CAPÍTULO K: INSTITUTO DE INVESTIGACIONES BIOMÉDICAS 1

ARTÍCULO 1001. Aprobar la creación del “Instituto de Investigaciones Biomédicas (INBIOMED)” como Unidad Ejecutora UBA – CONICET, que funcionará en dependencias de la Facultad de Medicina de esta Universidad.

ARTÍCULO 1002. Aprobar la incorporación del “Instituto de Investigaciones Biomédicas (INBIOMED) al Capítulo A CÓDIGO.UBA I-41, Convenio Marco firmado el 4 de agosto de 2005 entre esta Universidad y el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET), sobre “Institutos Compartidos”.


[1] Resolución (CS) Nº  3193/11.