CAPÍTULO G: FACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA 1

ARTÍCULO 601. Autorizar la creación en el ámbito de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional de La Plata, de una subsede de la Cátedra UNESCO para el Mejoramiento de la Calidad y Equidad de la Educación en América Latina con base en la Lectura y Escritura, la cual articulará su funcionamiento con la Universidad de Buenos Aires, sede de la Cátedra en la Argentina.

[1] Resolución (CS) Nº 5669/12.