CAPÍTULO E: COMISIONES DE SEGUIMIENTO 1

ARTÍCULO 401. Crear Comisiones de Seguimiento en las distintas disciplinas científicas que se detallan a continuación:

Ciencias de la Salud HumanaBiología, Psicología, Salud Humana, Tecnologías
Ciencias SocialesCiencias de la Comunicación, Ciencias Políticas, Educación, Psicología, Relaciones del Trabajo, Sociología, Trabajo Social, Administración, Derecho y Economía. 
HumanidadesAntropología, Artes, Bibliotecología y Documentación, Educación, Filosofía, Geografía, Historia, Letras, Psicología, Hábitat Edilicio y Urbano.
Ciencias Básicas y BiológicasBiología, Física, Matemática, Nuevos Materiales, Química, Tecnología y Astronomía.
Ingeniería y Ciencias del AmbienteGeología, Ciencias de la Atmósfera, Informática, Ingeniería, Tecnologías, Diseño.
Ciencias Agropecuarias y Salud AnimalProducción Agropecuaria, Salud Animal, Tecnologías.
Ciencias Jurídicas, Económicas y de la Administración            Administración, Contabilidad, Derecho, Economía, Ingeniería, Historia, Producción Agropecuaria y Psicología.      
Ciencias HábitatHábitat Edilicio y Urbano, Sociología, Psicología, Ingeniería, Geografía

ARTÍCULO 402. Los miembros de las Comisiones de Seguimiento serán designados por el Consejo Superior a propuesta de la Secretaría de Ciencia y Técnica, previa consulta a las unidades académicas. Cada comisión estará formada por un mínimo de DIEZ (10) y un máximo de VEINTE (20) docentes – investigadores especialistas en la disciplina, que serán renovados cada DOS (2) años a solicitud de las Unidades Académicas.

ARTÍCULO 403. Las Comisiones de Seguimiento tendrán funciones de evaluación de presentaciones que recibe anualmente la Secretaría de Ciencia y Técnica, tales como:

-Informes de avance y finales de proyectos de las Programaciones UBACyT.

-Informes de avance y finales de becas UBACyT.

-Solicitudes de renovación de becas.

-Solicitudes de prórrogas de becas-

-Planillas de seguimiento de Incentivos.

ARTÍCULO 404. Las Comisiones de Seguimiento funcionarán en el ámbito de la Secretaría de Ciencia y Técnica y serán asistidas administrativamente por ésta.

[1] Resolución (CS) Nº  2658/11.