CAPÍTULO G: FACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA 1
ARTÍCULO 601. Autorizar la creación en el ámbito de la Facultad de
Humanidades y Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional de La Plata,
de una subsede de la Cátedra UNESCO para el Mejoramiento de la Calidad y
Equidad de la Educación en América Latina con base en la Lectura y Escritura,
la cual articulará su funcionamiento con la Universidad de Buenos Aires, sede
de la Cátedra en la Argentina.
[1] Resolución (CS) Nº 5669/12.