Autoridades de Mesa y Fiscales.

4. Se contará con la debida señalética respecto de las medidas de bioseguridad, colocadas en lugares visibles en el ingreso y en el área de votación. 

5. Los establecimientos de votación contarán con marcas de cinta adhesiva de color rojo, negro o amarillo en los pisos para organizar la circulación interna, las filas y garantizar el distanciamiento y orden entre las y los votantes. Se deberá mantener una distancia mínima de 2 metros entre las/os electores y hacia la mesa de votación. 

6. La totalidad de personas que ingresen a la Facultad deberán tener su barbijo colocado correctamente, cubriendo nariz, boca y mentón durante su permanencia en el mismo. 

7. Los alimentos serán entregados en packs individuales y envasados con papel film, que deberá ser rociado con alcohol 70/30 antes de ser abierto. No se permitirá que nadie ingrese con utensilios, comida o bebidas que no cumplan con las medidas de seguridad.

8. Sólo se permitirá la permanencia dentro del establecimiento de votación de la Delegada/o, Facilitadoras/es Sanitarios, Autoridades de Mesa, un (1) Apoderada/o por lista oficializada, un/a (1) Fiscal General por cada cinco (5) mesas de votación y un/a (1) Fiscal de mesa por lista oficializada por cada mesa de votación.

9. Sólo se permitirá la presencia en las mesas de votación de las Autoridades de Mesa y la actuación de un/a (1) Fiscal por cada lista oficializada, que podrá ser reemplazada/o durante el desarrollo de los comicios.

10. No se designará Autoridades de Mesa a personas comprendidas dentro de los grupos de riesgo definidos por la Universidad de Buenos Aires.  

11. Durante la jornada electoral, personal de limpieza se encontrará presente y procederá a desinfectar áreas comunes y lugares de votación como mínimo cada una (1) hora, prestando especial atención a superficies de apoyo, picaportes, núcleos sanitarios y baños.

12. El uso de los baños será limitado a una o dos personas por vez, dependiendo de su tamaño. En ellos se contará con los elementos de higiene necesarios, los cuales serán renovados permanentemente por el personal de limpieza y verificado periódicamente por los Facilitadoras/es Sanitarios.

13. Se dispondrá de contenedores de residuos en el interior del establecimiento.

4.2 MEDIDAS DE SEGURIDAD SANITARIA DURANTE LA JORNADA DE VOTACIÓN

4.2.1 ANTES DE LA DE VOTACIÓN

1. Disponer de un mayor número de mesas de votación que en ocasiones normales, a los fines de reducir la cantidad de electores por mesa.  

2. Evaluar la posibilidad de utilizar cuartos oscuros móviles en espacios abiertos o semi abiertos. En caso de no ser posible, los espacios cerrados deberán estar adecuadamente ventilados, con puertas y ventanas abiertas.

3. Se habilitará una puerta de entrada y otra puerta de salida, identificadas para que el flujo de las personas sea unidireccional. Si los recintos cuentan con un ingreso único, una cinta divisoria separará el lado derecho para el flujo de entrada y el lado izquierdo para la salida, asegurando el debido distanciamiento entre las personas.

4. Al ingreso del establecimiento de votación:

a. se colocará un croquis con la ubicación de las mesas de sufragio y los Facilitadoras/es Sanitarios ayudarán, en caso de resultar necesario, a las personas a llegar a ellas manteniendo la distancia de 2 metros entre cada una.

b. se contará con un puesto de sanitización para la higiene de manos de ingresantes y se controlará el correcto uso de los barbijos/tapabocas.

5. Entrega de material electoral a Autoridades de Mesa:

a. la Delegada o Delegado controlarán el ingreso de las Autoridades de Mesa, de las/os Apoderadas/os y Fiscales al establecimiento de votación. Todas estas personas deberán desinfectar sus manos con solución a base de alcohol en gel (70%). 

b. las Autoridades de Mesa recibirán el material electoral, firmando el acta de recepción desinfectando previamente los bolígrafos con alcohol al 70%.

c. el material electoral incluirá frascos de solución a base de alcohol en gel (70%); frascos de alcohol al 70% para limpieza de superficies; rollos de toallas de papel; dos bolsas especiales de basura; bolígrafos, cinta adhesiva para señalizar, boletas, actas, etc.

6. Armado de mesas de sufragio:

a. Las Autoridades de Mesa colocarán el cartel con el número de mesa, armarán el cuarto oscuro y llenarán el acta de apertura de la votación previa desinfección de manos con solución a base de alcohol en gel (70%), manteniendo la debida distancia física entre personas.

b. Las mesas de sufragio deberán estar ubicadas a una distancia mínima de tres metros entre cada una de ellas para permitir la formación de filas paralelas.

c. Preferentemente, las mesas de sufragio deberán ubicarse en lugares abiertos y/o ventilados, o en una sala con ventanas y puertas abiertas.

d. La Delegada/o, Facilitadoras/es Sanitarios y Autoridades de Mesa deberán marcar líneas con una distancia de 2 metros en el espacio de las filas de votantes a fin de contribuir al mantenimiento de la distancia social.

e. Cada integrante de la mesa tendrá un bolígrafo de uso exclusivo y deberá utilizar correctamente el barbijo.

f. Las mesas serán desinfectadas periódicamente, al menos cada 30 minutos, con toallas de papel y alcohol al 70%.

4.2.2 DURANTE LA VOTACIÓN

1. Implementación de medidas de información para los votantes

a. El padrón estará pegado para su consulta en la entrada del establecimiento de votación de modo tal de permitir la distancia social correspondiente y evitar aglomeraciones. Los Facilitadoras/es Sanitarios ayudarán a las personas, en caso de ser necesario, a identificar las mesas de sufragio.

b. Habrá presencia de Facilitadoras/es Sanitarios en la parte externa del establecimiento de votación, quienes utilizarán barbijos y máscaras de protección en forma permanente.

2. Ingreso de votantes al recinto electoral

a. Ingresarán al recinto las profesoras y profesores habilitados para votar con su Documento Nacional de Identidad. Solo las personas que requieran asistencia podrán ingresar con quien las acompañe.

b. Las/os Facilitadoras/es Sanitarios administrarán el ingreso al establecimiento de votación de modo tal de asegurar el distanciamiento de 2 metros en su interior o en las filas de las mesas de votación y en la medida que no se haya alcanzado el aforo preestablecido. 

c. Se dará prioridad para el ingreso a los establecimientos de votación y para la emisión del sufragio a las personas comprendidas dentro de los grupos de riesgo definidos por la Universidad de Buenos Aires. 

d. Todas las personas que ingresen al establecimiento de votación deberán desinfectar sus manos con solución a base de alcohol en gel (70%) cada vez que lo hagan y conservarán la debida distancia física, de 2 metros.

3. Procedimiento de votación

a. La cantidad máxima de personas en la fila de votación será de cinco (5) o una menor si esa cantidad no permite el distanciamiento de 2 metros. Recién cuando una profesora o profesora, después de votar, se retire del reciento, ingresara el siguiente, observando el procedimiento de higiene de manos y distanciamiento.

b. Cada elector/a, al presentarse en la mesa de votación, exhibirá su Documento Nacional de Identidad de manera que las Autoridades de Mesa y Fiscales puedan verificar su identidad. En caso de ser necesario, la Autoridad de Mesa podrá exigir la entrega del DNI, rociándolo con alcohol al recibirlo y al devolverlo.

c. De ser necesario, la Autoridad de Mesa podrá solicitar al votante que se retire el barbijo sólo durante el tiempo mínimo y necesario para permitir la confirmación de la identidad. Para dicha ocasión deberán encontrarse a una distancia no menor de 2 (dos) metros de la Autoridad de Mesa y Fiscales.

d. Antes de entregar el sobre, la Autoridad de Mesa colocará solución a base de alcohol en gel (70%) en las manos del elector/a.

e. La Autoridad de Mesa colocará un sobre vacío, previamente rubricado por los fiscales, para que la/el votante lo tome y se dirija al cuarto oscuro. En el cuarto oscuro, junto con las boletas de sufragio, se dispondrá de un adhesivo para que las y los electores cierren el sobre y de un dispenser con sustancia sanitizante. El elector depositará el sobre en la urna, evitando tocar cualquier elemento de la mesa. 

f. Se dispondrá sobre la mesa, junto a la urna, de un dispenser con sustancia sanitizante, para que el/la elector/a pueda higienizarse luego de emitir su voto.

g. La profesora o profesor deberá abandonar la mesa según la demarcación en el piso para evitar el cruce con el resto de las/os electores que pudieran estar aguardando votar.  

4. Salida del establecimiento de votación: el tiempo de permanencia dentro del establecimiento será el mínimo necesario para garantizar la participación de cada elector

o electora, por lo cual una vez emitido el voto, se retirará inmediatamente por un circuito diferente al del ingreso. Para ello se procura una adecuada señalización del sentido de circulación.  

4.2.3 DESPUÉS DE LA VOTACIÓN. ESCRUTINIO

1. El escrutinio se desarrollará en un espacio físico al aire libre o semi cerrado. En caso de no ser posible, deberán permanecer abiertas puertas y ventanas.

2. El control del ingreso y permanencia de personas al establecimiento de votación y en los lugares de escrutinio será realizado por la Delegada o Delegado y Facilitadoras/es Sanitarios.

3. Solamente podrán estar dentro del establecimiento de votación los miembros de la Junta Electoral, la Delegada o Delegado, las Autoridades de Mesa, las/os Facilitadoras/es Sanitarios, las/os Apoderados de las listas oficializadas, un/a Fiscal General cada cinco (5) mesas de votación y un/a (1) Fiscal por cada mesa de votación por lista oficializadas.

4. Todas las personas que se encuentren dentro del establecimiento deberán utilizar un barbijo nuevo y desinfectar sus manos al iniciar el escrutinio.

5. Durante el escrutinio, la Autoridad de Mesa realizará todas las operaciones pertinentes y exhibirá los sobres y las boletas extraídas manteniendo la distancia de 2 metros entre los presentes. 

6. Se recomienda el uso de dispositivos y/o tacos para humedecer las manos y manipular el papel, tanto para la votación como del escrutinio y/o conteo manual de votos evitando en todo momento llevarse las manos a la boca

7. Firma del acta de escrutinio: los miembros de la Junta Electoral, las Autoridades de Mesa, las/los Fiscales y Apoderadas/os firmarán el acta de escrutinio de mesa o acta de escrutinio general y sus copias con bolígrafos propios o con otros previamente desinfectados. La confección de estos instrumentos se realizará manteniendo la distancia de 2 metros.

8. Las Autoridades de Mesa entregarán las bolsas de seguridad, urnas, actas, etc., siempre utilizando sus barbijos y máscaras de protección, previa desinfección de todos los elementos con alcohol al 70%.

[1] REREC-2021-262-E-UBA-REC  ad-referendum ratificada por RESCS-2021-140-E-UBA-REC.
[2] ARR-2021-99-UBA-SHA
[3] ARR-2021-98-UBA-SHA