CAPÍTULO A: ESTRUCTURA DE LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE CAMPOS 1
ARTÍCULO 1. El Consejo de Administración de Campos está integrado por cinco (5) consejeros.
ARTÍCULO 2. El Consejo Superior designa a los miembros del Consejo de Administración, a propuesta del Rector y los Decanos de las Facultades de Agronomía, Ciencias Veterinarias, Medicina e Ingeniería, a razón de uno, cada uno de ellos.
ARTÍCULO 3. La Presidencia del Consejo de Administración será ejercida en forma alternada por los consejeros, por períodos anuales, en un orden establecido por sorteo.
ARTÍCULO 4. Los Consejeros tendrán una remuneración equivalente a la de Secretario de Facultad con dedicación parcial.
ARTÍCULO 5. El Administrador General de Campos será designado por el Consejo Superior, a propuesta del Consejo de Administración.Su remuneración será equivalente a la de profesor titular con dedicación exclusiva.
ARTÍCULO 6. Las funciones del Consejo de Administración son:
1. Elaborar el Plan de Trabajo Anual, el Presupuesto Anual, el Balance, Informe y Memoria anuales y someter todos ellos a la aprobación del Consejo Superior.
2. Dictar el Reglamento Interno del Cuerpo y someterlo a la aprobación del Consejo Superior.
3. Ejercer el control de la ejecución del Programa Anual de Trabajo y del Presupuesto Anual.
ARTÍCULO 7. Son funciones del Presidente del Consejo de Administración.
1. Convocar y presidir las reuniones del Consejo.
2. Elevar el plan de Trabajo Anual, el Presupuesto y el Balance, Informe y Memoria Anual a consideración del Consejo Superior.
3. Convalidar las designaciones, ascensos y renovaciones del personal transitorio y la asignación de funciones del personal efectuada ad-referéndum por el Administrador General de Campos, siempre que dichas designaciones sean por períodos mayores de sesenta (60) días. En el caso de que fueran objetadas, la obtención deberá realizarse en un lapso no mayor de diez (10) días.
ARTÍCULO 8. Son funciones del Administrador General de Campos:
1. Proyectar el Plan de Trabajo Anual.
2. Proyectar el Presupuesto Anual.
3. Confeccionar el Balance, Informe y Memoria Anual.
4. Efectuar las designaciones, ascensos y renovaciones del personal transitorio y la asignación de funciones del personal, las que deberán ser elevadas para su convalidación por el Presidente del Consejo de Administración cuando las designaciones se hagan por periodossuperiores a sesenta (60) días.
5. Constituirse en responsable ante la Universidad de Buenos Aires con la obligación de rendir cuenta documentada del movimiento de fondos mensual, elevación que deberá formalizarse en el término fijado por el artículo 98 de la Ley de Contabilidad. 2
6. Realizar la ejecución administrativa contable en un todo de acuerdo con las normas vigentes.
7. Liquidar
las erogaciones y ordenar su pago.
[1] Resolución (CS) Nº 2695/88.
[2] El artículo 98 de la Ley de Contabilidad fue derogado por art. 137 de la Ley 24.156 B.O. 29/10/1992