CAPÍTULO E: PROGRAMA “RENE HUGO THALMANN” DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DE RECURSOS HUMANOS PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA DOCENCIA Y LA INVESTIGACIÓN1
ARTÍCULO 401. El Programa estará integrado por dos (2) Subprogramas entre los que se dividirán, en partes iguales los fondos disponibles, provenientes del legado del Señor Thalmann o de otras fuentes adicionales de financiamiento que se incorporen a él.
ARTÍCULO 402. Aprobar los objetivos generales del Programa, los de cada Subprograma, los beneficios que se otorguen a los becarios, los requisitos y las obligaciones de estos, los mecanismos de
coordinación del Programa y del otorgamiento de las becas, que figuran como Anexo I del presente Capítulo
ARTÍCULO 403. El Programa comenzará a funcionar a partir de la constitución de un (1) Comité Académico designado por este Consejo Superior. Dicho Comité será presidido por el Rector e integrado por cuatro (4) Decanos y un (1) representante por cada uno de los claustros de profesores, estudiantes y graduados del Consejo Superior. La Secretaría Ejecutiva del Programa será ejercida por la Secretaría de Asuntos Académicos del Rectorado.
ARTÍCULO 404. Autorizar al Comité Académico del Programa para la realización de trámites destinados a la suscripción de convenios específicos con organizaciones de cooperación nacional, extranjera o internacional con el propósito de contribuir al desarrollo del Programa.
ANEXO
OBJETIVO GENERAL DEL PROGRAMA 2
Colaborar con el mejoramiento de la calidad de la docencia y la investigación en la Universidad de Buenos Aires, mediante el otorgamiento de becas para la actualización y perfeccionamiento de los docentes en instituciones extranjeras.
Objetivo específico: Otorgar becas para la realización de pasantías con una duración mínima de DOS (2) y máxima de CUATRO (4) meses a profesores de esta universidad en cátedras homólogas o centros académicos y científicos de reconocida excelencia.
Requisitos:
1. ser profesor regular de la Universidad de Buenos Aires;
2. no superar los 55 años de edad al momento de producirse el cierre de la convocatoria;
3. dominar el idioma del país donde se encuentra la institución en la cual se desea realizar el perfeccionamiento, lo que deberá acreditar por medio de certificados reconocidos;
4. no disponer simultáneamente de otras becas en la Universidad de Buenos Aires;
5. presentar un certificado de buena salud donde conste la aptitud física y psíquica para cumplir con el programa de actividades que se propone realizar;
6. presentar el formulario de solicitud en tiempo y forma;
7. presentar la constancia de admisión de la institución en la cual se desea realizar el perfeccionamiento;
8. presentar el aval de un especialista en la temática específica del proyecto;
9. contar con los avales de las autoridades de la/s unidad/es académica/s en la/s que se desempeña, según se detalla en el formulario de solicitud.
Los postulantes, si fuere necesario, podrán ser requeridos para una entrevista personal con el Comité de adjudicación de becas en el día y hora que éste fije.
Objetivo específico: Otorgar becas a docentes regulares que se estén desempeñando en la universidad para la realización de estudios en cátedras homólogas o centros científicos y culturales del exterior de DOS (2) a CUATRO (4) meses de duración.
Requisitos:
1. ser docente auxiliar regular de una unidad académica de la Universidad;
2. no superar los 40 años de edad al momento del cierre de la convocatoria;
3. dominar el idioma del país donde se encuentra la institución en la cual se desea realizar el perfeccionamiento, lo que deberá acreditar por medio de certificados reconocidos;
4. no disponer simultáneamente de otras becas en la Universidad de Buenos Aires;
5. presentar un certificado de buena salud donde conste la aptitud física y psíquica para cumplir con el programa de actividades que se propone realizar;
6. presentar el formulario de solicitud en tiempo y forma;
7. presentar la constancia de admisión de la institución en la cual se desea realizar el perfeccionamiento;
8. presentar el aval de un especialista en la temática específica del proyecto;
9. contar con los avales de las autoridades de la/s unidad/es académica/s en la/s que se desempeña, según se detalla en el formulario de solicitud.
Los postulantes, si fuere necesario, podrán ser requeridos para una entrevista personal con el Comité de adjudicación de becas en el día y hora que éste fije.
Las becas podrán aplicarse exclusivamente a:
1. los recursos necesarios para los pasajes de ida y vuelta del becario;
2. los gastos de estipendio, que se fijarán en cada caso, destinados a cubrir el sostenimiento del becario;
3. los fondos para aranceles y/o matrículas en aquellos casos en que la institución que recibe al becario lo exija como requisito.
Los becarios podrán gestionar ayudas económicas en otras instituciones para completar los fondos necesarios, si el monto otorgado por el programa Thalmann no alcanzara a cubrirlos en su totalidad.
Son obligaciones de los becarios:
1. Hacer uso de los beneficios de la beca dentro de un plazo máximo de DIECIOCHO (18) meses a partir de la fecha de otorgamiento;
2. Dedicarse exclusivamente a la labor de la beca que le ha sido otorgada, quedando prohibido el usufructo simultáneo de otra beca o beneficio con fines diferentes.
3. Presentar una certificación de actividades refrendado por la institución sede de la beca y un informe académico de lo realizado, dentro de los SESENTA (60) días de concluida la beca.
4. Presentar la rendición económica dentro de los TREINTA (30) días posteriores al regreso al país según la modalidad que implemente la Secretaría Ejecutiva del Programa.
5. Comprometerse formalmente a volver al país luego del período de la beca y a permanecer en sus actividades docentes en la Universidad por un período mínimo de DOS años. Caso contrario
deberá reintegrar a la Universidad el importe percibido en concepto de beca.
La Comisión de Enseñanza del Consejo Superior asumirá las funciones de Comité Académico del Programa. La adjudicación será resuelta, en definitiva, por el Consejo Superior.
SECRETARÍA EJECUTIVA DEL PROGRAMA
Como apoyo a las tareas de la Comisión de Enseñanza, la Secretaría de Asuntos Académicos asumirá la Secretaría Ejecutiva del Programa.
Será responsable de:
1. Diseñar el formulario para la presentación de candidatos;
2. brindar a las Unidades Académicas de la Universidad material informativo sobre el Programa Thalmann para que realicen la difusión correspondiente;
3. fijar el plazo límite para la presentación de postulantes;
4. facilitar el proceso de otorgamiento de becas;
5. realizar el seguimiento de las distintas actividades de becarios, brindando asistencia e información.
El financiamiento del Programa se realizará exclusivamente con los fondos provenientes del legado del señor René Hugo Thalmann y con los recursos que se obtengan con destino al Programa mediante convenios con organizaciones de cooperación nacionales o extranjeros.
CONVENIOS ESPECÍFICOS CON ORGANISMOS DE COOPERACIÓN
En los convenios específicos con organizaciones de cooperación nacional o extranjera, y siempre que así lo soliciten, tales organizaciones podrán tener participación en la selección de aspirantes.
REGLAMENTO DE ADJUDICACIÓN DE BECAS DEL PROGRAMA HUGO RENE THALMANN3
ARTÍCULO 416. El Comité Académico del Programa René H. Thalmann convocará anualmente a los profesores y docentes de la Universidad
de Buenos Aires para la presentación de solicitudes de becas externas de formación y perfeccionamiento docente, de acuerdo con lo establecido en el presente capítulo.
ARTÍCULO 417. La difusión de la convocatoria estará a cargo de la Secretaría Ejecutiva del Programa, y será efectuada una (1) semana antes del plazo estipulado de inscripción, que se extenderá entre el primer y el último día hábil del mes de marzo de cada año, con excepción del corriente año, cuando la convocatoria y su difusión serán realizadas en fechas a determinar. La difusión se efectuará mediante un aviso en dos (2) diarios de circulación nacional escogidos entre los de mayor tirada, durante dos (2) días consecutivos o alternados y mediante una comunicación escrita a las distintas Unidades Académicas que contendrá afiches informativos para exhibidos.
ARTÍCULO 418. El Comité Académico del Programa determinará anualmente la cantidad de becas a otorgar y su distribución en las áreas disciplinarias que serán seleccionadas en cada convocatoria.
ARTÍCULO 419. Los fondos anualmente autorizados por el Consejo Superior para el otorgamiento de becas, serán distribuidos entre los Subprogramas 1 y 2 mediante resolución del Rector de la Universidad a propuesta del Comité Académico del Programa.
ARTÍCULO 420. El criterio general de selección de aspirantes al Subprograma 1 consistirá en determinar si las propuestas presentadas son acordes con el objetivo de facilitar a los profesores de la Universidad el estudio, análisis y contrastación de los programas, prácticas pedagógicas, actividades de investigación y extensión que se realizan en sus Unidades Académicas con los que se desarrollan en Centros homólogos de reconocido prestigio de Universidades extranjeras.
ARTÍCULO 421. El criterio general de selección de aspirantes al Subprograma 2 consistirá en determinar si las propuestas presentadas son acordes con el objetivo de facilitar la formación de los docentes de la Universidad en temas en los que actualmente no se encuentra suficiente personal capacitado para cubrir las necesidades que plantea la docencia, en temas nuevos en los que es indispensable producir grupos para la docencia y la investigación, así como en la docencia e investigación en ciencias básicas, en atención a la importancia decisiva que éstas tienen en la formación de los futuros graduados universitarios.
ARTÍCULO 422. Los miembros del Comité de Adjudicación de Becas a que se refiere el artículo 425 serán seleccionados por el Comité Académico entre especialistas reconocidos en las áreas seleccionadas por el Comité Académico entre especialistas reconocidos en las áreas disciplinarias que figuran el artículo 435.
ARTÍCULO 423. Los aspirantes a becas externas en el marco de los Subprogramas 1 y 2, presentarán, ante la Secretaría de Asuntos Académicos de la Universidad de Buenos Aires:
1. Solicitud de beca de acuerdo con el formulario que figura en el artículo 435 in fine del presente debidamente cumplimentado, al que incluye un certificado de aptitud física y psíquica avalado por un profesional médico.
2. El certificado de admisión de la Institución en la cual se desea realizar el perfeccionamiento.
3. Un certificado de la Institución en la cual se desea realizar el perfeccionamiento donde consten los costos previstos de matrícula y/o alojamiento que demandará la realización de la beca, y la dependencia administrativa a la cual deberán abonarse.
4. La resolución favorable de la Unidad Académica de esta Universidad
donde se desempeña como docente.
5. Un certificado emitido por entidad de enseñanza que acredite el dominio del idioma del país en que se encuentre la institución donde se desea realizar el perfeccionamiento.
6. Una declaración firmada especificando el inicio y la finalización del periodo durante el cual se propone realizar su beca así como el lugar institucional y su ubicación geográfica.
7. La solicitud de un seguro médico que será efectivizada, y presentada ante la Secretaría Ejecutiva en el momento en que la beca le fuera otorgada, y posteriormente sufragado por el solicitante.
ARTÍCULO 424. La Secretaría de Asuntos Académicos que ejerce la Secretaría Ejecutiva del Programa recibirá, controlara y registrará la documentación mencionada en el artículo anterior, y la remitirá al Comité de Adjudicación de Becas. Asimismo otorgará al solicitante un recibo en el que constará la fecha de recepción.
ARTÍCULO 425. El Comité de Adjudicación de Becas evaluará la documentación presentada, mantendrá entrevistas con los solicitantes y producirá, para cada caso, un informe debidamente fundamentado de acuerdo con lo establecido en los artículos 420 y 421 y lo remitirá a la Secretaría Ejecutiva dentro de los plazos establecidos en el llamado respectivo.
ARTÍCULO 426. El Comité de Adjudicación de Becas incluirá en el informe previsto en el artículo 425:
1. Un informe de las entrevistas realizadas donde se incluirá una evaluación de la motivación docente de cada solicitante y las consecuencias previstas de los planes de perfeccionamiento para el futuro desempeño de aquéllos en la Universidad.
2. La justificación, debidamente fundada de las exclusiones de aspirantes a la beca;
3. Un orden de méritos de los aspirantes donde se valoren los antecedentes y títulos, las publicaciones y trabajos científicos, el plan de trabajo presentado y las características, desde el punto de vista de su excelencia, de los centros externos donde se aspira a realizar la beca.
ARTÍCULO 427. La Secretaría Ejecutiva recibirá las solicitudes y el informe producido por el Comité de Adjudicación y los someterá a consideración del Comité Académico.
ARTÍCULO 428. El Comité Académico, teniendo en cuenta lo producido por el Comité de Adjudicación y, dentro de los plazos establecidos en el llamado respectivo, elevará al Consejo Superior el orden de méritos establecido para su aprobación.
ARTÍCULO 429. El Consejo Superior adjudicará las becas mediante una resolución en la que conste para cada beneficiario:
1. Nombre y apellido;
2. Unidad Académica en la que revista como docente;
3. Nombre y ubicación geográfica de la Institución en la cual realizará el perfeccionamiento;
4. Período durante el cual se realizará el perfeccionamiento;
5. Recursos asignados al beneficiario.
6. Otros datos que se considere de interés.
ARTÍCULO 430. Una vez emitida la resolución prevista en el artículo anterior, la Secretaría Ejecutiva notificará a los beneficiarios y enviará la información a la Secretaría de Hacienda y Administración para proceder a la provisión de los recursos asignados a cada uno de acuerdo con las normativas vigentes en la materia.
ARTÍCULO 431. A efectos de determinar el estipendio cada becario deberá presentar una declaración jurada, en un formulario provisto por la Secretaría Ejecutiva. Si durante el transcurso de la realización de la beca alguno de los datos consignados sufriera variación, el cambio deberá comunicarlo a la Secretaría Ejecutiva, agregando las constancias del caso.
Las declaraciones falsas determinarán la caducidad de la beca y la devolución del total de las sumas que hubiera percibido de la Universidad de Buenos Aires.
ARTÍCULO 432. Una vez concluido el período de perfeccionamiento, cada beneficiario deberá presentar ante la Secretaría Ejecutiva:
1. Un certificado emitido por la Institución donde realizó la beca, que acredite el cumplimiento efectivo de las actividades para las cuales le fuera otorgada la beca, dentro de los treinta (30) días posteriores a la finalización de la beca;
2. Un informe sobre lo actuado dentro de los sesenta (60) días posteriores a la finalización de la beca.
ARTÍCULO 433. En el caso de los becarios que dejaran de cumplir las obligaciones contraídas y no satisfacieran las condiciones por las cuales se les otorgó la beca, ésta les será suspendida o retirada en cualquier momento y deberán reintegrar los importes percibidos en concepto de beca.
ARTÍCULO 434. En el caso de los becarios que sufrieran daños y perjuicios durante la realización de la beca, la Universidad no asumirá ningún compromiso de indemnización por ese concepto.
ARTÍCULO 435. Áreas Disciplinarias.
1. CIENCIAS FÍSICAS, MATEMÁTICAS Y CIENCIAS QUÍMICAS:
Matemática. Física. Astronomía. Informática. Computación. Química Analítica. Química Física. Química Orgánica. Química Inorgánica. Química Nuclear. Química Molecular. Química Industrial.
2. CIENCIAS BIOLÓGICAS:
Biología Celular. Biología Animal y Vegetal. Biología Molecular. Bioquímica. Química Biológica. Biofísica. Genética. Microbiología. Ecología. Fisiología.
3. CIENCIAS DE LA SALUD
Medicina Clínica. Epidemiología. Medicina Interna. Nutrición. Patología. Farmacodinamia. Farmacia. Farmacología. Medicina Preventiva. Psiquiatría. Inmunología. Salud Pública. Cirugía. Toxicología. Ingeniería Biomédica. Neurociencias. Odontología. Virología. Parasitología. Bioquímica. Veterinaria. Bacteriología. Psicología. Física Médica.
4. CIENCIAS AGROPECUARIAS
Agronomía. Producción Vegetal y Producción Animal. Veterinarias. Ingeniería Agrícola.
5. CIENCIAS DE LA TIERRA
Geología. Geodesia. Geofísica. Climatología. Ciencias de la Atmósfera. Hidrología. Meteorología. Oceanografía. Agrimensura.
6. TECNOLOGÍAS
Ingeniería Aeronáutica. Naval. Química. Eléctrica. Electrónica. Mecánica. Nuclear. Tecnología de la Construcción. Tecnología Energética. Procesos tecnológicos. Diseño. Arquitectura. Planificación Urbana. Ingeniería Ferroviaria.
7. ECONOMÍA Y DERECHO
Economía. Sistemas de Información. Administración y Gestión. Geografía. Derecho.
8. CIENCIAS SOCIALES
Sociología. Antropología. Ciencias Políticas. Psicología. Ciencias de la Educación.
9. HUMANIDADES
Filosofía. Historia. Literatura y Lingüística. Artes.
FORMULARIO A1
Universidad de Buenos Aires
Programa “René Hugo Thalmann” de
Formación y Perfeccionamiento de Recursos Humanos para el
Mejoramiento de la Calidad de la Docencia y la Investigación2
Res. CS 4517/93, 5438/01 y CS 2211/04
FORMULARIO A:
Presentación del Proyecto
Nombre y Apellido | |
Unidad Académica | |
Cargo docente regular | |
Subprograma | |
Título del Proyecto | |
Resumen (máximo 50 palabras) | |
País de destino / período de tiempo | |
Monto solicitado | |
Teléfono de contacto | |
Universidad de Buenos Aires
Programa “René Hugo Thalmann” de
Formación y Perfeccionamiento de Recursos Humanos para el
Mejoramiento de la Calidad de la Docencia y la Investigación
Res. CS 4517/93, 5438/01 y CS 2211/04
1. DATOS PERSONALES |
Nombre y apellido | |
Nro. Legajo | |
DNI | |
Fecha de Nacimiento |
2. SITUACIÓN DOCENTE ACTUAL5 |
Categoría docente (Titular, Asociado, JTP, Ayte.) | Condición (Regular – Interino) | Dedicación (Exclusiva – Semiexcl. – Parcial) | Departamento / Asignatura | Unidad Académica |
1 | ||||
2 | ||||
3 | ||||
4 | ||||
5 |
Firma…………………………………..
Aclaración…………………………………………………
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Programa “René Hugo Thalmann” de
Formación y Perfeccionamiento de Recursos Humanos para el
Mejoramiento de la Calidad de la Docencia y la Investigación
Res. CS 4517/93, 5438/01 y CS 2211/04
3. DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO DE BECA |
3.1 Título del Proyecto:
3.2 Disciplina en la que se inscribe el Proyecto
…………………………………………………………………………………………
3.3 Resumen del proyecto de Beca (hasta 200 palabras)
3.4. Fundamentación (extensión máxima 3 carillas)
3.5 Fundamentación de la elección del/ de los Centro/s de destino (extensión máxima 1 carilla)
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Formación y Perfeccionamiento de Recursos Humanos para el
Mejoramiento de la Calidad de la Docencia y la Investigación
Res. CS 4517/93, 5438/01 y CS 2211/04
4. DESCRIPCIÓN DEL PLAN DE TRABAJO |
4.1 Objetivos (extensión máxima una carilla)
4.2 Metodología (extensión máxima una carilla)
4.3 Cronograma (consignar para cada actividad programada por mes de trabajo)
5. RESULTADOS ESPERADOS |
5.1 Resultados esperados (extensión máxima de una carilla)
5.2 Estrategias proyectadas para la transferencia de las prácticas de docencia
5.2.1 Formación de recursos humanos (extensión máxima una carilla)
5.2.2 Publicaciones (extensión máxima una carilla)
5.2.3 Transferencia por convenios (extensión máxima una carilla)
5.2.4 Prestación de servicios (extensión máxima una carilla)
5.2.5 Otros (extensión máxima una carilla)
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Formación y Perfeccionamiento de Recursos Humanos para el
Mejoramiento de la Calidad de la Docencia y la Investigación
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6. AVALES |
6.1 Aval/es del/os Centros Externos propuestos 6
(Anexar nota membretada de invitación o aceptación del/os Centros propuestos)
Nombre de la Institución | |
País | |
Ciudad | |
Dirección | |
Fechas de estadía |
6.2 Aval de un especialista en la disciplina desarrollada en el Proyecto referida a la pertinencia de la propuesta, la jerarquía de la institución de destino, etc.
6.3 Aval de las Unidades Académicas de pertenencia 7
Unidad Académica | Facultad/ Carrera Departamento/ Cátedra |
6.3.1 Importancia del proyecto postulado para las metas académicas de la Facultad/Carrera
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….
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Mejoramiento de la Calidad de la Docencia y la Investigación
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6.3.2 Fundamentación de la relevancia del intercambio académico, formación de recursos humanos para la Facultad/ Carrera
…………………………………………………………………………………………….
…………………………………………………………………………………………….
…………………………………………………………………………………………….
…………………………………………………………………………………………….
…………………………………………………………………………………………….
Firma del Titular / Director/a Departamento:
Firma del Secretario/a Académico/a de la Facultad:
Firma del Decano/a de la Facultad:
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Mejoramiento de la Calidad de la Docencia y la Investigación
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7. OTRA DOCUMENTACIÓN |
7.1 CERTIFICADO DE SALUD
Subprograma ………
Certificado de buena salud
Apellido: ……………………………………………………
Nombre: ……………………………………………………
………………………………………………………………………………………….
(Se solicita conste que el becario mencionado no padece ningún tipo de enfermedad contagiosa y goza de aptitudes físicas y psíquicas para cumplir con el programa de actividades que se propone realizar)
Firma: …………………………………
Fecha: ………………………………..
Apellido y nombre del profesional que extiende el presente certificado……………..
Domicilio: …………………………………………………….
Nro. De Matrícula: ………………………………………….
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Mejoramiento de la Calidad de la Docencia y la Investigación
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7.2 CERTIFICADOS DE IDIOMA
Idioma del país de destino: ………………………………………………………….
(Adjuntar las certificaciones correspondientes)
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Mejoramiento de la Calidad de la Docencia y la Investigación
Res. CS 4517/93, 5438/01 y CS 2211/04
8. PRESUPUESTO ESTIMATIVO |
País/es donde se efectivizará la beca: ……………………………………………
Tiempo de estadía en el exterior (en meses) ……………………………………
Ciudad 1: …………… meses
Ciudad 2: …………… meses
Ciudad 3: …………… meses
Descripción estimativa de gastos total para el período en U$S
(especificar valor de cambio)
ACLARACIONES:
Las variaciones de esto costos que puedan ocurrir luego de realizada la presente deberán informarse por escrito para su consideración por la Secretaría Ejecutiva del Programa.
En caso de contar con otras fuentes de financiamiento, se especificará con copia de este formulario las actividades y los conceptos financiados y las Instituciones responsables por estos recursos.
Las becas Thalmann NO cubren el seguro de salud, que es obligatorio contratar.
En todos los casos los gastos consignados por el aspirante quedarán a consideración del Comité Académico quien resolverá los montos definitivos a otorgar.
Este formulario reviste el carácter de Declaración Jurada.
Afirmo que todos los datos consignados en este formulario son correctos
…………………………………………………………. ………………………………. ………………………….
Nombre y Apellido Firma Fecha
Universidad de Buenos Aires
Programa “René Hugo Thalmann” de
Formación y Perfeccionamiento de Recursos Humanos para el
Mejoramiento de la Calidad de la Docencia y la Investigación
Res. CS 4517/93, 5438/01 y CS 2211/04
9. OBLIGACIONES DEL BECARIO |
Me comprometo a:
a. Dedicarme exclusivamente a la labor para la cual la beca me ha sido otorgada, quedando prohibido el usufructo simultáneo de otra beca o beneficio con fines diferentes y/o aceptación de cualquier otro cargo o tarea no autorizados por la Universidad.
b. Volver al país luego del período de la beca y a permanecer en la Universidad por un período mínimo de dos años. Caso contrario deberé reintegrar a la Universidad el importe percibido en concepto de beca.
c. Presentar el informe académico final dentro de los sesenta (60) días de concluida la beca.
d. Presentar dentro de los treinta (30) días de concluida la beca un certificado emitido por la Institución donde realizaré los estudios, que acredite el cumplimiento efectivo de las actividades previstas en la beca.
e. Presentar la documentación correspondiente que acredite los pagos efectuados en concepto de pasajes y alojamiento, como así también los comprobantes de aranceles académicos, emitidos por la Institución donde realizaré los estudios.
………………………………
Firma y Aclaración del Becario
LUGAR Y FECHA …………………………………..FORMULARIO B
Universidad de Buenos Aires
Programa “René Hugo Thalmann” de
Formación y Perfeccionamiento de Recursos Humanos para el
Mejoramiento de la Calidad de la Docencia y la Investigación
Res. CS 4517/93, 5438/01 y CS 2211/04
FORMULARIO B:
Curriculum Vitae
1. DATOS PERSONALES
2. ESTUDIOS CURSADOS
3. ANTECEDENTES DOCENTES
4. ACTIVIDAD DOCENTE ACTUAL
4.1. En el grado
4.2 En el posgrado
5. ACTIVIDAD DE INVESTIGACIÓN
(completar la siguiente información para cada uno de los proyectos en curso)
5.1. Denominación del proyecto
5.2. Organismo financiador
5.3. Código de identificación
5.4. Funciones dentro del proyecto
6. PUBLICACIONES (últimos 3 años)
6.1. Libros (incluir ISBN de cada ejemplar)
6.2. Capítulos de libros (incluir ISBN de cada ejemplar)
6.3. Artículos en revistas con relato
6.4. Artículos en revistas sin relato
7. PRESENTACIONES EN CONGRESOS (últimos 3 años)
7.1. En congresos nacionales
7.2. En congresos internacionales
[1]Resolución (CS) Nº 4517/93.
[2]Texto del Anexo conforme la modificación efectuada por el artículo 1° de la Resolución (CS) Nº 2211/03.
[3]Resolución (CS) Nº 930/94.
[4]Resolución (R) ad-referendum Nº 1208/07 ratificada por Resolución (CS) Nº 2799/07
[5]Nota: Deben consignarse los cargos docentes en el grado. Al menos uno de ellos debe ser regular. La información solicitada reviste el carácter de Declaración Jurada.
[6]Completar un cuadro para cada uno de los Centros Externos propuestos.
[7]IMPORTANTE: Se solicita el aval de cada una de las Unidades Académicas en donde el postulante a beca ejerce sus actividades de docencia.