CAPÍTULO E: PROGRAMA “UBA DIGITAL”  1

ARTICULO 401. Crear el Programa “UBA Digital” en el ámbito de la Secretaría de Asuntos Académicos de la Universidad de Buenos Aires.

ARTÍCULO 402. El Programa tiene como propósito la articulación, integración y enriquecimiento de las diferentes acciones que el Rectorado, las unidades académicas y los establecimientos educativos de nivel secundario dependientes de la Universidad vienen realizando a fin de construir criterios académicos consensuados acerca de la inclusión de las tecnologías para la gestión y para el fortalecimiento de los procesos del enseñar y del aprender en nuestra universidad.

ARTÍCULO 403. Las dimensiones que componen el Programa “UBA Digital” son:

1. Infraestructura y parques informáticos.

2. Sistemas integrados de información y bases de datos.

3. Formación docente (b-learning; e-learning).

4. Innovación y transferencia tecnológica.

5. Investigación en temas de inclusión digital.

6. Articulación entre escuela secundaria y universidad mediada tecnológicamente.

ARTÍCULO 404. Las líneas de acción propuestas son: UBA Virtual; Articulación y convergencia; Experimentación, anticipación y vanguardia.

ARTÍCULO 405. Los objetivos de UBA Virtual son:

1. Generar estándares de calidad y criterios para la validación de las diferentes propuestas formativas que se están implementando con mediación tecnológica y fortalecer los marcos normativos institucionales para el desarrollo de proyectos y propuestas de inclusión de tecnologías en las prácticas educativas.

2. Dotar del equipamiento tecnológico necesario para el normal funcionamiento de sistemas integrados de información y bases de datos, entornos virtuales multimediales, streaming de audio y video para el desarrollo de la enseñanza mediada con tecnologías.

3. Promover el incremento de la oferta académica de grado en la modalidad virtual con propuestas que cumplan estándares y criterios de calidad definidos consensuadamente en el marco de la Comisión de Enseñanza.

4. Realizar un relevamiento sobre las propuestas vigentes en vistas al análisis de aquellos modelos sólidos, consistentes y relevantes desde el punto de vista pedagógico y disciplinar, expandir a nuevas materias.

ARTÍCULO 406. Los objetivos de Articulación y convergencia son:

1. Ampliar la Formación Docente Virtual en temas de innovación y de tecnología. Para avanzar en la virtualización de las propuestas académicas es necesario también formar a los docentes para la generación de propuestas ricas en la multimodalidad.

2. Construir una Agenda académica digital para articular las acciones de docencia, investigación y extensión que lleva adelante la UBA de manera de hacer público lo que se hace y de instalar una agenda de transformación en la región en temas de inclusión digital con relevancia académica.

3. Articular un Repositorio Digital de Investigaciones para indexar con criterios y metadatos producciones académicas que transparenten lo que la UBA produce en materia de construcción de conocimiento y con descentralización de la información en cada unidad académica. De esta manera podría estar visible el registro de la valiosa producción que la UBA genera.

4. Gestar una propuesta propedéutica virtual de acceso abierto y masivo, Massive Open Online Course (MOOC), para estudiantes ingresantes que aborde temas de escritura y comprensión académica, pensamiento matemático y temas de actualidad social y científica potenciados por un entorno tecnológico visual y multimodal, articulado entre UBA XXI y CITEP para revisar los formatos y contenidos de ingreso a la Universidad.

5. Potenciar las líneas de acción de UBA-TIC que apunten a los siguientes lineamientos estratégicos:

1. Ponderar propuestas de innovación que articulen la escuela secundaria y la universidad a través de la inclusión de tecnologías.

2. Priorizar desarrollos novedosos para el aprendizaje en ciencias básicas y sociales que resulten acordes con las competencias digitales, cognitivas, culturales y académicas de un egresado de nuestra universidad.

3. Priorizar propuestas que articulen unidades académicas y promuevan innovación sustentable, transferible y reproducible para la mejora de la enseñanza.

4. Diseñar propuestas de robótica que fortalezcan la integración de la diversidad cognitiva (ritmos de aprendizaje diferentes).

5. Promover el desarrollo de proyectos de investigación que permitan documentar     experiencias, sistematizarlas y producir conocimiento en torno a las prácticas de enseñanza con tecnologías digitales desarrolladas en el ámbito de la Universidad.

ARTÍCULO 407. Los objetivos de Experimentación, anticipación y vanguardia son:

1. Promover la innovación de los jóvenes a través de la realización de concursos en diferentes áreas que incluyan la tecnología para premiar y seleccionar jóvenes con ideas novedosas a ser transferidas a la sociedad.

2. Desarrollar un Entorno Virtual que concentre todas las ideas desplegadas junto con los entornos y herramientas del CITEP para posicionar a la UBA como el lugar de la vanguardia en desarrollo tecnológico para el fortalecimiento de la enseñanza y de la producción académica. Este entorno de integración permitirá recorrer, bibliotecas digitales, tesis, publicaciones, propedéutico MOOC, sistemas de orientación al estudiante en línea (para articular con la Dirección de Orientación al Estudiante (DOE) y el Departamento de Orientación Vocacional del Ciclo Básico Común; agendas académicas, materiales en formato inmersivo y convergente.

ARTÍCULO 408. Se creará una Comisión de Asesoramiento y Seguimiento con la participación de las distintas Unidades Académicas, el CBC, y las Secretarías del Rectorado de la Universidad de manera de que las acciones realizadas converjan en el marco de este Programa.

[1] Resolución (CS) Nº 820/14