CAPÍTULO AN: PROGRAMA “HECHO EN UBA”1

ARTÍCULO 4001. Crear el Programa “HECHO EN UBA”, dentro del ámbito de la Secretaría de Políticas de Diseño e Innovación Tecnológica e conjunto con la Secretaría de Hacienda y Administración y la Secretaría de Ciencia y Técnica.

ARTÍCULO 4002. El Programa Hecho en UBA tendrá por objetivo la promoción, el acompañamiento y la jerarquización de las acciones de emprendedurismo, que surjan del seno de la comunidad de la Universidad de Buenos Aires, generando espacios de interacción con organizaciones públicas y privadas que colaboren para tal fin.

ARTÍCULO 4003. Serán objetivos específicos:

1. Generar vinculos con sectores de la Industria y la Producción Nacional que permita a estudiantes, graduados e investigadores de la Universidad expandir y potenciar sus proyectos de emprendedurismo.

2. Implementar actividades y jornadas de interés destinadas a capacitar acerca de las herramientas y mecanismos necesarios para emprender.

3. Promover, sensibilizar y concientizar acerca de los aportes de la cultura emprendedora de la UBA.

4. Difundir y colaborar con las actividades e iniciativas en materia de emprendedurismo.

5. Brindar prácticas tangibles para los propios modelos de negocios de los Emprendedores UBA, a través actividades de acompañamiento tales como talleres grupales o mentorías individuales.

ARTÍCULO 4004. Se encomienda a la Secretaría de Políticas de Diseño e Innovación Tecnológica y a la Secretaría de Ciencia y Técnica la adopción de todas las medidas necesarias que hagan al cumplimiento de los objetivos del Programa y su funcionamiento, como así también la creación e implementación de un signo marcario que distinga el Programa “Hecho en UBA”.


[1] Resolución ad referendum REREC-2023-970-UBA-REC ratificada por RESCS-2023-794-UBA-REC