CAPÍTULO C: PROGRAMA DE APOYO Y ESTÍMULO PARA ALUMNOS DE EXCEPCIONAL CAPACIDAD 1
ARTÍCULO 201. Recomendar a las Facultades y al Ciclo Básico Común la creación de un Programa de Apoyo y Estimulo para los alumnos de excepcional capacidad, de acuerdo con los lineamientos que a continuación se detallan.
1. El Programa será administrado por una Comisión integrada por profesores, docentes auxiliares y estudiantes, designados por el Consejo Directivo.
2. La Comisión recibirá de los profesores de las diferentes asignaturas, las propuestas para la incorporación de estudiantes al Programa con el consentimiento de éstos, y resolverá sobre dichas propuestas.
3. La Comisión designará, para cada estudiante incorporado al Programa, un tutor docente, quien tendrá la función deasesorarloen el desarrollo de sus estudios.
4. La Comisión, a propuesta del alumno y de su tutor, establecerá una programación paralela a los estudios regulares del estudiante, de acuerdo con los intereses que éste particularmente manifieste.
5. El cumplimiento de la programación deberá ser gratuito para el estudiante y la Comisión asistirá al alumno en los trámites necesarios para posibilitar su realización. Igualmente, la Comisión tratará, en lo que esté a su alcance, de obtener facilidades parael desarrollo del programa personal del estudiante, incluyendo becaso pasantíasen otras instituciones argentinas o extranjeras, requiriendo para ello, si fuera necesario, la colaboración de las dependencias correspondientes de la Universidad.
6. La Comisión podrá recomendar, para los alumnos incorporados al Programa y que hubieranrealizado satisfactoriamente estudios y trabajos avanzados de intensificación y profundización, el otorgamiento de créditos correspondientes a estudios de posgrado en carreras de especialización, maestrías o doctorados.
7. La Comisión podrán separar del Programa a aquellos estudiantes que no hubieran cumplido satisfactoriamente con los compromisos que, en su momento, asumieron.
8. Las Unidades Académicas informarán a la Universidad el listado de
los estudiantes incorporados al Programa.
[1] Resolución (CS) Nº 2232/91.