CAPÍTULO B: RÉGIMEN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN 1

ARTÍCULO 101. La calificación para acreditar debe ser el resultado del conjunto de actividades que los/las alumnos/as realicen a lo largo del curso, así como también la participación y el esfuerzo demostrado.

ARTÍCULO 102. El sistema de evaluación y promoción se ajustará a las pautas siguientes:

1. Los periodos de calificación serán cuatrimestrales.

2. La escala de calificación será de CERO (0) a DIEZ (10).

3. A efectos de evaluar el aprendizaje de los/las alumnos/as en cada uno de los cuatrimestres se realizarán:

a. Actividades de evaluación que serán calificadas conforme a la escala indicada en el punto 2 y se promediarán a efectos de obtener una nota de periodo.

b. En cada periodo cuatrimestral se deben desarrollar al menos tres actividades de evaluación que los/las docentes estimen más apropiada en función de los contenidos abordados, entendiendo dichas actividades como una instancia del proceso de aprendizaje. Durante el segundo cuatrimestre, al menos una de las actividades de evaluación tendrá carácter integrador de los contenidos desarrollados durante el año hasta ese momento. Cuando las actividades de evaluación consistan en trabajos prácticos o de investigación, siempre definirá la calificación una instancia de defensa oral. En el caso de las evaluaciones escritas, las fechas serán informadas a los/las estudiantes con UNA (1) o DOS (2) semanas de anticipación, según se trate de simples evaluaciones o integradoras; debiéndose consignar en el calendario del curso que al efecto se encontrará adherido al libro de temas.

c. No se admitirán más de dos pruebas escritas el mismo día. Las evaluaciones se devolverán corregidas, sin excepción, en el plazo máximo de QUINCE (15) días. Será responsabilidad de los/las estudiantes, conservar los instrumentos de evaluación hasta la finalización del ciclo lectivo correspondiente.

d. Al concluir el primer bimestre de cada cuatrimestre, se emitirá un boletín informativo para conocimiento de estudiantes y sus familias, en el que constarán en cada materia, todas las calificaciones obtenidas por los estudiantes hasta ese momento en forma correlativa y sin promediar. Asimismo, dicho boletín incluirá un informe actitudinal que el/la docente de cada materia se haya formado en ese lapso del/la estudiante, donde se evaluará en conjunto su participación, predisposición para la tarea áulica, colaboración y cumplimiento de las consignas propuestas. Esta ponderación se definirá como: MS (Muy Satisfactorio), S (Satisfactorio) o DM (Debe Mejorar).

4. A los efectos de la promoción de cada asignatura se procederá de la manera siguiente:

a. Se promediarán los resultados de cada cuatrimestre y su resultado – con decimales – será volcado en el boletín de calificaciones que se entregará para conocimiento de los/las estudiantes y sus adultos responsables a la finalización de cada periodo lectivo cuatrimestral. A tal fin, los/las docentes entregarán la planilla de calificaciones del curso en el periodo comprendido entre la fecha de cierre del cuatrimestre y la que establezca la conducción de la escuela.

b. El promedio anual de cada asignatura se obtendrá dividiendo por DOS (2) la suma de las calificaciones obtenidas en los dos términos lectivos cuatrimestrales. En el caso de que un/una alumno/a no esté calificado en alguno de tales términos, se consignará un CERO (0) en dicho pedido, se procederá igual y se rendirá examen de acuerdo con el promedio obtenido en el turno de diciembre (si obtuvo mas de CUATRO puntos) o febrero/marzo (si no alcanzó los CUATRO puntos).

c. Los/las alumnos/as aprobarán la asignatura pertinente y se eximirán de rendir el examen regular respectivo de diciembre, cuando obtuvieran como promedio anual SIETE (7) o más puntos en la misma, siempre que no registren AUSENTE ningún termino escolar o APLAZO en el último cuatrimestre. La calificación definitiva anual se expresará por números enteros. Cuando el resultado arroje decimales en 50 centésimos o más, los mismos se redondearán hacia arriba si la calificación es superior a CUATRO (4) puntos; y se redondearán hacia abajo si los decimales no alcanzan a 50 centésimos, o cuando la calificación definitiva sea inferior a CUATRO (4) puntos.

d. Si el/la alumno/a obtiene un promedio de CUATRO (4) a SEIS (6) puntos deberá asistir a un periodo de orientación y recuperación al término del curso lectivo, donde será evaluado/a sobre todos los contenidos efectivamente desarrollados en la cursada. Esta instancia estará a cargo del/la profesor/a del curso, tendrá un sentido integrador y una duración de DOS (2) semanas que se cursarán en el horario habitual de la asignatura. En la primera semana se trabajarán los contenidos nodales de la asignatura y en la segunda semana se desarrollarán las actividades evaluativas de recuperación. Al finalizar este periodo el/la alumno/a deberá obtener una calificación de SIETE (7) o más puntos para promocionar la asignatura.

e. Los/las alumnos/as que en el periodo de orientación y recuperación obtuvieran una calificación entre CUATRO (4) y SEIS (6) puntos, serán evaluados por una mesa examinadora en el mes de diciembre. Dicho examen versará sobre los contenidos desarrollados en el curso lectivo, debiendo aprobarse con una nota de SIETE (7) o más puntos. Los/las estudiantes que en dicho periodo registren AUSENTE o menos de CUATRO (4) puntos deberán rendir examen en febrero/marzo, aprobando con SIETE (7) o más puntos, y el examen versará sobre todo el programa de la asignatura.

f. Para promover el año cursado, el/la estudiante no podrá tener mas de UNA (1) asignatura previa.

5. Las asignaturas previas se rendirán tomando en cuenta la totalidad del programa, aprobándose con SIETE (7) o más puntos.


[1] RESCS-2024-233-UBA-REC