CAPÍTULO B: ALIANZA ACADÉMICA LATINOAMERICANA 1

ARTÍCULO 101. Ratificar la Carta de Intención- Alianza Académica Latinoamericana UBA-UNAM-USP suscripta entre esta Universidad, la Universidad Nacional Autónoma de México (México) y la Universidad de Sao Paulo (Brasil), cuya copia obra agregada al presente Capítulo.

CARTA DE INTENCIÓN

Alianza Académica Latinoamericana UBA-UNAM-USP

ACUERDO: HACIA LA CONFORMACIÓN DE LA «CARRETERA LATINOAMERICANA DEL CONOCIMIENTO»

Considerando

–           La necesidad de potenciar la Integración académica y cultural de América Latina bajo una estrategia conjunta entre la Universidad de Buenos Aires, la Universidad Nacional Autónoma de México y la Universidad de sao Pablo que promueva a la vez la calidad académica de las instituciones.

–           La representatividad y responsabilidad social que las mencionadas instituciones detentan en sus respectivas naciones, en condición de mega universidades.

–           La realidad de Argentina, Brasil y México con desafíos y oportunidades semejantes, que reclaman de sus universidades, la coordinación de esfuerzos y experiencias, para contribuir de mejor manera al logro de sus responsabilidades sociales y académicas.

–           La internacionalización del trabajo académico, que hace impostergable un primer impulso a la «carretera del conocimiento Latinoamericana», que permita el tránsito de los saberes, de los alumnos y de los académicos.

Acuerdan

Mediante acuerdo tripartito a ser establecido por las tres universidades asociadas:

1. Fortalecer los intercambios de alumnos y académicos de las respectivas universidades, en las áreas de interés común.

2 Reconocimiento mutuo, en los niveles de grado y posgrado de las trayectorias académicas. Promover la unificación de criterios para permitir la validación reciproca de trayectos formativos, respetando las especificidades de cada institución.

3. Definición de programas docentes compartidos; tanto en el grado, como en

el posgrado, en las áreas específicas que se consideren pertinentes.

4. Puesta en común y armonización de la regulación de cada institución para los proyectos de movilidad y programas docentes compartidos.

5. La definición y promoción de programas de investigación conjuntos sobre temas sociales, científicos y culturales.

6. Fortalecer la vinculación con los sectores productivos, la innovación y la transferencia tecnológica compartiendo experiencias y buenas prácticas en la materia.

7. Compartir recursos y experiencias en materia de tecnologías de la información y la comunicación. Estas tecnológicas también serán un medio indispensable para el desarrollo de los programas académicos que se definan.

8. Compartir, desarrollar y unificar en lo posible y necesario sistemas de indicadores de rendimiento académico. En estos sistemas debe considerarse de manera particular el seguimiento de egresados para valorar mejor el aspecto social de las universidades.

9. Procurar los recursos para el financiamiento de estas actividades incluyendo los propios de las universidades, los de los gobiernos locales, nacionales y los que provengan de diversas entidades.

10. La conformación inmediata de un comité ejecutivo que actuara como agente de definición de estrategias y actividades conjuntas. Este se integrará de manera paritaria por los representantes que, al efecto, designe cada uno de los rectores signantes del presente acuerdo.


[1] Resolución (CS) Nº 797/14.