CAPÍTULO B: EXAMEN MÉDICO PREOCUPACIONAL 1

ARTÍCULO 101. A partir del 1º de enero próximo 2 los aspirantes a ingresar a la Universidad de Buenos Aires como personal docente deberán someterse a un examen médico-preocupacional que permita certificar su estado de salud, y consiguiente aptitud con relación a la naturaleza del cargo correspondiente, en la Dirección Nacional de Reconocimientos Médicos dependientes del Ministerio de Salud y Acción Social.

[1] Resolución (CS) Nº 1562/85.
[2] Hace referencia a enero de 1986.