CAPÍTULO AO: OBSERVATORIO SOBRE TENDENCIAS Y TECNOLOGÍAS DE BROADCASTING Y STREAMING1

ARTÍCULO 4201. Crear el Observatorio sobre Tendencias y Tecnologías de Broadcasting y Streaming, que cuyo objeto y funciones forman parte del presente Capítulo.

ARTÍCULO 4202. Establecer que el Observatorio sobre Tendencias y Tecnologías de Broadcasting y Streaming creado en el artículo 4201 desarrollará sus actividades en el ámbito de la Secretaría de Ciencia y Técnica de Rectorado y Consejo Superior.

OBJETO:

El Observatorio sobre Tendencias y Tecnologías de Broadcasting y Streaming tendrá como objeto analizar e interpretar el comportamiento de los colectivos sociales en la era digital, las tendencias culturales emergentes, los avances tecnológicos disruptivos en ámbitos como la comunicación.

FUNCIONES:

Las funciones del Observatorio sobre Tendencias y Tecnologías de Broadcasting y Streaming son:

1. Recopilar y analizar datos sobre las tendencias culturales emergentes en la era digital.

2. Analizar métricas vinculadas al consumo de nuevas tecnologías de la comunicación.

3. Producir informes periódicos.

4. Difundir los resultados obtenidos.

5. Generar una metodología propia, basada en indicadores preexistentes.

6. Realizar eventos y conferencias en razón de su competencia.

7. Colaborar con diversas organizaciones tanto del ámbito público como privado.


[1] RESCS-2024-413-UBA-REC